Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2014 (28/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del articulo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes publicos, asi como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de MORDAZA de 2014, fecha de cierre de inscripcion de candidatos. La licencia gozara de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta dias naturales MORDAZA de la fecha de elecciones. 2. Esta disposicion tambien es de aplicacion para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las elecciones municipales de 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones en la Resolucion Nº 0140-2014JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios publicos por ser elegidos mediante MORDAZA popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 3. Con fecha 4 de MORDAZA de 2014 (fojas 10 y 12), el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con motivo de su participacion en las Elecciones Municipales 2014, presentaron sus solicitudes de licencia, las cuales fueron concedidas mediante el Acuerdo de Concejo Nº 03-2014-MDLA, de fecha 19 de MORDAZA de 2014 (fojas 07 y 08), por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. 4. Teniendo en consideracion que el MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, las cuales fueron aprobadas por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones previstas en la Resolucion Nº 01402014-JNE, procede convocar al primer regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 21472800, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de MORDAZA, mientras este vigente la licencia concedida a su titular. 5. Asimismo, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del articulo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, corresponde convocar al regidor suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar suficientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del computo de sufragio. 6. En ese sentido, resulta procedente convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 71991098, candidata no proclamada del partido politico Partido Aprista Peruano, asi como a MORDAZA MORDAZA Munoz Aquije, con Documento Nacional de Identidad Nº 21475630, candidato no proclamado del movimiento regional Partido Regional de Integracion, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Ica, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Los Aquijes, provincia y departamento de Ica, y las credenciales otorgadas a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Ena MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores de la referida comuna, por el periodo de las licencias concedidas. Articulo Segundo.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 21472800, para que asuma provisionalmente el cargo de MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Los Aquijes, provincia y departamento de Ica, mientras este vigente la licencia concedida a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, otorgandosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Articulo Tercero.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 71991098, con el objeto de que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Los Aquijes, provincia y departamento de Ica, mientras dure la encargatura de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA,

El Peruano Martes 28 de octubre de 2014

otorgandosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Articulo Cuarto.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA Munoz Aquije, con Documento Nacional de Identidad Nº 21475630, con el fin de que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Los Aquijes, provincia y departamento de Ica, mientras este vigente la licencia concedida a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, otorgandosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1156002-8

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de MORDAZA y regidores del Concejo Distrital de Alto de la Alianza, provincia y departamento de Tacna
RESOLUCION Nº 2592-2014-JNE Expediente Nº J-2014-02799 ALTO DE LA ALIANZA - TACNA - TACNA MORDAZA, diez de setiembre de dos mil catorce. VISTO el Oficio Nº 109-2014-SGSG-MDAA, presentado el 9 de setiembre de 2014 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, secretario general de la Municipalidad Distrital de Alto de la Alianza, provincia y departamento de Tacna, el cual comunica las licencias concedidas al MORDAZA Willy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como a los regidores MORDAZA Yovana MORDAZA Calizaya y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cora. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del articulo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes publicos, asi como de los organismos y empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de MORDAZA de 2014, fecha de cierre de inscripcion de candidatos. La licencia gozara de eficacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta dias naturales MORDAZA de la fecha de elecciones. 2. Esta disposicion tambien es de aplicacion para el caso de los alcaldes y regidores que quieran ser candidatos en las elecciones municipales de 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones en la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios publicos por ser elegidos mediante MORDAZA popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 3. Mediante los Acuerdos de Concejo Nº 019-2014CM-MDAA (fojas 07 y 08), Nº 022-2014-CM-MDAA (fojas 03 y 04) y Nº 020-2014-CM-MDAA (fojas 05 y 06), todas de fecha 1 de MORDAZA de 2014, se concedieron las licencia que solicitaron el MORDAZA Willy MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como los regidores MORDAZA Yovana MORDAZA Calizaya y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con motivo de su participacion en las Elecciones Municipales 2014, por el periodo de treinta dias naturales eficaces a partir del 5 de setiembre de 2014, respectivamente.

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