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El Peruano Martes 28 de octubre de 2014 536050 siempre que resulten necesarios para el cumplimiento de la fi nalidad de contratación del servicio. La asignación u otorgamiento de los mismos, se encuentran sujetos al requerimiento previo del órgano de línea y/o CGOD, con el debido sustento técnico, así como a la aprobación por parte de la Ofi cina de Administración, en función al principio de racionalidad y proporcionalidad del gasto. Para dichos efectos, la Ofi cina de Administración aprobará las disposiciones que regulen su autorización, así como las reglas para su devolución, restitución, mantenimiento, cuidado, conservación, pago, reembolso, u otras condiciones aplicables a la especifi cidad y/o características del bien o servicio otorgado. La asignación u otorgamiento de los referidos bienes y/ o servicios no desnaturaliza ni afecta el carácter autónomo de la prestación de servicios contratada, ni genera vínculo laboral o relación de subordinación con el tercero, dado que únicamente será otorgado para atender la necesidad específi ca durante el periodo de contratación.” Artículo 2°.- Encargar a la Ofi cina de Administración que, en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles, apruebe el Modelo de Contrato de Servicios y sus respectivos anexos, los cuales serán suscritos por los Terceros Evaluadores, Supervisores y Fiscalizadores, en aplicación de lo establecido en la presente Resolución. Dentro de dicho plazo, la Ofi cina de Administración deberá aprobar los Formatos de Requerimiento, Modelo de Informe de Actividades e Informe de Conformidad, así como el Flujograma del Proceso de Selección, Contratación y Pago de los Terceros. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (www.oefa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA 1155627-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Autorizan viaje de trabajador de la SUNAT a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 326-2014/SUNAT Lima, 27 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante OF.RE (SUD) N° 22-6-BB/121 de fecha 15 de octubre de 2014, el Ministerio de Relaciones Exteriores, comunica a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, la realización del Encuentro Presidencial y VIII Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Ecuador que se llevará a cabo en el Cantón Arenillas, Provincia de El Oro, República del Ecuador, el día 30 de octubre de 2014; Que el Encuentro Presidencial y VIII Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Ecuador, es la máxima instancia de diálogo político con el Ecuador y constituirá la confi rmación del excelente nivel de integración y cooperación que existe entre ambos países al permitir avanzar en la identifi cación y realización de proyectos en benefi cio de las poblaciones de ambos países, en particular de las que habitan en la Zona de Integración Fronteriza (ZIF); Que el objetivo del mencionado evento es evaluar los avances alcanzados en el cumplimiento de los compromisos asumidos en la Declaración Presidencial de Piura del 14 de noviembre de 2013, así como formular nuevos compromisos con el propósito de profundizar la integración e impulsar la agenda común entre ambos países; Que, en ese sentido, se abordará el avance logrado entre otros, en materias aduaneras tales como el régimen simplifi cado de intercambio comercial fronterizo, lucha contra el contrabando y el desarrollo e implementación de centros binacionales de atención en frontera; Que la participación de la SUNAT se enmarca dentro del objetivo estratégico institucional de reducir el contrabando y el tráfi co ilícito de mercancías, toda vez que el citado evento permitirá hacer una evaluación de los avances alcanzados a la fecha, referidos a la ejecución de capacitaciones, intercambio de información, cooperación interinstitucional y ejecución de operativos de prevención en el campo de la lucha contra el contrabando emprendida por ambos países; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N° 074-2014- SUNAT/3Y0000 de fecha 24 de octubre de 2014, resulta necesario autorizar la participación en el referido evento del trabajador Alfonso Iván Luyo Carbajal, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas (e); Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del trabajador Alfonso Iván Luyo Carbajal del 29 al 30 de octubre de 2014; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA) y los viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del trabajador Alfonso Iván Luyo Carbajal, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas (e) del 29 al 30 de octubre de 2014 para participar en el Encuentro Presidencial y VIII Gabinete Binacional de Ministros del Perú y Ecuador que se llevará a cabo en el Cantón Arenillas, Provincia de El Oro, República del Ecuador, el día 30 de octubre de 2014. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2014 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Alfonso Iván Luyo Carbajal Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 452,51 Viáticos US $ 740,00