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El Peruano Martes 28 de octubre de 2014 536053 de octubre del año en curso, a la ciudad de Haifa - Israel para participar en el Seminario para Jueces: “The Critical Role of the Judiciary in Combating Traffi cking in Human Beings”, organizado por la Agencia de Cooperación para el Desarrollo Internacional de Israel. Artículo Segundo.- Los gastos de pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos serán con cargo al Presupuesto de la Academia de la Magistratura del Perú correspondiente al presente ejercicio fi scal, de acuerdo al siguiente detalle: • Pasajes Lima - Tel Aviv - Lima (01) funcionario S/. 9,378.60 • Seguro de viaje 07 días S/. 172.80 • Viáticos 03 días S/. 4,450.77 Total: S/. 14,002.17 Artículo Tercero.- El funcionario mencionado en el artículo primero presentará un informe detallado al Consejo Directivo sobre el resultado de su participación en el evento Internacional, dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno al país. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no libera ni exonera al pago de derechos ni de otro tributo, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente del Consejo Directivo 1155665-1 ORGANOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de regidores del Concejo Distrital de Parcona, provincia y departamento de Ica RESOLUCIÓN Nº 2444-2014-JNE Expediente Nº J-2014-02676 PARCONA - ICA - ICA Lima, cuatro de setiembre de dos mil catorce VISTO el Ofi cio Nº 317-2014-MDP/A, presentado el 3 de setiembre de 2014 por Ángela Ludee Hernández de Huamaní, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Parcona, provincia y departamento de Ica, comunicando las licencias concedidas a los regidores Luis Alberto Ayauja Mallma y Carlos José Martínez Hernández. CONSIDERANDOS 1. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones municipales los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, así como de los organismos y empresas del Estado y de las Municipalidades, si no solicitan licencia, sin goce de haber, hasta el 7 de julio de 2014, fecha de cierre de inscripción de candidatos; la misma que gozará de efi cacia a partir del 5 de setiembre de 2014, treinta (30) días naturales antes de la fecha de elecciones. 2. Esta disposición también es de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores, que quieran ser candidatos en las Elecciones Municipales del año 2014, toda vez que, conforme lo establece el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones en la Resolución Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el precedente considerando. 3. Con fecha 4 de julio de 2014 (fojas 02 y 03), los regidores Carlos José Martínez Hernández y Luis Alberto Ayauja Mallma, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentaron sus solicitudes de licencia, siendo estas concedidas mediante los Acuerdos de Concejo Nº 078-2014-CMDP y Nº 079-2014- CMDP, ambos de fecha 27 de agosto de 2014 (fojas 07 y 08), en el primer caso, por el periodo comprendido entre el 1 de setiembre y el 7 de octubre de 2014, y en el segundo caso, entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. Al respecto, corresponde precisar que en concordancia con la normativa que regula la materia, la efi cacia de las licencias concedidas es a partir del 5 de setiembre de 2014. 4. En el presente caso se aprecia que los regidores Carlos José Martínez Hernández y Luis Alberto Ayauja Mallma, presentaron sus solicitudes de licencia dentro del plazo previsto, siendo estas aprobadas por el concejo municipal, por lo que en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0140- 2014-JNE, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar a Victoria Teófi la Huarcaya Valenzuela, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 21488042, y a Serapio Carlos Guillén Pedraza, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 21457841, candidatos no proclamados del movimiento regional Frente Regional Progresista Iqueño, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Ica, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO las credenciales otorgadas a Luis Alberto Ayauja Mallma y a Carlos José Martínez Hernández, regidores del Concejo Distrital de Parcona, provincia y departamento de Ica, mientras estén vigentes las licencias concedidas. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Victoria Teófi la Huarcaya Valenzuela, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 21488042, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Parcona, provincia y departamento de Ica, mientras esté vigente la licencia concedida a Luis Alberto Ayauja Mallma, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Serapio Carlos Guillén Pedraza, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 21457841, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Distrital de Parcona, provincia y departamento de Ica, mientras esté vigente la licencia concedida a Carlos José Martínez Hernández, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1156002-1