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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (28/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 58

El Peruano Martes 28 de octubre de 2014 536064 5. Documentación técnica suscrita por el titular y los profesionales del proyecto, la misma que estará compuesta por: a. Plano de Ubicación y Localización: un (01) juego, fi rmados por un profesional verifi cador o constatador arquitecto y el o los propietarios. b. Planos de Arquitectura de Planta, cortes y elevaciones de la obra a Regularizar: un (01) juego, fi rmados por un profesional verifi cador o constatador arquitecto y el o los propietarios. • Una vez aprobado, se presentará dos (2) juegos de planos para el resellado correspondiente. 6. Carta de Seguridad de Obra según formato, el cual se adjunta fi rmada por un Ingeniero Civil colegiado acompañando la declaración jurada de habilitación respectiva. 7. De ser el caso si el proyecto a regularizar está contemplada en modalidad C y D presentará Planos y Memoria Descriptiva de INDECI. 8. Derecho de Pago (Al inicio de trámite) Derecho a trámite 5.555% de la UIT vigente Multa por construir sin licencia para viviendas (Modalidad A) 5.555% de la UIT vigente Multa por construir sin licencia 2.5% V.O. ( para vivienda Modalidad B) Multa por construir sin licencia 5% V.O. (para vivienda Modalidad C y D, comercio, industria y otros. Una vez aprobado se deberá de pagar el derecho de licencia correspondiente. Para la conformidad de Obra y Declaratoria de Edifi cación, deberán adjuntar los requisitos señalados en el TUPA vigente, manteniendo el mismo número de expediente ingresado para la Regularización de Licencia. Artículo Sexto.- Del Procedimiento El procedimiento a seguir será el siguiente: 1. La presentación de los expedientes se hará en la Municipalidad de Ate, vía Mesa de Partes, previa califi cación administrativa de contar con los requisitos señalados en la presente Ordenanza. 2. Para la Califi cación de Proyectos materia de Regularización, se aplicará el Decreto Supremo Nº 013- 2013-VIVIENDA publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, el 12 de Octubre del 2013 y sus modifi catorias con una tolerancia en los parámetros Urbanos de acuerdo a lo normado en el artículo cuarto de la presente Ordenanza. 3. La Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones a cargo de la Gerencia de Desarrollo Urbano conformará un equipo integrado por el Gerente de Desarrollo Urbano y el Sub Gerente de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, para la atención de los expedientes que se presenten en mérito a la presente Ordenanza. 4. Los expedientes que serán califi cados por el área técnica de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones; en lo referente al número de estacionamientos 1 cada 4 unidades de Vivienda y a las áreas libres (se deberá demostrar que los ambientes iluminan y ventilan adecuadamente) llegando a un mínimo de 15%. Para los casos de Regularizaciones de predios comerciales, educativos o industriales, se aplicará el RNE y normas en la materia. 5. Las Licencias emitidas se entregarán a los administrados en la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, previo pago de la Liquidación del Derecho de Licencia de Obra, correspondiente, conforme a lo señalado en la Ley Nº 29090 y su reglamento. 6. En caso de que el procedimiento de regularización de la edifi cación fuera Desaprobatorio, el administrado recabará en el Área de Licencias de Edifi cación, las observaciones para la subsanación dentro de los 15 días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la notifi cación.” Artículo Segundo.- Las demás disposiciones de la Ordenanza Nº 330-MDA se mantienen vigentes. DISPOSICIÓN FINAL Única.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1155768-2 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Convocan a la ciudadanía a la “Segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas del Ejercicio Fiscal 2014” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 017-2014-MDI Independencia, 9 de octubre del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA. VISTO: La Ordenanza Nº 227-2011-MDI que aprobó el “Reglamento de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Independencia”; el informe Nº 214-2014-GPPR/MDI de la Gerencia de Planifi cación Presupuesto y Racionalización, el Informe Nº 607-2014-GAL/MDI de Gerencia de Asesoría Legal y el Memorando Nº 428-2014-GM/MDI de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Audiencia Pública de Rendición de Cuentas, es una modalidad por la cual los ciudadanos ejercen su derecho de participación en el control de la gestión pública del gobierno local; por su parte, la Municipalidad cumple con informar a la ciudadanía sobre los logros y avances alcanzados en la Gestión Municipal del periodo materia de la Convocatoria para la Audiencia; Que, el Artículo 10º de la Ordenanza Nº 227-2011-MDI, establece que la Convocatoria a las Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas son realizadas por el Alcalde Distrital, mediante Decreto de Alcaldía publicado en un diario de mayor circulación local; Que, el Artículo 11º del mismo cuerpo normativo, establece que la Convocatoria será publicada con veinte (20) días calendarios de anticipación a la realización de la Audiencia y deberá contener principalmente lo siguiente: a) La Autoridad convocante, b) Agenda inicial, c) Lugar día y hora de realización de la Audiencia Pública, y d) Requisitos para la inscripción de los participantes; Que, en este contexto, es conveniente programar y convocar a la realización de la Segunda Audiencia Púbica de Rendición de Cuentas al Tercer Trimestre del Año Fiscal 2014 de la Municipalidad Distrital de Independencia; Estando a lo expuesto; contando con las opiniones favorables de la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización, Gerencia de Asesoría Legal y Gerencia Municipal; con la visación de la Gerencia de Secretaria General; en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 -“Ley Orgánica de