Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2014 (29/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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concierne a la gestion del espectro radioelectrico atribuido al servicio de radiodifusion; Que, el articulo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignacion de frecuencias para el servicio de radiodifusion se realiza en base al Plan Nacional de Asignacion de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusion y determina las frecuencias tecnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignacion de Frecuencias son aprobados por Resolucion Viceministerial; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 095-2004MTC/03 y modi catorias se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM), para distintas localidades del departamento de MORDAZA de Dios; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 1924-2014-MTC/28, propone la incorporacion a los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de MORDAZA de MORDAZA, del plan de la localidad de PUKIRI; Que, asimismo, la citada Direccion General senala que, en la elaboracion de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 3582003-MTC/03 y sus modi catorias, asi como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Television; De conformidad con la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, sus modi catorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modi car el articulo 1° de la Resolucion Viceministerial Nº 095-2004-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) del departamento de MORDAZA de MORDAZA, a n de incorporar el plan de la localidad de PUKIRI; conforme se indica a continuacion: Localidad: PUKIRI Plan de Asignacion de Frecuencias Plan de Canalizacion Plan de Asignacion MORDAZA Frecuencia (MHz) 237 95.3 240 95.9 249 97.7 252 98.3 276 103.1 281 104.1 Total de canales: 6 La MORDAZA e.r.p. a ser autorizada en esta localidad sera de 0.1 KW. Las estaciones a instalarse en esta localidad son estaciones secundarias de acuerdo a lo previsto en el articulo 16º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y estan sujetas a los parametros tecnicos establecidos en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas con Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y modi catorias. Articulo 2º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones tecnicas previstas en los Planes de Asignacion de Frecuencias aprobados. En tal sentido, en la evaluacion de las solicitudes de autorizacion y de modi cacion de caracteristicas tecnicas observara su estricto cumplimiento. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1155930-1

El Peruano Miercoles 29 de octubre de 2014

Declaran aprobada transferencia a favor de persona natural, de autorizacion para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 644-2014-MTC/03 MORDAZA, 16 de Octubre del 2014 VISTO, el escrito de registro Nº 2011-022735, del 19 de MORDAZA de 2011, presentada por la empresa RADIO CORPORACION VISION DEL ALTIPLANO SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, sobre aprobacion para transferir una autorizacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), de la localidad de MORDAZA ­ Juliaca ­ Huancane ­ MORDAZA ­ Moho ­ Azangaro ­ Putina - Ilave - Ayaviri, departamento de MORDAZA, a favor de la senora MORDAZA CHOQUEAPAZA MAMANI; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 140-97MTC/15.17 del 21 de marzo de 1997, se otorgo a la empresa RADIO DIFUSORA VISION DEL ALTIPLANO AM ­ FM E.I.R.L.1, autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de Puno; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 2012011-MTC/03 de fecha 21 de febrero de 2011, se adecuo por mandato expreso de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 060-2010MTC, el plazo de vigencia de diversas autorizaciones otorgadas para prestar servicios de radiodifusion, entre ellas la otorgada a la empresa RADIO CORPORACION VISION DEL ALTIPLANO SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA con Resolucion Ministerial Nº 140-97-MTC/15.17, otorgandose autorizacion por el plazo de diez (10) anos por periodos sucesivos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM) en la localidad de MORDAZA ­ Juliaca ­ Huancane ­ MORDAZA ­ Moho ­ Azangaro ­ Putina - Ilave - Ayaviri, departamento de Puno. El plazo de concedido vence el 28 de marzo de 2017; Que, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, concordado con el articulo 73º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestacion del servicio de radiodifusion son transferibles, previa aprobacion del Ministerio, mediante Resolucion Viceministerial, conteniendo ademas el reconocimiento del MORDAZA titular de la autorizacion. Asimismo, senala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo MORDAZA de noventa (90) dias transcurrido el cual, sin que se MORDAZA expedido resolucion pronunciandose sobre la solicitud, el peticionario podra considerarla aprobada; Que, a su vez, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, concordado con los articulos 74º y 76º de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, conforme a lo establecido en el articulo 77º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, "aprobada la transferencia y reconocido el MORDAZA titular, este asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorizacion"; Que, mediante Informe Nº 1984-2014-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones opina que corresponde declarar aprobada al 30 de setiembre

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Mediante escrito de registro P/D Nº 017860 del 17 de marzo de 2005, la administrada comunico el cambio de denominacion y transformacion una sociedad comercial de responsabilidad limitada, denominada ahora RADIO CORPORACION VISION DEL ALTIPLANO SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

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