Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2014 (29/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Miercoles 29 de octubre de 2014

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a la empresa RADIODIFUSORA HORIZONTE S.R.L. por el plazo de diez (10) anos, para operar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito, provincia y departamento de Tacna; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 456-2006MTC/03 del 28 de agosto del 2006, se renovo, entre otras, la autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 328-96-MTC/15.17 a la empresa RADIODIFUSORA HORIZONTE S.R.L., por el plazo de diez (10) anos, para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Tacna, departamento de Tacna, con plazo de vencimiento el 12 de febrero de 2013; Que, con escrito de registro Nº 2012-014177 del 12 de marzo de 2012, la empresa RADIODIFUSORA HORIZONTE S.R.L., solicito la aprobacion de la transferencia de autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 328-96-MTC/15.17 y renovada por Resolucion Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03, a favor de la empresa CORPORACION RADIO TV JULI S.A.C.; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 489-2013MTC/03 del 16 de agosto de 2013, noti cada a la empresa RADIODIFUSORA HORIZONTE S.R.L. el 28 de agosto de 2013, se declaro nula de o cio la resolucion cta que aprobo la solicitud de transferencia de autorizacion (escrito de registro Nº 2012-014177), ordenandose retrotraer el citado procedimiento hasta la fecha de su MORDAZA, a efectos que se veri que el cumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en la MORDAZA para tal efecto; Que, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, establece que los derechos otorgados para la prestacion de un servicio de radiodifusion son transferibles, previa aprobacion del Ministerio, siempre que hayan transcurrido al menos dos (2) anos contados a partir de la entrada en vigencia de la autorizacion y no se con gure alguna de las causales establecidas en el articulo 23º de la Ley. Asimismo, establece que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo MORDAZA de noventa (90) dias para emitir su pronunciamiento, transcurrido el cual, sin que se MORDAZA expedido resolucion pronunciandose sobre la solicitud, el peticionario podra considerarla aprobada; Que, el articulo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, senala que la autorizacion, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, podran ser transferidos, previa aprobacion del Ministerio, mediante Resolucion Viceministerial conteniendo, ademas, el reconocimiento del MORDAZA titular; Que, la Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060, modi cada con Decreto Legislativo Nº 1029, senala que los procedimientos administrativos, sujetos al silencio administrativo positivo, se consideran automaticamente aprobados, si vencido el plazo establecido o MORDAZA, no se hubiere emitido pronunciamiento expreso; Que, la resolucion cta de aprobacion de la solicitud de transferencia de autorizacion fue declarada nula a traves de la Resolucion Ministerial Nº 489-2013-MTC/03 noti cada el 28 de agosto de 2013. En esa medida, el plazo de los noventa (90) dias descritos precedentemente debe ser contados a partir del dia siguiente de la noti cacion de la citada Resolucion Ministerial, motivo por el que el plazo para atender la solicitud de transferencia culmino el 13 de enero de 2014, aprobandose por silencio administrativo positivo el 14 de enero de 2014; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 1983-2014MTC/28 senala que a la fecha de con guracion del silencio administrativo positivo ha veri cado el cumplimiento de los requisitos para la aprobacion de la transferencia de autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 32896-MTC/15.17 y, renovada por Resolucion Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03 a la empresa RADIODIFUSORA HORIZONTE S.R.L., a favor de la empresa CORPORACION RADIO TV JULI S.A.C., la misma que no se encuentra incursa en las causales previstas en el articulo 23º de la Ley de Radio y Television; Que, a su vez, con escrito de registro Nº 2013-001842 del 10 de enero de 2013 la empresa RADIODIFUSORA HORIZONTE S.R.L., solicito la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 32896-MTC/15.17 y renovada por Resolucion Viceministerial Nº 456-2006-MTC/03;

de 2011, por aplicacion del silencio administrativo positivo, la transferencia de la autorizacion otorgada a la empresa RADIO CORPORACION VISION DEL ALTIPLANO SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de MORDAZA ­ Juliaca ­ Huancane ­ MORDAZA ­ Moho ­ Azangaro ­ Putina - Ilave - Ayaviri, departamento de MORDAZA, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusion, a favor de la senora MORDAZA CHOQUEAPAZA MORDAZA, reconociendola como su nueva titular y asumiendo esta los derechos y obligaciones derivadas de la referida autorizacion y otros procedimientos en tramite vinculado a tal autorizacion; De conformidad con la Ley de Radio y Television Ley Nº 28278 y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, la Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modi catorias; Con la opinion favorable de la Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 30 de setiembre de 2011, por aplicacion del silencio administrativo positivo, la transferencia de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 140-97-MTC/15.17 y adecuada con Resolucion Viceministerial No. 201-2011MTC/03 para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de MORDAZA ­ Juliaca ­ Huancane ­ MORDAZA ­ Moho ­ Azangaro ­ Putina - Ilave - Ayaviri, departamento de MORDAZA, de titularidad de la empresa RADIO CORPORACION VISION DEL ALTIPLANO SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA. a favor de la senora MORDAZA CHOQUEAPAZA MORDAZA, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, relacionados a dicha autorizacion. Articulo 2º.- Reconocer a la senora MORDAZA CHOQUEAPAZA MORDAZA, como titular de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 2012011-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo esta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los nes de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PEREZ-REYES MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 1155932-1

Declaran aprobada renovacion y transferencia de autorizacion a favor de persona juridica para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en el departamento de Tacna
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 645-2014-MTC/03 MORDAZA, 16 de octubre del 2014 VISTOS, los escritos de registro Nº 2012-014177 y Nº 2013-001842, presentados por la empresa RADIODIFUSORA HORIZONTE S.R.L., sobre transferencia y renovacion de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Tacna, departamento de Tacna; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 328-96MTC/15.17 del 19 de MORDAZA de 1996, se otorgo autorizacion

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