Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2014 (31/10/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 110

536468
2014, se les aplicara el descuento del 100% de interes, ajustes y un descuento adicional del 20% del insoluto de su deuda, si lo cancelaran al contado. · Impuesto al Patrimonio Vehicular.- Condonacion del 100% de intereses moratorios y ajustes. · Omisos y Subvaluadores.- Condonacion del 100% de interes moratorio, ajustes y multas tributarias en el caso de aquellos vecinos que a la fecha tengan la calidad de omisos, siempre que cancelen sus obligaciones por Impuesto Predial hasta el Ejercicio Fiscal 2013, en el caso de aquellos contribuyentes que se encuentren inscritos pero tengan la calidad de subvaluadores por un procedimiento de fiscalizacion tributaria que MORDAZA concluido con la respectiva Resolucion de Determinacion y Multa hasta el 30 de Setiembre del 2014, se le aplicara dicho descuento siempre que se encuentren al dia en el Impuesto Predial hasta el Ejercicio Fiscal 2013, siempre que cumplan con cancelar las diferencias determinadas por Impuesto Predial fiscalizado. · Multas Administrativas y Papeletas de MORDAZA en la Via Coactiva.- Condonacion del 100% de interes moratorio, ajustes, gastos administrativos y costas coactivas de todas aquellas Multas Administrativas y Papeletas de Infraccion al MORDAZA que se encuentren en Ejecucion Coactiva hasta MORDAZA del 30 de Setiembre del 2014, y que no se le hayan generado embargo en forma de inscripcion adicionalmente se le aplicara los siguientes descuentos: - Multas Administrativas 80% de descuento - Papeletas de Infraccion al MORDAZA 80% de descuento Para aquella Multas Administrativas y Papeletas de Infraccion al MORDAZA que se encuentren con embargo en forma de Inscripcion en Registros Publicos. - Multas Administrativas 70% de descuento - Papeletas de Infracciones al MORDAZA 70% de descuento · Fraccionamiento: Los contribuyentes podran acogerse al fraccionamiento de sus deudas tributarias hasta un MORDAZA de 12 cuotas, efectuando el pago de 30% de cuota inicial aplicandose los siguientes descuentos: · Impuesto Predial.Ejercicio 2013 y anteriores ­ Sin intereses · Arbitrios Municipales Arbitrios Municipales 2013 al 2010 20% de descuento Arbitrios Municipales 2009 y anteriores 40% de descuento · Aquellos contribuyentes que hayan realizado Convenios de Fraccionamiento hasta el 30 de Setiembre del 2014 por Arbitrios Municipales, que no mantengan deuda por Impuesto Predial hasta el Ejercicio Fiscal 2013 y quieran pagar al contado dicho fraccionamiento por Arbitrios Municipales, se les condonara el 100% de interes y ajustes y adicional a ello se les efectuara un descuento del 50% del insoluto del Convenio, siempre que lo cancelen al contado. Articulo Sexto.- EXCEPCIONES · El presente beneficio no se aplicara a las deudas tributarias que MORDAZA materia de descuento, deduccion u otro beneficio tributario. Asimismo, no se encuentran comprendidos en los beneficios establecidos por la presente Ordenanza los contribuyentes que con anterioridad a la vigencia de esta Ordenanza hubieran abonado el total de las deudas tributarias. Articulo Septimo.- REVOCACION DE VALORES TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS Y SUSPENSION DEL PROCEDIMIENTO DE COBRANZA COACTIVA · Una vez realizado el acogimiento a la presente Ordenanza, se revocaran automaticamente las Ordenes de

El Peruano Viernes 31 de octubre de 2014

Pago y/o Resoluciones de Determinacion que contengan deuda tributaria sobre la que sea aplicable el programa de Beneficios Tributarios y No Tributarios, otorgado mediante la presente Ordenanza. Asimismo, verificado el acogimiento de la presente Ordenanza, el Ejecutor Coactivo realizara las acciones pertinentes para la suspension de los procedimientos de ejecucion que se hubieran iniciado, disponiendo el levantamiento de las medidas cautelares, si las hubiera. Articulo Octavo.- RECURSOS EN TRAMITE · Los contribuyentes que hayan iniciado un procedimiento contencioso (reclamacion) ante la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria u otras instancias administrativas o judiciales por las deudas materia de acogimiento considerado en la presente Ordenanza, deberan de desistirse del procedimiento iniciado ante la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria o presentar MORDAZA autenticada del desistimiento presentado ante otras instancias administrativas judiciales. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Articulo Primero.- FACULTESE al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia amplie el plazo, efectos y alcance de los beneficios que se establecen en la presente Ordenanza dictando medidas reglamentarias y complementarias necesarias. Articulo Segundo.- ENCARGUESE a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria, Sub Gerencia de Registro Tributario y Recaudacion, Sub Gerencia de Fiscalizacion Tributaria, Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva, Sub Gerencia de Tesoreria, Sub Gerencia de Tecnologias de la Informacion y Sistemas y las demas Unidades Organicas el cumplimiento y la debida aplicacion de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- PUBLICAR la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaral (www.munihuaral. gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 1157517-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI
Designan Ejecutor Municipalidad Coactivo de la

RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 746-2014-ALC/MPH-M Matucana, 10 de octubre del 2014. LA ALCALDIA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAROCHIRI - MATUCANA VISTO: El Memorandum Nº 1535-2014-GM-MPH-M de fecha 09/10/2014 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 02-2014/COCASCOAC-MPH-M del Comite de Evaluacion de Concurso para contratacion en la modalidad de Contrato CAS, para el cargo de Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo; remitidos a los efectos de materializar la Resolucion de Alcaldia a efecto de la designacion para el cargo de Ejecutor Coactivo a la Dra. MORDAZA ABIGAILA MORDAZA MORDAZA, quien resultara ganador del referido Concurso Publico de Meritos; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujecion al MORDAZA juridico del estado, tal como lo establece en el articulo II de la ley Organica

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.