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El Peruano Viernes 31 de octubre de 2014 536454 12295407 de la Ofi cina Registral de Lima referida a un predio de mayor extensión denominado Parque Campo de Marte, con un área de 225,657.05 m2, con jurisdicción inscrita en Jesús María; habiéndose anotado únicamente en el Rubro Gravámenes y Cargas D00001 la afectación en uso de un área de 2,625.50 m2 a favor de la Municipalidad Distrital de Jesús María por plazo indeterminado con la fi nalidad de que continúe en funcionamiento la Biblioteca de la Municipalidad Distrital de Jesús María; Que, mediante Ofi cio Nº 03644-2010/SBN-GO-JAD de fecha 24 de marzo del 2010, reiterado por Ofi cio Nº 15131- 2010/SBN-GO-JAD de fecha 18 de noviembre del 2010, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales manifi esta que la Municipalidad de Jesús María cuenta con la administración del Campo de Marte, no siendo necesario que se otorgue la afectación en uso sobre el área en el cual se desarrollará el Centro de la Amistad Chino Peruana, siendo indispensable obtener la respectiva autorización del INC; Que, mediante Resolución Directoral Nº 197/INC- DREPH-DPHCR de fecha 17 de septiembre del 2010, la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano del Instituto Nacional de Cultura resuelve aprobar el anteproyecto de obra nueva del Centro de la Amistad Chino Peruana en el inmueble ubicado en la Av. Horacio Urteaga esquina Av. de la Peruanidad, distrito de Jesús María, provincia y departamento de Lima, solicitado por la Municipalidad Distrital de Jesús María, precisando que los aspectos técnicos normativos reglamentarios referidos a usos, retiros, dimensionamiento, funcionales, áreas libres de cálculo estructural, de ingeniería, evacuación, dotación de estacionamientos y seguridad del proyecto, deberán ser evaluados por la Comisión Técnica de la Municipalidad Distrital de Jesús María; Que, posteriormente, la Comisión Técnica Califi cadora de Proyectos de acuerdo a lo indicado por la Ley Nº 29090 y sus Modifi catorias, aprobó el Proyecto del Centro de la Amistad Chino Peruana con el Dictamen Conforme, por lo que con fecha 26 de noviembre del 2010 la Sub Gerencia de Licencias y Autorizaciones de la Municipalidad Distrital de Jesús María expide la Resolución de Licencia de Edifi cación Nº 238-2010-MDJM/GDUyA/SGLyA; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 015-2012- MDJM de fecha 03 de abril del 2012, se aprueba el Acta de Conversaciones de fecha 03 de abril del 2012 suscrita por los representantes de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI y de la Municipalidad del Distrito de Jesús María, mediante las cuales se acuerda expresamente que la construcción del Centro de la Amistad Chino – Peruana se inicie al más breve plazo; que por su ubicación dentro del distrito sea la Municipalidad la institución responsable de administrar el Centro de la Amistad Chino - Peruana, comprometiéndose la Municipalidad a gestionar sus gastos de operación y mantenimiento; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 019-2012- MDJM de fecha 20 de abril del 2012, los representantes de la empresa Yan Jian Group CO Ltd. y la Municipalidad de Jesús María fi rman el Contrato para la Construcción del Proyecto del Centro de la Amistad Chino – Peruana, bajo la asistencia del Gobierno de la República Popular China al Gobierno de la República del Perú; Que, durante la construcción, el Gobierno de la República Popular China realizó la donación por lotes, habiendo la Municipalidad de Jesús María gestionado los desembarques con la aprobación de la Presidencia del Concejo de Ministros, donaciones que han sido aprobadas mediante los Acuerdos de Concejo Nº 030, 038, 049 del año 2012; y, los Acuerdos de Concejo Nº 007, 008, 010, 016, 017, 028, 029, 030, 046, 047 y 054 del año 2013, por un valor total de US$ 1’248,909.473; suma que no incluye el monto de S/. 734,606.40 por gastos asumidos por la Municipalidad hasta la fecha de entrega técnica de la obra, ocurrida con la Certifi cación de Entrega de los Planos de la Obra Terminada suscrita el 30 de diciembre del 2013; Que, mediante Memorándum Nº 811-2014-MDJM- GM del 07 de octubre del 2014, la Gerencia Municipal propone someter a consideración del Concejo Municipal se declare de interés público, la administración por parte de la Municipalidad Distrital de Jesús María, respecto al Centro de la Amistad Chino – Peruana, toda vez que se ha agotado los esfuerzos de coordinación respectiva con las entidades del gobierno central relacionadas con actos protocolares para su funcionamiento; y, atendiendo a que: 1) Que, el referido patrimonio en su integridad, ha sido incorporado al margesí de la Municipalidad Distrital de Jesús María; así como las donaciones que fueron objeto de una aceptación por parte del Concejo Municipal, respecto a cada uno de los materiales y equipos que fueran parte de la construcción. 2) Que, actualmente se encuentra bajo la administración de la Municipalidad Distrital de Jesús María, en cuyo local se viene desarrollando actividades culturales en benefi cio de la comunidad. 3) Que, se viene asumiendo los gastos de sostenimiento y mantenimiento, inversiones colaterales que se hicieran para ponerlo en valor. 4) Que, se tiene la obligación de mantener un Cronograma de Actividades en lo que resta del ejercicio 2014. 5) Que, el Centro de la Amistad Chino – Peruana, esté bajo la administración de la esta entidad edil, y que los activos estén bajo la custodia y administración de la Gerencia de Administración, y la agenda cultural esté a cargo de la Gerencia de Desarrollo Humano. 6) Que, se requiere culminar con las gestiones correspondientes para el saneamiento respectivo; Que, mediante Informe Nº 1537-2014-MDJM-GAJyRC, de fecha 09 de octubre del 2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil, opina que la Municipalidad de Jesús María es la administradora de aquellos bienes de dominio y uso público que se encuentren bajo su jurisdicción, encontrándose entre dichos bienes el inmueble del Centro de la Amistad Chino – Peruana, ubicado en el Distrito de Jesús María; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9º y el Artículo 41º de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal adoptoó el siguiente, acuerdo: Artículo Primero.- DECLÁRASE DE INTERÉS PÚBLICO que la Municipalidad Distrital de Jesús María está a cargo de la administración, conservación y tutela del inmueble donde se ha edifi cado el Centro de la Amistad Chino – Peruana, con un área de 3,622.45 m2, ubicado en el cruce de Av. Horacio Urteaga, Jr. Los Mogaburos y Av. de la Peruanidad, distrito de Jesús María, Provincia y Departamento de Lima. Artículo Segundo.- ENCÁRGASE al Despacho de Alcaldía disponga hacer uso adecuado de la administración del inmueble señalado en el Artículo Primero, en benefi cio de las necesidades de la comunidad distrital, respetando los fi nes del proyecto; estando facultado para realizar todas las acciones administrativas y técnico legal necesarias para su inscripción y registro ante las instancias competentes de acuerdo a Ley. Artículo Tercero.- PUBLÍQUESE el presente Acuerdo de Concejo en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad de Jesús María. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE OCROSPOMA PELLA Alcalde 1156795-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de La Molina DECRETO DE ALCALDÍA N° 038-2014 La Molina, 28 de octubre de 2014 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: El Memorando N° 908-2014-MDLM-GM de la Gerencia Municipal, el Informe N° 448-2014-MDLM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N° 133-2014- MDLM-GPPDI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, y el Informe N° 339-2014-MDLM- GDUE-SGDC de la Subgerencia de Defensa Civil; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 102 de fecha 20 de Mayo del 2005, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad de La Molina, siendo ratifi cado con Acuerdo de Concejo Nº 184-MML el 18 de Mayo del 2006 por el Concejo Metropolitano de