Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2014 (31/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano Viernes 31 de octubre de 2014

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VISTO; en sesion ordinaria de Concejo de la fecha; con el MORDAZA unanime de los senores Regidores, con la dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru establece en su articulo 194 que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y le reconoce autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, atribuyendole la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el distrito de MORDAZA MORDAZA fue creado mediante Ley Nº 14763 del 30 de noviembre de 1956, promulgada y publicada en el diario oficial El Peruano el 17 de diciembre de 1963, estableciendose expresamente en dicha MORDAZA legal sus limites y areas pertenecientes a su circunscripcion; Que, el articulo 55 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que los bienes, rentas y derechos de cada municipalidad constituyen su patrimonio; que el patrimonio municipal se administra por cada municipalidad en forma autonoma, con las garantias y responsabilidades de ley; y que los bienes de dominio publico de las municipalidades son inalienables e imprescriptibles; en tanto que el articulo 56 de la precitada Ley considera que son bienes de las municipalidades: los bienes inmuebles y muebles de uso publico destinados a servicios publicos locales; y todos los demas que adquiera cada municipio, agregando que las vias y areas publicas, con subsuelo y aires son bienes de dominio y uso publico; Que, la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales senala en su articulo 9 que los actos que realizan los gobiernos locales, respecto de los bienes de su propiedad, asi como los de dominio publico que se encuentran bajo su administracion, se ejecutan conforme a la Ley Organica de Municipalidades, y a la Ley Nº 29151 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA, en lo que fuera aplicable; precisando el primer parrafo del articulo 41 del Reglamento citado, que la administracion, conservacion y tutela de los bienes de dominio publico compete a las entidades responsables del uso publico del bien o de la prestacion del servicio publico, segun corresponda, y conforme con las normas de la respectiva materia; Que, el literal a) del articulo 2 del Reglamento citado, define como bienes de dominio publico aquellos bienes estatales, destinados al uso publico como playas, plazas, parques, infraestructura vial, vias ferreas, caminos y otros, cuya administracion, conservacion y mantenimiento corresponde a una entidad; y aquellos que sirven de soporte para la prestacion de cualquier servicio publico como los MORDAZA, sedes gubernativas e institucionales, escuelas, hospitales, estadios, aportes reglamentarios, bienes reservados y afectados en uso a la defensa nacional, establecimientos penitenciarios, museos, cementerios, puertos, aeropuertos y otros destinados al cumplimiento de los fines de responsabilidad estatal, o cuya concesion compete al Estado; tienen el caracter de inalienables e imprescriptibles; sobre ellos, el Estado ejerce su potestad administrativa, reglamentaria y de tutela conforme a ley; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 025-2006/ MJM de fecha 05 de MORDAZA del 2006 se acordo aceptar el ofrecimiento de la Republica Popular China de la construccion de la "Casa de la Amistad Peruano China", en el terreno ubicado en el cruce de Av. MORDAZA Urteaga, Jr. Los Mogaburos y Av. de la Peruanidad, distrito de MORDAZA MORDAZA, dentro de los alcances del Acuerdo de Cooperacion Tecnica suscrito entre el Gobierno del Peru y el Gobierno de la Republica Popular China de fecha 07 de octubre de 1999; Que, mediante Convenio de Cooperacion Economica y Tecnica suscrito entre el Gobierno de la Republica Popular China y el Gobierno del Peru, con fecha 30 de marzo del 2007, el Gobierno de la Republica Popular China conviene en proporcionar al Gobierno del Peru una donacion de 20'000,000.00 de yuanes destinada a financiar el proyecto del Centro de la Amistad MORDAZA Peruana; Que, el area de 3,622.45 m2 donde se ubica fisicamente el mencionado proyecto del Centro de la Amistad MORDAZA Peruana se encuentra comprendida en la Partida Nº

a) Multas administrativas impuestas hasta el ano 2012 : 95% de descuento. b) Multas administrativas impuestas los anos 2013 y 2014 : 90% de descuento c) Multas tributarias a personas naturales (cualquier ano) : 97% de descuento d) Multas tributarias a personas juridicas (cualquier ano) : 92% de descuento El pago de la multa no exime al administrado del cumplimiento de la medida correctiva que corresponda. Articulo 5º.- Gastos y costas procesales Los contribuyentes y/o administrados que cancelen la totalidad de de su deuda en cobranza coactiva no efectuaran pago alguno por concepto de gastos y costas procesales, de lo contrario se le aplicara la suma de S/.10.00 por cada Expediente Coactivo, por concepto de gastos y costas procesales. Articulo 6º. - Reconocimiento de deuda El pago de las deudas tributarias y administrativas con los beneficios establecidos en la presente Ordenanza implica el desistimiento automatico de los recursos pendientes de atencion, de reconsideracion, reclamacion y/o apelacion ante la administracion. Articulo 7º.- Deuda en MORDAZA de cobranza coactiva o en otras instancias La vigencia de la presente Ordenanza no suspende la tramitacion de los procedimientos coactivos, por lo que no gozaran de los beneficios otorgados aquellas deudas en cobranza coactiva, a merito de las cuales el Ejecutor Coactivo MORDAZA ordenado el inicio de la ejecucion forzosa de las medidas cautelares trabadas, conforme al TUO de la Ley del Procedimiento de Ejecucion Coactiva. Las deudas que se encuentren en MORDAZA de revision judicial del procedimiento de ejecucion coactiva y/o Queja ante el Tribunal Fiscal, gozaran de los beneficios previstos en la presente Ordenanza siempre que se presente, el original del escrito con firma legalizada del titular o representante, de desistimiento de la queja ante el Tribunal Fiscal y de la pretension ante el Poder Judicial. Articulo 8º.- Facultades delegadas Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza, asi como para disponer la prorroga o suspension de su vigencia. Articulo 9º.- De la Derogacion Deroguese las Ordenanzas Nº 423 y 444-MDJM, asi como todo dispositivo que se oponga a lo dispuesto por la presente Ordenanza. Articulo 10º.- Plazo de Vigencia La presente Ordenanza rige del 27 de octubre al 15 de noviembre del 2014. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA PELLA MORDAZA 1156794-1

Declaran de interes publico que la Municipalidad esta a cargo de la administracion, conservacion y tutela del Centro de la Amistad MORDAZA Peruana
ACUERDO DE CONCEJO Nº 033-2014-MDJM MORDAZA MORDAZA, 24 de octubre del 2014 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MARIA;

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