Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2014 (31/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano Viernes 31 de octubre de 2014

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Municipalidad provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa"; Que, mediante Ordenanza Nº 406-MDC de fecha 05.02.2014, publicado en el diario oficial El Peruano el 09 de Febrero del 2014, se aprobo establecer el cronograma de vencimiento trimestral del impuesto predial de la cuponera 2014 e incentivos por el pago adelantado al contado y/ o puntual del impuesto predial y arbitrio municipal del ejercicio fiscal 2014 condonacion de intereses moratorios en arbitrios vencidos hasta el periodo 2013 con rebaja en el insoluto y condonacion en los intereses moratorios y de reajustes del impuesto predial vencido al 2013; Que, mediante Ordenanza Nº 418-MDC de fecha 11.08.2014, publicado en el diario oficial El Peruano el 16.08.2014, se aprobo la ampliacion de beneficios tributarios para el ano 2014, modificaciones y precisiones de los alcances de la Ordenanza Nº 406-MDC; Que, mediante Informe Nº 047-2014-GAT/MC, la Gerencia de Administracion Tributaria, informa que, al 26 de Setiembre del presente ano, la Municipalidad Distrital de Comas tiene como saldos por cobrar del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales del ano 2002 al 2014 la suma de S/. 41'867,448.00 y de S/. 43'494,121.88 respectivamente, siendo que dichos saldos por cobrar del Impuesto Predial, corresponden S/.8'775,345.67 al ano 2013, (54% de morosidad), y S/.12'331,409.05 corresponden al ejercicio 2014 (74%.de morosidad). Asimismo respecto a los saldos por cobrar de los Arbitrios Municipales, S/. 6'960,394.66, corresponden al ano 2013 (47% de morosidad), y S/.10'443,030.60 al ejercicio 2014 (70% de morosidad); Que, respecto a los saldos por cobrar del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de los anos anteriores al 2013, se encuentran las deudas del ano 2002 al 2009 que estan en gran parte prescritas y en cuestion su exigibilidad de pago, siendo que la morosidad de las mismas varian entre el 5% y el 25%, cuya estadistica historica revelan que dicha morosidad se encuentra en el limite de recaudacion, significando solo el 8% de la recaudacion mensual segun la ejecucion de los ingresos del 2014. Asimismo resulta una cartera inflada de cobranza, y representan a los contribuyentes deudores una carga tributaria mayor que imposibilitan el cumplimiento de sus obligaciones tributarias de los ejercicios 2013 y 2014; Refiere el informe de Administracion Tributaria, la necesidad de tomar acciones inmediatas que posibiliten la recuperacion de los ingresos por estos tributos, orientadas basicamente a priorizar la recuperacion de los saldos por cobrar del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ano 2013 y 2014, dado la alta morosidad existente por estos anos, que en su conjunto ascienden para el ano 2013 a S/. 15'735,695.23, y para el ejercicio 2014 a S/. 22'774,439.65, encontrandose en este ultimo la gran mayoria de contribuyentes puntuales que adeudan solo el ejercicio 2014, para los cuales se propone el otorgamiento de beneficios tributarios de descuentos de sus Arbitrios Municipales que facilitarian su pronto pago. Asimismo respecto a las deudas de anos anteriores, se condone los Arbitrios Municipales hasta el ano 2012, a condicion de que cancelen sus Arbitrios totales del 2013 y 2014, dependiendo el periodo adeudado; Que, otro aspecto importante, refieren a los Mercados del distrito, a quienes por la elevada tasa de sus Arbitrios Municipales del ano 2012, 2013 y 2014 respecto al ano 2011, se ha generado una alta morosidad de estos contribuyentes, por el orden del 70% del ano 2012, 78% del ano 2013 y 97% del ano 2014, se propone en ese sentido una rebaja de los arbitrios de esos anos tomando como referencia los Arbitrios Municipales fijados para el ano 2011, reajustados con el IPC para el ano 2012, 2013 y 2014. Que, mediante Informe Nº 834-2014-GAJ-MDC la Gerencia de Asesoria Juridica, Opina porque el Proyecto de Ordenanza que aprueba la Ampliacion de Beneficios Tributarios 2014, propuesta por la Gerencia de Administracion Tributaria resulta procedente, en consecuencia se recomienda su aprobacion, debiendose elevar los actuados al Concejo Municipal a fin que en sus ejercicios de sus atribuciones y previos los tramites de Ley, proceda a tal efecto;

294-MDA modificada y ampliada por las Ordenanzas Nº 300-MDA y Nº 308-MDA, asi como por el Decreto de Alcaldia Nº 020-2014-MDA cuya vigencia culmina el 31 de octubre de 2014, solicitando y sustentando la prorroga de su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014, para lo cual debera emitirse el Decreto de Alcaldia correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 42º y el numeral 6) del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo 1º.- PRORROGAR; la vigencia de la Ordenanza Nº 294-MDA, modificada y prorrogada por las Ordenanzas Nº 300-MDA, Nº 308-MDA, asi como por el Decreto de Alcaldia Nº 020-2014-MDA, que establece el Beneficio de Condonacion de Deuda Tributaria e Intereses Generados por la Omision de la MORDAZA y/o Rectificacion de la Declaracion Jurada del Impuesto Predial, para los contribuyentes (personas naturales y juridicas), propietarias o poseedoras de inmuebles destinados a Uso MORDAZA Habitacion y/o Terrenos sin Construir y Comercios (hasta 100 m2., de area de actividad economica), hasta el 31 de Diciembre de 2014, en merito a los considerandos MORDAZA expuestos. Articulo 2º.- ENCARGUESE; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Administracion Tributaria y demas Unidades Organicas competentes de esta Corporacion Municipal. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 1157661-2

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Aprueban la ampliacion de beneficios tributarios para el ano 2014, establecidas en las Ordenanzas Nºs. 406 y 418-MDC
ORDENANZA Nº 424-MDC EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Comas, en Sesion Extraordinaria de fecha 04.10.2014; el Dictamen Nº 072014-CRFYCM-MDC emitido por la Comision de Rentas, Fiscalizacion y Control Municipal, respecto del Proyecto de Ordenanza aprueba la ampliacion de beneficios tributarios para el ano 214, establecidas en la Ordenanza Nº 406-MDC y Nº 418-MDC; el Informe Nº 047-2014GAT/MC de fecha 29.09.2014 emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria; el Informe Nº 834-2014-GAJMDC de fecha 29.09.2014, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; la Carta Nº 22-2014-CRFyCM-SDV/ MDC de fecha 29.09.2014, emitido por el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comision de Rentas, Fiscalizacion y Control Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado mediante Ley Nº 28607 (Ley de Reforma Constitucional), en concordancia con lo dispuesto en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece que las municipalidades provinciales y distritales son organos de Gobierno Local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomia en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administracion; Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que "las ordenanzas de la

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