Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (31/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 93

El Peruano Viernes 31 de octubre de 2014 536451 294-MDA modifi cada y ampliada por las Ordenanzas Nº 300-MDA y Nº 308-MDA, asi como por el Decreto de Alcaldía Nº 020-2014-MDA cuya vigencia culmina el 31 de octubre de 2014, solicitando y sustentando la prórroga de su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014, para lo cual deberá emitirse el Decreto de Alcaldia correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 42º y el numeral 6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR; la vigencia de la Ordenanza Nº 294-MDA, modifi cada y prorrogada por las Ordenanzas Nº 300-MDA, Nº 308-MDA, así como por el Decreto de Alcaldía Nº 020-2014-MDA, que establece el Benefi cio de Condonacion de Deuda Tributaria e Intereses Generados por la Omisión de la Presentación y/o Rectifi cación de la Declaración Jurada del Impuesto Predial, para los contribuyentes (personas naturales y jurídicas), propietarias o poseedoras de inmuebles destinados a Uso Casa Habitación y/o Terrenos sin Construir y Comercios (hasta 100 m2., de área de actividad económica), hasta el 31 de Diciembre de 2014, en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- ENCÁRGUESE; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y demás Unidades Orgánicas competentes de esta Corporacion Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1157661-2 MUNICIPALIDAD DE COMAS Aprueban la ampliación de beneficios tributarios para el año 2014, establecidas en las Ordenanzas Nºs. 406 y 418-MDC ORDENANZA Nº 424-MDC EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Comas, en Sesión Extraordinaria de fecha 04.10.2014; el Dictamen Nº 07- 2014-CRFYCM-MDC emitido por la Comisión de Rentas, Fiscalización y Control Municipal, respecto del Proyecto de Ordenanza aprueba la ampliación de benefi cios tributarios para el año 214, establecidas en la Ordenanza Nº 406-MDC y Nº 418-MDC; el Informe Nº 047-2014- GAT/MC de fecha 29.09.2014 emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Nº 834-2014-GAJ- MDC de fecha 29.09.2014, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; la Carta Nº 22-2014-CRFyCM-SDV/ MDC de fecha 29.09.2014, emitido por el Regidor Segundo Alfredo Deza Villanueva, Presidente de la Comisión de Rentas, Fiscalización y Control Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado mediante Ley Nº 28607 (Ley de Reforma Constitucional), en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “las ordenanzas de la Municipalidad provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa”; Que, mediante Ordenanza Nº 406-MDC de fecha 05.02.2014, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 09 de Febrero del 2014, se aprobó establecer el cronograma de vencimiento trimestral del impuesto predial de la cuponera 2014 e incentivos por el pago adelantado al contado y/ o puntual del impuesto predial y arbitrio municipal del ejercicio fi scal 2014 condonación de intereses moratorios en arbitrios vencidos hasta el periodo 2013 con rebaja en el insoluto y condonación en los intereses moratorios y de reajustes del impuesto predial vencido al 2013; Que, mediante Ordenanza Nº 418-MDC de fecha 11.08.2014, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 16.08.2014, se aprobó la ampliación de benefi cios tributarios para el año 2014, modifi caciones y precisiones de los alcances de la Ordenanza Nº 406-MDC; Que, mediante Informe Nº 047-2014-GAT/MC, la Gerencia de Administración Tributaria, informa que, al 26 de Setiembre del presente año, la Municipalidad Distrital de Comas tiene como saldos por cobrar del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales del año 2002 al 2014 la suma de S/. 41’867,448.00 y de S/. 43’494,121.88 respectivamente, siendo que dichos saldos por cobrar del Impuesto Predial, corresponden S/.8’775,345.67 al año 2013, (54% de morosidad), y S/.12’331,409.05 corresponden al ejercicio 2014 (74%.de morosidad). Asimismo respecto a los saldos por cobrar de los Arbitrios Municipales, S/. 6’960,394.66, corresponden al año 2013 (47% de morosidad), y S/.10’443,030.60 al ejercicio 2014 (70% de morosidad); Que, respecto a los saldos por cobrar del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de los años anteriores al 2013, se encuentran las deudas del año 2002 al 2009 que están en gran parte prescritas y en cuestión su exigibilidad de pago, siendo que la morosidad de las mismas varían entre el 5% y el 25%, cuya estadística histórica revelan que dicha morosidad se encuentra en el límite de recaudación, signifi cando solo el 8% de la recaudación mensual según la ejecución de los ingresos del 2014. Asimismo resulta una cartera infl ada de cobranza, y representan a los contribuyentes deudores una carga tributaria mayor que imposibilitan el cumplimiento de sus obligaciones tributarias de los ejercicios 2013 y 2014; Refi ere el informe de Administración Tributaria, la necesidad de tomar acciones inmediatas que posibiliten la recuperación de los ingresos por estos tributos, orientadas básicamente a priorizar la recuperación de los saldos por cobrar del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del año 2013 y 2014, dado la alta morosidad existente por estos años, que en su conjunto ascienden para el año 2013 a S/. 15’735,695.23, y para el ejercicio 2014 a S/. 22’774,439.65, encontrándose en este último la gran mayoría de contribuyentes puntuales que adeudan solo el ejercicio 2014, para los cuales se propone el otorgamiento de benefi cios tributarios de descuentos de sus Arbitrios Municipales que facilitarían su pronto pago. Asimismo respecto a las deudas de años anteriores, se condone los Arbitrios Municipales hasta el año 2012, a condición de que cancelen sus Arbitrios totales del 2013 y 2014, dependiendo el periodo adeudado; Que, otro aspecto importante, refi eren a los Mercados del distrito, a quienes por la elevada tasa de sus Arbitrios Municipales del año 2012, 2013 y 2014 respecto al año 2011, se ha generado una alta morosidad de estos contribuyentes, por el orden del 70% del año 2012, 78% del año 2013 y 97% del año 2014, se propone en ese sentido una rebaja de los arbitrios de esos años tomando como referencia los Arbitrios Municipales fi jados para el año 2011, reajustados con el IPC para el año 2012, 2013 y 2014. Que, mediante Informe Nº 834-2014-GAJ-MDC la Gerencia de Asesoría Jurídica, Opina porque el Proyecto de Ordenanza que aprueba la Ampliación de Benefi cios Tributarios 2014, propuesta por la Gerencia de Administración Tributaria resulta procedente, en consecuencia se recomienda su aprobación, debiéndose elevar los actuados al Concejo Municipal a fi n que en sus ejercicios de sus atribuciones y previos los trámites de Ley, proceda a tal efecto;