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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (31/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 97

El Peruano Viernes 31 de octubre de 2014 536455 Lima; posteriormente modifi cado por Decreto de Alcaldía N° 003-2007-MDLM de fecha 06 de Marzo del 2007, por Ordenanza N° 152 de fecha 14 de Agosto del 2007, por Decreto de Alcaldía N° 001-2008 de fecha 18 de Enero del 2008, por Ordenanza N° 164 de fecha 31 de Julio del 2008, por Ordenanza N° 183 de fecha 30 de Junio del 2009, por Decreto de Alcaldía N° 006-2010 de fecha 04 de Mayo del 2010, por Decreto de Alcaldía N° 011-2010 de fecha 06 de Octubre del 2010, por Decreto de Alcaldía N° 014-2011 de fecha 22 de julio de 2011, por Decreto de Alcaldía N° 003- 2012 de fecha 15 de febrero de 2012, por Decreto de Alcaldía N° 008-2012 de fecha 23 de abril de 2012, por Decreto de Alcaldía N° 001-2013 de fecha 15 de enero de 2013, por Decreto de Alcaldía N° 017-2013 de fecha 15 de agosto de 2013, por Decreto de Alcaldía N° 028-2013 de fecha 18 de diciembre de 2013, por Decreto de Alcaldía N° 007-2014 de fecha 30 de enero de 2014, por Decreto de Alcaldía N° 023- 2014 de fecha 16 de mayo de 2014 y Decreto de Alcaldía N° 026-2014 de fecha 24 de junio de 2014; Que, el artículo 36° numeral 3) en concordancia con el artículo 38° numeral 5) de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, establece que una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se realiza mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante el artículo 63° de la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplifi cación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, se incorpora la décima disposición fi nal, transitoria y complementaria a la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, precisándose que toda referencia efectuada a las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil y al Certifi cado de Seguridad en Defensa Civil, deberá entenderse realizada a las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones y al Certifi cado de Seguridad en Edifi caciones; Que, conforme con el artículo 64° de la Ley señalada en el considerando precedente, se incorpora el numeral 14.9 al artículo 14° de la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, por el cual las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima son competentes dentro del ámbito del Distrito a realizar inspecciones básicas, inspecciones de detalle e inspecciones para espectáculos de hasta 3000 espectadores; Que, con relación a las competencias para la administración y ejecución de las inspecciones técnicas de seguridad en edifi caciones en el numeral 3 del artículo 14° del Decreto Supremo N° 058-2014-PCM, que aprueba el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones, se precisa que el órgano ejecutante de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima, en el ámbito de sus jurisdicciones, ejecuta las ITSE Básicas, las ITSE de Detalle y las ITSE previa a un evento y/o espectáculo público de hasta tres mil (3000) espectadores; asimismo la citada normativa establece en relación a la vigencia del Certifi cado de ITSE, en su artículo 38°, que el mencionado certifi cado tiene vigencia indeterminada, siempre que haya sido emitido de conformidad con lo señalado en el mencionado reglamento y demás normas vigentes sobre la materia; Que, mediante Informe N° 399-2014-MDLM-GDUE- SGDC la Subgerencia de Defensa Civil, eleva la propuesta de modifi cación del TUPA de La Molina, en lo que respecta a los trámites a cargo de su Subgerencia, a fi n de dar cumplimiento al Decreto Supremo N° 058-2014-PCM, que aprueba el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones; siendo que de acuerdo al mismo, así como al Informe N° 133-2014-MDLM- GPDDI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional y al Informe N° 448-2014-MDLM- GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, corresponde adecuar la denominación de los procedimientos 8.22, Inspecciones Técnicas Básicas Locales que cuenta con Licencia de Funcionamiento o a solicitud de parte, y 8.23, Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil previa a un evento y/o espectáculo público, a solicitud de parte, de la Subgerencia de Defensa Civil del TUPA vigente de la Municipalidad de La Molina, los cuales deberán denominarse 8.22, Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones en Locales que cuentan con Licencia de Funcionamiento o a solicitud de parte, y de Detalle, y 8.23, Inspección Técnica de Seguridad en Edifi caciones previa a un evento y/o espectáculo público, a solicitud de parte, respectivamente, en cumplimiento de lo señalado en la décima disposición fi nal, transitoria y complementaria a la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y a la nueva nomenclatura conferida por la Ley N° 30230 y el Decreto Supremo N° 058-2014-PCM a las Inspecciones Técnicas en materia de seguridad; además en lo que respecta al procedimiento 8.22 supone reconocer la competencia atribuida a las municipalidades distritales dentro de la jurisdicción de la Municipalidad Metropolitana de Lima para atender los procedimientos referidos a las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones de Detalle, de acuerdo a lo previsto en el numeral 14.9 del artículo 14° de la Ley N° 29664, y el numeral 14.3 del artículo 14° del Decreto Supremo N° 058-2014-PCM; que, asimismo señalan los citados informes que resulta necesario eliminar el procedimiento 8.24, Renovación del Certifi cado de Seguridad, de la Subgerencia de Defensa Civil del TUPA vigente, toda vez que de acuerdo con el artículo 38° del Decreto Supremo N° 058-2014-PCM, los Certifi cados de ITSE tendrán vigencia indeterminada; Que, mediante Memorando N° 908-2014-MDLM-GM la Gerencia Municipal eleva la propuesta de modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de La Molina a efectos de que se efectúen las acciones pertinentes para la emisión del respectivo Decreto de Alcaldía; Estando a lo expuesto y a los informes técnicos y legales mencionados en los considerandos precedentes y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del artículo 20° y artículos 39° y 42°de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación de los procedimientos 8.22, Inspecciones Técnicas Básicas Locales que cuentan con Licencia de Funcionamiento o a solicitud de parte, y 8.23, Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil previa a un evento y/o espectáculo público, a solicitud de parte, de la Subgerencia de Defensa Civil, los mismos que pasarán a denominarse 8.22, Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones en Locales que cuentan con Licencia de Funcionamiento o a solicitud de parte, y de Detalle, y 8.23, Inspección Técnica de Seguridad en Edifi caciones previa a un evento y/o espectáculo público, a solicitud de parte, respectivamente, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de La Molina, aprobado mediante Ordenanza N° 102 y sus modifi catorias; en cumplimiento de lo señalado en la décima disposición fi nal, transitoria y complementaria a la Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento, y lo dispuesto en la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, y el Decreto Supremo N° 058-2014-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones. Artículo Segundo.- ELIMINAR el procedimiento 8.24 Renovación del Certifi cado de Seguridad, a cargo de la Subgerencia de Defensa Civil, del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de La Molina, aprobado mediante Ordenanza N° 102 y sus modifi catorias, conforme a lo dispuesto en el artículo 38° del Decreto Supremo N° 058-2014-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edifi caciones. Artículo Tercero.- ACTUALIZAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de La Molina, con las modifi caciones señaladas en los Artículos Primero y Segundo del presente Decreto de Alcaldía, según Anexo que forma parte del mismo. Artículo Cuarto.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General de la Municipalidad de La Molina, la publicación del presente Decreto de Alcaldía y Anexo en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de Información, la publicación del presente Decreto de Alcaldía y Anexo en la página web de la entidad: www. munimolina.gob.pe, Portal del Estado Peruano: www.peru. gob.pe y el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde