Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2014 (10/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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Que, la Direccion General de Inversion Publica ha elaborado el Anexo CME 25 ­ "Contenidos minimos especificos de estudios de preinversion a nivel de Perfil de Proyectos de Inversion Publica de Servicios de Proteccion frente a inundaciones", el cual ha sido coordinado con la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), la Autoridad Nacional del Agua (ANA) y otras entidades publicas, siendo necesaria su incorporacion como Anexo de la Resolucion Directoral mencionada en el parrafo precedente; En concordancia con las facultades dispuestas por la Ley N° 27293 y sus modificaciones, normas reglamentarias y complementarias; el Decreto Supremo N° 117-2014-EF y la Resolucion Ministerial N° 168-2014-EF/43; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificacion del numeral 1.1 del articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 008-2012-EF/63.01 Modificase el numeral 1.1 del articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 008-2012-EF/63.01, con el siguiente texto: "Articulo 1°.- Aprobacion de contenidos minimos especificos 1.1 Apruebense los siguientes contenidos minimos especificos (...) - Contenidos minimos especificos de estudios de preinversion a nivel de Perfil de Proyectos de Inversion Publica de Servicios de Proteccion frente a inundaciones (Anexo CME 25)". Articulo 2°.- Incorporacion del numeral 1.8 del articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 008-2012EF/63.01 Incorporase el numeral 1.8 del articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 008-2012-EF/63.01 con el siguiente texto: "(...) 1.8 La declaracion de viabilidad de los Proyectos de Inversion Publica de Servicios de Proteccion frente a inundaciones, podra ser otorgada con estudios de preinversion a nivel de Perfil, elaborados de acuerdo con los contenidos minimos especificos senalados en el anexo CME 25, siempre que su monto de inversion sea mayor a UN MILLON DOSCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 200 000,00) y menor o igual a TREINTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 30 000 000,00)." Articulo 3°.- Incorporacion del Anexo CME 25 en la Resolucion Directoral N° 008-2012-EF/63.01 Incorporase el Anexo CME 25 ­ "Contenidos minimos especificos de estudios de preinversion a nivel de Perfil de Proyectos de Inversion Publica de Servicios de Proteccion frente a inundaciones" como anexo de la Resolucion Directoral N° 008-2012-EF/63.01. Articulo 4°.- Publicacion El contenido minimo especifico incorporado por la presente Resolucion Directoral como anexo de la Resolucion Directoral N° 008-2012-EF/63.01 y la presente MORDAZA, son publicados en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la Seccion de Inversion Publica. Registrese, comuniquese y publiquese. 1. RESUMEN EJECUTIVO MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Inversion Publica Anexo CME 25 CONTENIDOS MINIMOS ESPECIFICOS DE ESTUDIOS DE PREINVERSION A NIVEL DE PERFIL DE PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA DE SERVICIOS DE PROTECCION FRENTE A INUNDACIONES Los presentes contenidos minimos se aplican a los estudios de preinversion a nivel de perfil de Proyectos de Inversion Publica (PIP) cuya naturaleza de intervencion son

El Peruano Miercoles 10 de setiembre de 2014

los servicios de proteccion de Unidades Productoras1 (UP) de bienes y servicios publicos en riesgo frente a inundaciones. Para la aplicacion de estos contenidos minimos se debera cumplir las siguientes condiciones: · Los PIP que se elaboren deben tener como objetivo reducir el riesgo fundamentalmente de las UP de bienes y servicios publicos directamente, e indirectamente de las UP privadas que se encuentren ubicadas en el area de impacto del peligro. · Para el caso de los MORDAZA que cuenten con estudios de "Tratamiento de Cauce para el Control de Inundaciones", formulados por la Autoridad Nacional del Agua (ANA), se debera tomar como referencia los parametros hidraulicos, hidrologicos, geologicos y geotecnicos calculados y considerados en estos estudios. Asimismo, lo referido a la definicion de ancho de cauce estable, pendiente de equilibrio y recomendaciones de diseno de las estructuras con el alineamiento y determinacion del eje del cauce. (http://cid.ana.gob.pe/ana/es/documents/tratamiento-delcauce-del-r%C3%ADo-lur%C3%ADn-para-el-control-deinundaciones) · Las intervenciones se deben realizar en el MORDAZA del Reglamento para la delimitacion y mantenimiento de Fajas Marginales en cursos fluviales (Resolucion Jefatural Nro. 300-2011 ANA). En ese MORDAZA, de acuerdo al articulo 9°, numeral 9.2 de la misma MORDAZA, es recomendable para los estudios tecnicos, el empleo de un periodo de retorno de 50 anos para estimar el caudal MORDAZA de diseno, para tramos del curso de agua con asentamientos agricolas (considerar tambien para el caso de area rural un valor igual) y un periodo de retorno de 100 anos en areas urbanas. · Segun lo establecido en el Reglamento para la delimitacion y mantenimiento de Fajas Marginales en cursos fluviales (Articulo 14, Numeral 14.2), la ejecucion de obras de infraestructura hidraulica en la Faja Marginal requiere la autorizacion previa de la Autoridad Administrativa del Agua (AAA). · La metodologia de evaluacion a utilizarse es la de costo/beneficio. · Los beneficios sociales para los PIP cuya naturaleza son los servicios de proteccion, se mide a traves de los costos sociales evitados en el area de influencia o area inundable donde se ubican las UP de bienes y servicios publicos en el caso de ocurrir una inundacion. · Cuando en el area de influencia y/o area de impacto se ubiquen personas que se beneficien con el PIP, los beneficios sociales deben considerar necesariamente los costos evitados de atencion de la emergencia y, en el caso de existir viviendas, se deben considerar los costos evitados de la recuperacion de las viviendas afectadas (costo de reconstruccion). La elaboracion del perfil se debe basar en informacion primaria (hidrologica) para obtener el caudal de maximas avenidas, con el fin de determinar los niveles de inundacion que puede afectar una superficie determinada, en la que se ubican preferentemente UP de bienes y servicios publicos en riesgo. Con esta proteccion, se espera reducir el riesgo existente de posibles inundaciones. Asimismo, se debe considerar otra informacion primaria necesaria requerida en la elaboracion del perfil, la que debe ser complementada con informacion secundaria, registrando la fuente de informacion. En el MORDAZA de aprobacion de los terminos de referencia o planes de trabajo para la elaboracion del estudio, la UF y la OPI, podran acordar la informacion complementaria que sea necesaria para el estudio del PIP.

En este resumen, se debera presentar una sintesis del estudio de perfil que contemple los siguientes aspectos: A. Informacion general (nombre del PIP, localizacion, UF, UE). B. Objetivo del proyecto. C. Planteamiento del proyecto (objetivo, medios fundamentales, acciones, alternativas evaluadas). D. Balance oferta y demanda (Proyecciones de demanda, oferta, brecha, supuestos y parametros utilizados). E. Analisis tecnico del PIP (resultados del analisis de localizacion, tamano y tecnologia; metas a lograrse en la fase de inversion). F. Costos del PIP (cronograma de costos de inversion a precios de MORDAZA y de Operacion y Mantenimiento).

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