Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2014 (10/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano Miercoles 10 de setiembre de 2014

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Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ESCUELA INTEGRAL DE CONDUCTORES MORDAZA MORDAZA PERU S.A.C., en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I, en los locales, con los instructores y con los vehiculos autorizados mediante la Resolucion Directoral Nº 4401-2013-MTC/15 y en el horario indicado en el Oficio N° 2123-2014-MTC/15. Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias Sutran, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada ESCUELA INTEGRAL DE CONDUCTORES MORDAZA MORDAZA PERU S.A.C., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 1132720-1

Que, mediante Resolucion Directoral Nº 4401-2013MTC/15 de fecha 21 de octubre de 2013, publicada el dia 04 de diciembre de 2013 en el Diario Oficial "El Peruano", se autorizo a la empresa denomina ESCUELA INTEGRAL DE CONDUCTORES MORDAZA MORDAZA PERU S.A.C., con RUC N° 20550966515 y domicilio en Av. MORDAZA MORDAZA N°s 850 y 862, Mz. 66 Lote 06 y 08, Pueblo Joven, Collique, III MORDAZA, Distrito de Comas, Provincia y Departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo establecido en El Reglamento; con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categorias II y III y Clase B Categoria II-c, asi como los cursos de Capacitacion Anual para Transporte de Personas, Transporte de Mercancias, Transporte Mixto; el curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de Recategorizacion y Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la Clase A Categorias II y III.; Que, mediante Oficio N° 2123-2014-MTC/15 de fecha 13 de MORDAZA de 2014, se le comunico a La Escuela, que se tomo conocimiento de la modificacion del horario de atencion, siendo este, de lunes a MORDAZA de 8:00 am a 10:15 pm; Que, mediante Parte Diario N° 138323 de fecha 06 de agosto de 2014, La Escuela solicita autorizacion para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir Clase A Categoria I; Que, mediante Oficio N° 6193-2014-MTC/15.03 de fecha 20 de agosto de 2014, notificado el 21 de agosto del presente ano, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, el cual es respondido mediante Parte Diario N° 149437 de fecha 22 de agosto de 2014; Que, el literal c) del articulo 47° de El Reglamento senala que las Escuelas de Conductores deben cumplir con la siguiente obligacion "Informar a la Direccion General de Transporte Terrestre sobre cualquier modificacion de los terminos de la resolucion de autorizacion como Escuela de Conductores, debiendo de ser el caso gestionar la modificacion de la misma, o sobre cualquier informacion que deba ser registrada en el Registro Nacional de Escuela de Conductores"; Que, la Octava Disposicion Complementaria Final de El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, ademas de capacitar a los conductores de las clases A categoria II y III y Clase B categoria II-c, podran impartir cursos de capacitacion a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el articulo 60º de El Reglamento, establece que "La autorizacion como Escuela de Conductores, asi como su modificacion, suspension o caducidad, para surtir efectos juridicos seran publicados en el Diario Oficial El Peruano"; asimismo, el primer parrafo del articulo 61º de El Reglamento, dispone que "Procede la solicitud de modificacion de autorizacion de La Escuela de Conductores cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos indicados en el articulo 53º de El Reglamento..."; Que, de la solicitud de autorizacion para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir Clase A Categoria I, presentada por la empresa denominada ESCUELA INTEGRAL DE CONDUCTORES MORDAZA MORDAZA PERU S.A.C., implica una variacion de uno de los contenidos del articulo 53° de El Reglamento, en razon que La Escuela, ha solicitado dictar un curso adicional al autorizado mediante Resolucion Directoral N° 4401-2013-MTC/15, en ese sentido y considerando lo establecido en el articulo 60° de El Reglamento, la Resolucion que modifica la autorizacion, debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, por haberse producido la variacion del contenido de la autorizacion; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 2451-2014MTC/15.03.AA.ec, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y;

VIVIENDA
Designan representante del Ministerio ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica y Junta de Participacion Social de Tacna
RESOLUCION MINISTERIAL N° 308-2014-VIVIENDA MORDAZA, 5 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2010MIMDES, se dictaron medidas para el funcionamiento de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social, aprobandose la conformacion de su Directorio, el mismo que esta integrado, entre otros, por un representante designado por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, por Resolucion Ministerial N° 034-2007VIVIENDA, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica y Junta de Participacion Social de Tacna (Tacna), en representacion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, siendo necesario dar por concluida la citada designacion y, asimismo, designar a su reemplazo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 0102014-VIVIENDA, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; y el Decreto Supremo N° 004-2010-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo 1.- Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, ante

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