Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2014 (10/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Miercoles 10 de setiembre de 2014

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Articulo 2.- MORDAZA Eolico Marcona S.R.L. debera adoptar las medidas necesarias a fin que el area de servidumbre no sufra dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento Articulo 3.- MORDAZA Eolico Marcona S.R.L. debera velar permanentemente para evitar que en el area afectada por la servidumbre o sobre MORDAZA se ejecute cualquier MORDAZA de construccion que restrinja su ejercicio. Articulo 4.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1126889-1

juridica inscrita en la Partida N° 12457827 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 097-2012EM, publicada el 14 de setiembre de 2012, se otorgo a MORDAZA Eolico Marcona S.R.L. la concesion definitiva para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables en la Central Eolica MORDAZA Eolico Marcona, ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica; Que, mediante el documento ingresado el 28 de MORDAZA de 2014 con registro Nº 2395624, MORDAZA Eolico Marcona S.R.L. solicito la imposicion de servidumbre de ocupacion para la central eolica referida en el considerando que antecede, de conformidad con lo establecido en los articulos 110 y 111 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas; Que, el articulo 110 de la Ley de Concesiones Electricas senala que las servidumbres de ocupacion para establecer subestaciones de distribucion para Servicio Publico de Electricidad y para el desarrollo de la actividad de generacion con Recursos Energeticos Renovables, que ocupen bienes publicos y privados, se constituiran unicamente con arreglo a las disposiciones de la referida ley, siendo atribucion del Ministerio de Energia y Minas imponer las servidumbres con caracter forzoso, senalando las medidas que deberan de adoptarse para evitar los peligros e inconvenientes de las instalaciones que ellas comprendan, segun lo establecido en el articulo 111 de la citada ley; Que, de acuerdo a la documentacion que obra en el Expediente, la Central Eolica MORDAZA Eolico Marcona, ocupa terrenos de propiedad del Estado y, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del articulo 109 de la Ley de Concesiones Electricas, los concesionarios estan facultados para usar a titulo gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos publicos, calles, plazas y demas bienes de propiedad del Estado o municipal, asi como para cruzar MORDAZA, puentes, vias ferreas, lineas electricas y de comunicaciones; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, emitio el Informe Nº 381-2014-DGE-DCE, recomendando la procedencia de imponer la servidumbre de ocupacion solicitada; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y el visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Imponer, con caracter permanente a favor de la concesion definitiva de generacion de energia electrica con Recursos Energeticos Renovables de la que es titular MORDAZA Eolico Marcona S.R.L., la servidumbre permanente de ocupacion para la Central Eolica MORDAZA Eolico Marcona, ubicada en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Expediente 31231214 Descripcion de la Servidumbre C.E. MORDAZA Eolico Marcona Ubicacion: Distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento Ica Area: Servidumbre de ocupacion Coordenadas UTM (PSAD 56): Vertice Este C1 489 750,00 C2 489 750,00 C3 491 769,00 C4 494 023,00 C5 495 269,00 C6 495 269,00 C7 494 266,16 C8 493 096,41 C9 490 854,11 C10 489 900,54 Norte 8 297 508,50 8 296 824,00 8 295 686,00 8 295 686,00 8 296 528,00 8 297 245,72 8 297 977,53 8 297 900,72 8 296 968,33 8 297 004,68 Area total: 8 290 586,89 m² Estado Area de Servidumbre Propietario

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aprueban Directiva General "Normas para Garantizar la Neutralidad y Transparencia Politica de la Unidad Ejecutora Nº 001: Administracion Nivel Central y los Programas Nacionales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP durante los procesos electorales"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 313-2014-MIMP MORDAZA, 9 de setiembre de 2014 Vistos, el Informe N° 058-2014-MIMP/OGRH-dnro y el Memorando N° 1119-2014-MIMP/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos, el Informe N° 020-2014JMCHF, la Nota N° 254-1024-MIMP/OGPP-OMI de la Oficina de Modernizacion Institucional y el Memorando N° 545-2014-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27815, Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, establece como deber del servidor publico, actuar con absoluta imparcialidad politica, economica o de cualquier otra indole en el desempeno de sus funciones demostrando independencia a sus vinculaciones con personas, partidos politicos o instituciones asi como ejecutar los actos del servicio de manera transparente; Que, en concordancia con la politica del Gobierno y conscientes de los valores eticos y politicos que sustentan la institucionalidad democratica, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social mediante Resolucion Ministerial N° 657-2005-MIMDES aprobo la Directiva General N° 012-2005-MIMDES "Normas Especificas para Garantizar la Neutralidad Politica en los Organos, Programas Nacionales, Proyectos, Organismos Publicos Descentralizados del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social ­ MIMDES, Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social"; Que, debido a la aprobacion de la nueva Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobada por Decreto Legislativo N° 1098 y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 0032012-MIMP, se requiere actualizar la Directiva General Nº 012-2005-MIMDES, teniendo en consideracion la nueva estructura organica y funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, la Oficina General de Recursos Humanos emitio el Informe N° 058-2014-MIMP/OGRH-dnro, sustentando la necesidad de aprobar la Directiva General ­ "Normas para Garantizar la Neutralidad y Transparencia Politica

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