Norma Legal Oficial del día 10 de septiembre del año 2014 (10/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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de la Ley N° 2995, Resolucion Directoral N° 002-2014EF/63.01, con los siguientes textos: "DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- En todo lo no regulado por la presente Directiva, sera de aplicacion supletoria lo establecido en la Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica y en la normatividad del Sistema Nacional de Inversion Publica. SEGUNDA.- En el MORDAZA de la aplicacion de la presente Directiva, la Direccion General de Inversion Publica realizara las coordinaciones con las dependencias del Ministerio de Economia y Finanzas que correspondan conforme a sus competencias. TERCERA.- De conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo N° 117-2004-EF que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas, toda referencia a la Direccion General de Politica de Inversiones (DGPI) en la presente Directiva, debera entenderse realizada a la Direccion General de Inversion Publica (DGIP)". Articulo 4°.- Publicacion Dispongase la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial "El Peruano", asi como en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la Seccion de Inversion Publica, en la misma fecha de su publicacion oficial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Inversion Publica 1134291-2

El Peruano Miercoles 10 de setiembre de 2014

EDUCACION
Aprueban la MORDAZA Tecnica "Normas para el Concurso Publico para Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Publicas 2014"
RESOLUCION DE SECRETARIA GENERAL Nº 1551-2014-MINEDU MORDAZA, 9 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el articulo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, establece que el Ministerio de Educacion es el organo de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la politica de educacion, cultura, recreacion y deporte, en concordancia con la politica general del Estado; Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del articulo 80 de la precitada ley, es funcion del Ministerio de Educacion definir las politicas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la MORDAZA publica magisterial; Que, de acuerdo con el articulo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, el Ministerio de Educacion establece la politica y las normas de evaluacion docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluacion; y en coordinacion con los gobiernos regionales, es responsable de disenar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la MORDAZA publica magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad; Que, el articulo 32 de la referida Ley, dispone que el Ministerio de Educacion, en coordinacion con los gobiernos regionales, convoca a concursos para el acceso a cargos, cada dos anos, los que se implementan en forma descentralizada, de acuerdo a normas, especificaciones

tecnicas y criterios de buen desempeno exigibles para cada cargo; Que, conforme a lo dispuesto en el literal d) del articulo 35 de la Ley de Reforma Magisterial, los directivos de institucion educativa son cargos del Area de Gestion Institucional, a los cuales se accede por concurso; para postular a una plaza de director o subdirector de instituciones educativas publicas y programas educativos, el profesor debe estar ubicado entre la cuarta y octava escala magisterial; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley de Reforma Magisterial establece que en la primera convocatoria de concurso publico para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas, podran participar excepcionalmente profesores de la MORDAZA escala magisterial, profesores que se encontraban en el tercer nivel de la Ley Nº 24029 y los profesores del MORDAZA nivel que se encontraban encargados como directores pertenecientes a la Ley Nº 24029, que cumplan el tiempo de servicios y los requisitos senalados al momento de la convocatoria. Su permanencia en el cargo se sujeta a las reglas contempladas en la citada Ley; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 204-2014MINEDU de fecha 21 de MORDAZA de 2014, se dejo sin efecto entre otras, la Resolucion Ministerial N° 460-2013-ED y la Resolucion Ministerial N° 568-2013-ED que convoca y suspende, respectivamente, el Concurso de Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Publicas de Educacion Basica Regular correspondiente al ano 2013; disponiendose que la Direccion General de Desarrollo Docente proponga la MORDAZA Tecnica del concurso publico para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas publicas a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley de Reforma Magisterial; Que, la Direccion General de Desarrollo Docente mediante Oficio N° 0368-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDD remite el Informe N° 242-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDDDIED, el cual senala que para viabilizar el concurso de acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas publicas del presente ano, resulta necesario aprobar las normas que regulen la organizacion, implementacion y ejecucion del referido concurso, teniendo en cuenta lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de Ley de Reforma Magisterial; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED que aprueba el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial; el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion; y la Resolucion Ministerial N° 0520-2013ED, que aprueba la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SGOAJ denominada "Elaboracion, aprobacion y tramitacion de dispositivos normativos y actos resolutivos en el Ministerio de Educacion"; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la MORDAZA Tecnica denominada "Normas para el Concurso Publico para Acceso a Cargos de Director y Subdirector de Instituciones Educativas Publicas 2014", la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2.- Encargar el cumplimiento de la presente MORDAZA Tecnica a la Direccion General de Desarrollo Docente dependiente del Viceministro de Gestion Pedagogica del Ministerio de Educacion. Articulo 3.- Disponer que los Coordinadores y Subcoordinadores Regionales que MORDAZA designados para la Evaluacion Excepcional prevista en la Decima Primera Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial; asi como, los Comites de Vigilancia que se conformen con tal fin, se desempenaran como tales en el concurso publico para acceso a cargos de director y subdirector de instituciones educativas publicas 2014. Articulo 4.- Disponer que la Oficina de Apoyo a la Administracion de la Educacion publique la presente Resolucion de Secretaria General y su Anexo, en el Sistema de Informacion Juridica de Educacion ­ SIJE,

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