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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (14/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 55

El Peruano Domingo 14 de setiembre de 2014 532521 DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 056- 2013-PCM y la Directiva SBS sobre Gastos de Atención a Terceros Nº SBS-DIR-ADM-029-15; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Daniel Schydlowsky Rosenberg, Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, del 16 al 19 de setiembre de 2014 a la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América y del 20 al 23 de setiembre de 2014 a la ciudad de Tel Aviv, Estado de Israel, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos y viáticos en la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América, serán cubiertos por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), vía reembolso, por la suma de US$ 2 475,00, en tanto que los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos en la ciudad de Tel Aviv, Estado de Israel y los gastos de representación serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US$ 3 376,92 Viáticos US$ 3 360,00 Gastos de representación US$ 1 000,00 Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 1137155-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LINCE Modifican la denominación del Procedimiento 12. “Afiches o banderolas de campañas y eventos temporales” con su respectivo Anexo DECRETO DE ALCALDÍA Nº 11-2014-ALC-MDL Lince, 9 de Setiembre del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: VISTOS: El Informe Nº 061-2014-MDL-OPP, de fecha 29.08.14, donde manifi esta la necesidad de modifi car la denominación del procedimiento: 12. “Afi ches o banderolas de campañas y eventos temporales (hasta dos meses)”. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, en concordancia con su Artículo VIII, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General, dispone que toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, o por Resolución del Titular del Organismo Autónomo conforme a la Constitución, según el nivel de gobierno respectivo; en el caso de gobiernos locales mediante Decreto de Alcaldía; Que, conforme lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales son los órganos de representación del vecindario, que promueven la adecuada prestación de los servicios públicos y su desarrollo integral sostenible y armónico, que tienen entre sus funciones específi cas exclusivas, entre otras, la de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias; Que, mediante Ordenanza Nº 329-2013-MDL se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos 2013 de la entidad, el cual fue ratifi cado mediante Acuerdo de Concejo Nº 2475-2013-MML; Que, mediante Informe Nº 061-2014-MDL-OPP, de fecha 29.08.14, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto informa sobre la necesidad de modifi car la denominación del Procedimiento: 12.“Afi ches o banderolas de campañas y eventos temporales (hasta dos meses)” con mérito a la recomendación del INDECOPI. Que, habiéndose cumplido con incorporar dichas recomendaciones en el citado informe; y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car la denominación del Procedimiento 12. “Afi ches o banderolas de campañas y eventos temporales” con su respectivo Anexo que forma parte integrante del presente Decreto, según lo siguiente: DICE: Afi ches o banderolas de campañas y eventos temporales (hasta dos meses) - Afi ches o carteles - Banderolas - Gigantografías - (…) DEBE DECIR: Afi ches o banderolas de campañas y eventos temporales - Afi ches o carteles - Banderolas - Gigantografías - (…) Artículo 2.- Difusión de Texto Único de Procedimientos Administrativos Institucional El anexo que contiene el procedimiento aprobado en el presente Decreto, será publicado en el Portal Institucional de la entidad (www.munilince.gob.pe) el portal del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.psce.gob.pe). Artículo 3.- Vigencia El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y en los portales electrónicos mencionados. Artículo 4.- Déjese sin efecto toda norma que se oponga a la presente. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 1136568-1