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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (16/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Martes 16 de setiembre de 2014 532605 3. Memoria descriptiva que incluya las especifi caciones técnicas de las instalaciones de hidrocarburos. 4. Documentos de Ingeniería correspondiente a la obra, siguientes: - Plano de situación (escala 1:5000)9 - Plano de localización o croquis del establecimiento fi rmado por el solicitante o su representante legal9. - Plano de distribución, señalando la ubicación de los cilindros, equipos contra incendio y pozo(s) a tierra a utilizarse durante el proceso de descarga9 - Plano de instalaciones eléctricas e instrumentación que contenga la clasifi cación de áreas peligrosas (de ser el caso)9 CASO D: Los agentes que se encuentren en el Régimen Complementario de Control de Insumos Químicos establecido por el Decreto Supremo N° 016-2014-EM, en el que se incluye el departamento de Madre de Dios y las demás zonas que establezca el Ministerio de Energía y Minas; deberán presentar, en adición a los requisitos señalados, lo siguiente: 1. Estudio de asegure la factibilidad del transporte de combustible desde la Planta hasta el punto de descarga del establecimiento. Para el presente caso se exige que el transporte sea continuo y que en todo el trayecto se cumpla con la normativa vigente. 2. Instalación en el establecimiento de sistema de video vigilancia que opere permanentemente. 3. Instalación en el establecimiento de un sistema de medición automática de tanques (ATG) que opere permanentemente. CASO E: Para los supuestos de operador múltiple en un mismo establecimiento: 1. Presentar conjuntamente con la solicitud una declaración jurada a través de la cual se declare el o los operadores que son solidariamente responsables por operar en el mismo establecimiento; distinguiendo los espacios comunes de los propios de cada uno de los operadores. Notas: En los casos, en los que se requiera incorporar más de un operador en un establecimiento o instalación, será obligatorio presentar solicitudes de modifi cación de datos en todos los expedientes que coexistan para tal establecimiento. El número de expedientes será igual al número de operadores. Los operadores responden de manera solidaria e ilimitada por los espacios comunes. Los espacios propios serán de exclusiva responsabilidad del operador autorizado. Cada solicitante es responsable de distinguir los espacios comunes de los propios en su trámite de modifi cación del Registro. A fi n de establecer los antecedentes, cada solicitante deberá relacionar su expediente a los otros que coexisten en su establecimiento, consignando en su solicitud el número de la resolución que aprueba el Registro o el expediente en la que ésta se tramitó. 9 Los planos deben ser presentados en escalas normalizadas adecuadas, con excepción de las indicadas expresamente. Asimismo la presentación de los planos será de manera física y magnética. Por cada plano solicitado se deberá adjuntar 01 archivo magnético, en formato autocad. El archivo en formato autocad es opcional para los casos de Grifo fl otante y Grifo rural con almacenamiento en cilindros. Los planos deberán estar fi rmados por el solicitante o su representante legal y por los profesionales responsables de la especialidad, inscritos y habilitados en el colegio profesional correspondiente. 10 Este requisito no será aplicable cuando las instalaciones han sido construidas o modifi cadas sin variación respecto de lo proyectado en el Informe Técnico de Instalación o de Modifi cación, para cuyo caso los planos presentados serán considerados como planos Conforme a Obras. 2.3.D REQUISITOS PARA SOLICITAR INSCRIPCIÓN O MODIFICACIÓN DEL REGISTRO DE HIDROCARBUROS DE: CONSUMIDOR DIRECTO DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y/U OTROS PRODUCTOS DERIVADOS DE LOS HIDROCARBUROS Alcance: 1. Consumidor directo de combustibles líquidos y/u otros productos derivados de los hidrocarburos (OPDH) Características: Denominación del procedimiento: Inscripción o modifi cación del registro de hidrocarburos Derecho de trámite: Gratuito Plazo para resolver: 30 días hábiles1 Autoridad que resuelve el trámite: Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos (GFHL) Evaluación sujeta a silencio administrativo negativo Requisitos generales: Nota: Para admitir a trámite la solicitud, todos los documentos deberán ser legibles. 1. Formulario de solicitud2. 2. Para persona natural: - Copia simple del documento de identidad vigente. Para persona jurídica: - Copia simple del documento de identidad vigente del representante legal o apoderado, de ser el caso. - Copia simple del certifi cado de vigencia de poderes del representante legal o apoderado3, expedido dentro de los seis (6) meses previos a la presentación de la solicitud ante el OSINERGMIN. 3. Copia simple de la póliza de seguros de responsabilidad civil extracontractual vigente4. Requisitos específi cos: Caso A: Para Consumidores Directos de combustibles líquidos y/u OPDH: 1. Formulario de Declaración Jurada de cumplimiento de la normatividad técnico-legal aplicable. 2. Índice de Riesgos del Sistema de Tanques Enterrados de combustibles líquidos y/u OPDH. 3. Planos conforme a obra.5 1 El plazo empezará a contarse a partir del día siguiente a la fecha en que el solicitante ingrese a OSINERGMIN la solicitud de inscripción o modifi cación del registro de hidrocarburos. 2 El formulario de solicitud deberá estar completamente llenado y fi rmado por el solicitante o representante legal, a fi n de ser admitido para trámite. Se obtiene de la página web de OSINERGMIN http://www.osinerg.gob.pe/newweb/uploads/ GFH/TUPA/Solicitud%20de%20ITF.pdf 3 El apoderado deberá acreditar facultades administrativas de representación 4 Los montos y las coberturas de las pólizas de seguro de responsabilidad civil extracontractual deberán estar en concordancia con el tipo de establecimiento. 5 Los planos deben ser presentados en escalas normalizadas adecuadas, con excepción de las indicadas expresamente. Asimismo la presentación de los planos será de manera física y magnética. Por cada plano solicitado se deberá adjuntar 01 archivo magnético, en formato legible en autocad. Planos fi rmados por el solicitante o su representante legal y por los profesionales responsables de la especialidad, inscritos y habilitados en el colegio profesional correspondiente. Este requisito no será aplicable cuando las instalaciones han sido construidas o modifi cadas sin variación respecto de lo proyectado en el Informe Técnico de Instalación o de Modifi cación, para cuyo caso los planos presentados serán considerados como planos Conforme a Obras. PROYECTO