NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (16/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 38
El Peruano Martes 16 de setiembre de 2014 532600 2. Para persona natural: - Copia simple del documento de identidad vigente. Para persona jurídica: - Copia simple del documento de identidad vigente del representante legal o apoderado. - Copia simple del certifi cado de vigencia de poderes del representante legal o apoderado3, expedido dentro de los seis (6) meses previos a la presentación de la solicitud ante el OSINERGMIN. 3. Copia simple del Estudio Ambiental aprobado que corresponda según la naturaleza del proyecto, incluyendo las observaciones y subsanaciones, en caso las hubiera, así como la resolución que lo aprueba emitida por la autoridad competente. Si no fuese obligatorio contar con un Estudio Ambiental aprobado, bastará con presentar un documento emitido por la correspondiente autoridad competente, donde conste tal situación.4 4. Estudio de riesgos, salvo lo señalado para los supuestos del caso A. 5. Copia simple del documento emitido por la municipalidad provincial en que se indique que el predio no cuenta con habilitación urbana (requisito únicamente aplicable a establecimientos ubicados en Red Vial Nacional fuera de la zona urbana o de expansión Urbana). 6. Copia simple de la sección vial vigente, emitida por la municipalidad provincial o la autoridad competente.5 7. Memoria descriptiva que incluya las especifi caciones técnicas de las instalaciones de hidrocarburos. 8. Documentos de Ingeniería correspondiente a la obra, siguientes:6 - Plano de situación (escala 1:5000) - Plano de ubicación (escala 1:500) - Plano de distribución incluyendo circulación y radios de giro (escala 1:100) - Plano de instalaciones mecánicas de tanques, surtidores, dispensadores, tuberías y accesorios, según corresponda - Plano de instalaciones eléctricas e instrumentación que contenga la clasifi cación de áreas peligrosas - Plano de obras civiles de instalación de tanques, tuberías e islas de despacho - Plano de equipos o sistema de seguridad contra incendio, según corresponda - Plano de instalaciones sanitarias. En caso el proyecto incluya facilidades para el lavado y engrase de vehículos, deberá presentar adicionalmente el detalle de la trampa de aceites y grasas. CASO A: Los agentes que se encuentren en el Régimen Complementario de Control de Insumos Químicos establecido por el Decreto Supremo N° 016-2014-EM, en el que se incluye el departamento de Madre de Dios y las demás zonas que establezca el Ministerio de Energía y Minas; deberán presentar, en adición a los requisitos señalados, el Estudio de Riesgo elaborado con método HAZOP (Hazard and Operability analysis) y suscrito por un profesional(es) califi cado(s). 3 El apoderado deberá acreditar facultades administrativas de representación. 4 Si al iniciar el trámite, el administrado no cuenta con este documento, podrá presentar el Estudio Ambiental sin aprobar y el documento que acredite haber iniciado el trámite para su aprobación o de la consulta ante la autoridad competente sobre la necesidad de realizar el Estudio Ambiental; debiendo subsanar, antes de la emisión del ITF, la presentación del Estudio Ambiental, la resolución que lo aprueba y las observaciones y subsanaciones en caso las hubiere, o del documento de respuesta emitida a la consulta presentada indicando que no es obligatorio contar con el Estudio Ambiental. Esta facilidad no aplica para los supuestos señalados en el Caso A. 5 Debe corresponder a las vías colindantes que cuenten con algún acceso vehicular al establecimiento. 6 Los planos deben ser presentados en escalas normalizadas adecuadas, con excepción de las indicadas expresamente. Asimismo la presentación de los planos será de manera física y magnética. Por cada plano solicitado se deberá adjuntar 01 archivo magnético, en formato legible en autocad. Planos fi rmados por el solicitante o su representante legal y por los profesionales responsables de la especialidad, inscritos y habilitados en el colegio profesional correspondiente. 2.1.D REQUISITOS PARA SOLICITAR INFORME TÉCNICO FAVORABLE PARA INSTALACIÓN O MODIFICACIÓN DE: CONSUMIDOR DIRECTO DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS Y/U OTROS PRODUCTOS DERIVADOS DE LOS HIDROCARBUROS Alcance: Consumidor directo de combustibles líquidos y/u otros productos derivados de los hidrocarburos (OPDH) Características: Denominación del procedimiento: Informe técnico favorable para instalación o modifi cación Derecho de trámite: Gratuito Plazo para resolver: 30 días hábiles1 Autoridad que resuelve el trámite: Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos (GFHL) Evaluación sujeta a silencio administrativo negativo Requisitos: Nota: Para admitir a trámite la solicitud, todos los documentos deberán ser legibles. 1. Formulario de solicitud.2 2. Para persona natural: - Copia simple del documento de identidad vigente. Para persona jurídica: - Copia simple del documento de identidad vigente del representante legal o apoderado, de ser el caso. - Copia simple del certifi cado de vigencia de poderes del representante legal o apoderado3, expedido dentro de los seis (6) meses previos a la presentación de la solicitud ante el OSINERGMIN. 3. En el caso que el proyecto incluya instalaciones que requieran contar con derecho de vía o servidumbre, deberá acreditar dicho derecho con la documentación correspondiente. 4. Copia simple del Estudio Ambiental aprobado que corresponda según la naturaleza del proyecto, incluyendo las observaciones y subsanaciones, en caso las hubiera, así como la resolución que lo aprueba, sólo si la actividad principal es de hidrocarburos. En caso que la actividad principal fuera de hidrocarburos y no fuese obligatorio contar con un Estudio Ambiental aprobado, bastará con presentar un documento emitido por la correspondiente autoridad competente, donde conste tal situación.4 5. Estudio de riesgos. 6. Memoria descriptiva. 7. Especifi caciones técnicas de los tanques, tuberías, equipos y accesorios principales del proyecto. 1 El plazo empezará a contarse a partir del día siguiente a la fecha en que el solicitante ingrese a OSINERGMIN su solicitud completa. 2 El formulario de solicitud se obtiene de la página web de OSINERGMIN http://www.osinerg.gob.pe/newweb/uploads/ GFH/TUPA/Solicitud%20de%20ITF.pdf 3 El apoderado deberá acreditar facultades administrativas de representación. 4 Si al iniciar el trámite, el administrado no cuenta con este documento, podrá presentar el Estudio Ambiental sin aprobar y el documento que acredite haber iniciado el trámite para su aprobación o de la consulta ante la autoridad competente sobre la necesidad de realizar el Estudio Ambiental; debiendo subsanar, antes de la emisión del ITF, la presentación del Estudio Ambiental, la resolución que lo aprueba y las observaciones y subsanaciones en caso las hubiere, o del documento de respuesta emitida a la consulta presentada indicando que no es obligatorio contar con el Estudio Ambiental. Esta facilidad no aplica para los supuestos señalados en el Caso B. PROYECTO