Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2014 (16/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Martes 16 de setiembre de 2014

532591
ORDENA: Articulo 1º.- APROBAR el Reglamento del MORDAZA de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el ano fiscal 2015 de la Provincia de Mariscal MORDAZA, la misma que consta de (02) dos Titulos, (31) treintaiuno Articulos y (03) tres Disposiciones Complementarias, que forma parte integrante de la presente Ordenanza, cuyo texto integro sera publicado en la pagina web de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto; Articulo 7º.- ENCARGAR el cumplimiento de la Presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Infraestructura Publica y Gerencia de Desarrollo Economico Local de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto. Articulo 8º.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza en el diario oficial y en la Pagina Web de la Institucion Municipal (www.munimoquegua.gob.pe). POR TANTO; Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA R. COAYLA MORDAZA MORDAZA 1137423-1

formulacion y ejecucion del Presupuesto de los Gobiernos Locales y Regionales; Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 del Ministerio de Economia y Finanzas, aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 vigente en la fecha, senala que la Formulacion del Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2015, debe estar reglamentado mediante una ordenanza, en la que se debe precisar el inicio de su MORDAZA a partir de la convocatoria, la identificacion y acreditacion de los Agentes Participantes, las responsabilidades de los mismos, el cronograma para el desarrollo de las acciones del MORDAZA participativo en todas sus fases, la Conformacion del Equipo Tecnico y el cronograma del MORDAZA de Rendicion de Cuentas a implementarse de acuerdo a las normas del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, mediante Informe de Visto, la Subgerencia de Planes, Presupuesto Participativo y racionalizacion, remite el Proyecto de Ordenanza que Aprueba el Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ano Fiscal 2015, de acuerdo a la normatividad vigente, para su Aprobacion por el Concejo Municipal. POR CUANTO; Conforme obra en acta y de conformidad a las atribuciones conferidas por el Inciso Nº 08 del Articulo Nº 09 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo de la Municipalidad Provincial Mariscal MORDAZA por mayoria;

PROYECTOS ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA

Proyecto de Resolucion de Consejo Directivo que disponen levantar la suspension del "Procedimiento de Sustitucion de las Valvulas de Paso Existentes por Valvulas de Paso que Cumplan con las Normas Vigentes"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 182-2014-OS/CD MORDAZA, 9 de setiembre de 2014. VISTO: El Memorando GFHL/DPD-1746-2014 de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido por el literal c) del articulo 3° de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos Osinergmin, comprende la facultad exclusiva de dictar, en el ambito y materia de su respectiva competencia, entre otros, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de caracter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, segun lo dispuesto por el articulo 22° del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo de Osinergmin a traves de resoluciones; Que, asimismo, segun lo dispuesto por el articulo 3° de la Ley Nº 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de Osinergmin, el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos especiales que normen los procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la funcion supervisora; Que, de conformidad con el articulo 45° del Reglamento para la Comercializacion de Gas Licuado de Petroleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-EM, las Empresas Envasadoras son responsables de mantener los cilindros de su propiedad y los cilindros rotulados con su signo en condiciones permanentes de seguridad para los usuarios, ajustandose a los Reglamentos de Seguridad y Normas Tecnicas que regulan esta materia; Que, el Reglamento de Seguridad para Instalaciones y Transporte de Gas Licuado de Petroleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 27-94-EM, fue modificado por el Decreto Supremo Nº 065-2008-EM; Que, el articulo 21° del Decreto Supremo Nº 0652008-EM establece que las Empresas Envasadoras unicamente podran envasar o comercializar GLP en cilindros que cuenten con valvulas de paso y reguladores que cumplan con una serie de requisitos establecidos en el mencionado articulo. Asimismo, se establece que Osinergmin aprobaria el cronograma y los mecanismos que deberan seguir las Empresas Envasadoras para que sustituyan las valvulas de paso existentes en los cilindros rotulados por ellas, por valvulas de paso que cumplan con las normas mencionadas en el citado articulo; Que, en virtud de lo anterior, Osinergmin, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 055-2010-OS/CD, aprobo como Anexo I de dicha resolucion, el "Procedimiento de Sustitucion de las Valvulas de Paso existentes por Valvulas de Paso que Cumplan con las Normas Vigentes", el cual incluyo un cronograma para la sustitucion de dichas valvulas, a iniciarse el 31 de agosto de 2010; Que, posteriormente, Osinergmin, a traves de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 219-2010-OS/CD, suspendio el plazo de aplicacion del procedimiento indicado en el parrafo anterior, hasta el 31 de agosto de 2011, toda vez que la Direccion General de Hidrocarburos

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