Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2014 (16/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano Martes 16 de setiembre de 2014

PROYECTO

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Requisitos especificos: CASO A: Modificacion de datos: 1. MORDAZA simple de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual vigente5. Para los casos de Medio de transporte maritimo, fluvial y lacustre de Combustibles Liquidos y Otros Productos Derivados de Hidrocarburos, debera presentarse MORDAZA simple del Certificado de Seguro u otra garantia financiera, emitido por la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Peru ­ DICAPI en caso de medios de transporte de bandera nacional; en caso de medios de transporte de bandera extranjera, MORDAZA de la Poliza de Seguro Internacional (P&I) vigente o Poliza de Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual, que cubran danos a terceros en las personas y la propiedad. Para los casos de Medio de transporte maritimo, fluvial y lacustre de GLP debera presentarse MORDAZA de la Poliza de Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual o Poliza de Seguro Internacional (P&I) vigente, que cubran danos a terceros en las personas y la propiedad. 2. Documentos detallados que sustenten la modificacion de los datos del registro. 3. En los casos en los que se solicite una modificacion de datos en el Registro de Hidrocarburos por cambio de titularidad, el solicitante debera adjuntar a su documentacion lo siguiente: a) Una declaracion jurada mediante la cual reconoce haber revisado toda la documentacion tecnica y de seguridad de la instalacion, dando conformidad a la misma; asi como haber revisado la documentacion administrativa correspondiente, incluyendo las multas impagas del titular vigente y los titulares precedentes, de acuerdo al modelo aprobado por resolucion de Gerencia General. b) Una declaracion jurada suscrita por el titular vigente de la inscripcion en el Registro de Hidrocarburos en la cual manifieste su conformidad con el cambio de titularidad de la inscripcion a favor del solicitante, de acuerdo al modelo aprobado por resolucion de Gerencia General. c) Una peticion del titular vigente de la inscripcion en el Registro de Hidrocarburos en la cual solicite la suspension de su inscripcion en el Registro de Hidrocarburos. d) MORDAZA del DNI y de la vigencia de poder (si es representante de una persona juridica) del titular vigente de la inscripcion en el Registro de Hidrocarburos. Nota: Debido a la naturaleza de los agentes, no es posible realizar el procedimiento de modificacion de datos en el Registro de Hidrocarburos para Distribuidor Mayorista de Combustibles Liquidos y/u OPDH, Comercializador de Combustibles para Aviacion, Comercializador de Combustibles para Embarcaciones, Importador y Consumidor Directo con Instalaciones Moviles. CASO B: Modificacion de datos en el Registro para los supuestos de titularidad multiple: Notas: En los casos, en los que se requiera incorporar mas de un operador en un establecimiento o instalacion, sera obligatorio presentar solicitudes de modificacion de datos en todos los expedientes que coexistan para tal establecimiento. El numero de expedientes sera igual al numero de operadores. Los operadores responden de manera solidaria e ilimitada por los espacios comunes. Los espacios propios seran de exclusiva responsabilidad del operador autorizado. Cada solicitante es responsable de distinguir los espacios comunes de los propios en su tramite de modificacion del Registro. A fin de establecer los antecedentes, cada solicitante debera relacionar su expediente a los otros que coexisten en su establecimiento, consignando en su solicitud el numero de la resolucion que aprueba el Registro o el expediente en el que esta se tramito. CASO C: Suspension o Cancelacion: Nota: La suspension o cancelacion de la inscripcion en el registro de hidrocarburos, no exime al titular del registro de sus obligaciones y responsabilidades, anteriores o futuras, ante las autoridades competentes. CASO D: Habilitacion, cuando el registro ha estado suspendido a pedido de parte:

1. MORDAZA simple de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual vigente5. 2. Formulario de Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas legales, tecnicas y de seguridad aplicables al establecimiento o medio de transporte, segun corresponda1. Nota: Cuando la suspension MORDAZA tenido una duracion igual o mayor a un (1) ano, el organo competente emitira un informe relativo a las condiciones de seguridad del establecimiento o medio de transporte, el cual servira para determinar o no la habilitacion. CASO E: Habilitacion, cuando el registro ha estado suspendido de oficio: 1. Sustento de la subsanacion de las observaciones que motivaron la suspension del registro. 2. MORDAZA simple de la poliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual vigente5. 3. Formulario de Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas legales, tecnicas y de seguridad aplicables a la instalacion, establecimiento o medio de transporte, segun corresponda6. Nota: El organo competente emitira un informe relativo a las condiciones de seguridad de la instalacion, establecimiento o medio de transporte, el cual servira para determinar o no la habilitacion.

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Los montos y las coberturas de las polizas de seguro de responsabilidad civil extracontractual deberan estar en concordancia con el MORDAZA de agente. El formulario de declaracion jurada debera estar completamente llenado y firmado por el solicitante o representante legal, a fin de ser admitido para tramite. Dicho formulario se obtiene de la pagina web de OSINERGMIN http://www.osinerg.gob. pe/newweb/pages/GFH/RegHidro_Anexo3.htm?333

2.1.C REQUISITOS PARA SOLICITAR INFORME TECNICO FAVORABLE PARA INSTALACION O MODIFICACION DE: GRIFO, ESTACION DE SERVICIOS Y GASOCENTRO Alcance: 1. Grifo 2. Estacion de servicios 3. Estacion de servicios con Gasocentro de GLP 4. Gasocentro de GLP 5. Estacion de Servicio con Gasocentro de GNV 6. Estacion de Servicio con Gasocentro de GLP y GNV 7. Gasocentro de GLP y GNV Caracteristicas: Denominacion del Informe tecnico favorable para instalacion procedimiento: o modificacion Derecho de tramite: Gratuito Plazo para resolver: 30 dias habiles1 Autoridad que Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos resuelve el tramite: Liquidos (GFHL) Evaluacion sujeta a silencio administrativo negativo Requisitos: Nota: Para admitir a tramite la solicitud, todos los documentos deberan ser legibles. 1. Formulario de solicitud.2

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El plazo empezara a contarse a partir del dia siguiente a la fecha en que el solicitante ingrese a OSINERGMIN su solicitud completa. El formulario de solicitud debera estar completamente llenado y firmado por el solicitante o representante legal, a fin de ser admitido para tramite. Se obtiene de la pagina web de OSINERGMIN http://www.osinerg.gob.pe/newweb/uploads/ GFH/TUPA/Solicitud%20de%20ITF.pdf

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