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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (20/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 81

El Peruano Sábado 20 de setiembre de 2014 532975 cuarenta y dos (42) de la Ley veintisiete mil ochocientos sesenta y siete – Ley Orgánica de Gobierno Regionales. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 04 días del mes de Agosto del año dos mil catorce. JOSÉ LUIS GONZALES CHUMBE Consejero DelegadoGobierno Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 06 días del mes de Agosto del dos mil catorce. JHONY JULIÁN MIRAVAL VENTURO Presidente (e) 1139260-1 GOBIERNO REGIONAL DE ICA Aprueban Plan Regional de Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas de Ica 2014-2018 y modifican la Ordenanza Regional Nº 0011-2006-GORE-ICA ORDENANZA REGIONAL Nº 0003-2014-GORE-ICA Ica, 2 de julio de 2014El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ica, en Sesión Extraordinaria del día 24 de Junio de 2014. Visto el Ofi cio Nº 147-2014-GORE-ICA/PR, de fecha 25 de marzo del 2014, por el cual el Presidente del Gobierno Regional de Ica, inicialmente propone la “Ordenanza Regional que apruebe el Plan Regional de Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas en Ica”. CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, señalan que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de Derecho Público, que gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el inciso a), c) y e), del artículo 49º de la Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales“ modi fi cada por la Ley Nº 27902, expresa que dentro de las funciones especi fi cas en materia de salud, que ejerce el Gobierno Regional, se encuentra la de ”formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud de la región en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales”, así mismo: “coordinar las acciones de salud integral en el ámbito regional”, y “promover y ejecutar en forma prioritaria las actividades de promoción y prevención de la salud”. Que, con fecha 15 de abril 2014, según acta, la Comisión de Desarrollo e Inclusión Social, acordó devolver a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a efecto que se sirvan adicionar a la propuesta de Ordenanza Regional, la modi fi cación de la Ordenanza Regional Nº 011-2006-GORE-ICA del 23 de febrero 2006, al menos en sus artículos 1º y 2º y las que sean necesarias, respecto a la modi fi cación de sus representantes, y actualizar la Estrategia Nacional de Lucha Contra las Drogas 2002-2007, que hoy viene del 2012 al 2016; así mismo incluir en los subsiguientes articulados de ella, la aprobación simultanea del Plan Regional de Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas en Ica, con opinión legal respectiva. Que, con O fi cio Nº 612-2014-GORE-ICA-GRDS, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, eleva la propuesta de modi fi cación de la citada Ordenanza Regional, la misma que contiene opinión favorable tanto de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica a través del Informe Legal Nº 0384-2014-ORAJ, del 12 de mayo 2014, como el Informe ampliatorio y/o modi fi catorio de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a través del Informe Técnico Nº 015-2014-GORE-ICA-GRDS/MMC, de fecha 29 de abril 2014, en el que se brinda opinión técnica y legal favorable, para la modi fi cación de la Ordenanza Regional Nº 0011-2006-GORE-ICA, en los términos propuestos, así como para la aprobación del Plan Regional de Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas de Ica 2014-2018, considerado necesario elaborar e implementar el citado Plan en coordinación con los integrantes del Consejo Regional para una Vida Sin Drogas - COREVIDA, para tal efecto con la Resolución Ejecutiva Regional Nº 0462-2012-GORE-ICA/PR del 07 de Setiembre 2012, se eligieron a los integrantes del Equipo Técnico para la elaboración del Plan Regional de Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas en Ica, suscribiéndose el acta de compromiso entre el Gobierno Regional de Ica, y las instituciones invitadas, con el apoyo técnico de DEVIDA. Que, en el inciso a) del artículo 60º de la misma Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales“, precisa las funciones especi fi cas que ejerce el Gobierno Regional de Ica, en materia de desarrollo social e Igualdad de oportunidades, así mismo dispone, “Formular, aprobar y evaluar las políticas en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades de su competencia, en concordancia con la política general del Gobierno Nacional, los planes sectoriales y los programas correspondientes de los Gobiernos Locales”. Que, nuestra Región de Ica, no es ajena al consumo de drogas, reconociendo que es un fenómeno de naturaleza compleja, y que impacta de diversa manera a nuestra población, atentando contra la salud pública, el desarrollo social y familiar de las personas, incluso la seguridad ciudadana, por eso la lucha contra ello implica abordar integralmente como política de gobierno regional, y del estado, con el compromiso de todas las instituciones públicas de todos los niveles de gobierno conjuntamente con las organizaciones de nuestra sociedad. Que, por Ordenanza Regional Nº 0011-2006-GORE- ICA, se conformó el Consejo Regional para una Vida Sin Drogas -COREVIDA, el mismo que está integrado por 13 Instituciones Públicas, Privadas y Sociedad Civil organizada de la Región Ica, asumiendo funciones y responsabilidades de diseñar e implementar la política pública regional, de prevención y tratamiento contra el consumo de drogas, con el apoyo técnico de DEVIDA, como ente rector a nivel nacional, las mismas que estuvieron en concordancia con la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2002-2007, y que en su artículo primero, aprobó la Conformación del Consejo Regional para una Vida Sin Drogas - COREVIDA, y que hoy, es necesario actualizar sus representantes, conforme a la propuesta contenida en la Ordenanza, y en su artículo segundo, se dispuso que el Consejo Regional para una Vida Sin Drogas diseñe e implemente la estrategia regional con el apoyo técnico de DEVIDA, las mismas que estuvieron en concordancia con la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2002-2007, sin embargo la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas ha venido actualizándose y encontrándose vigente la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2012-2016, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 033-2012-PCM, por lo que resulta necesario modi fi car la Ordenanza Regional. Que, es parte de la política del Estado, la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2012-2016, que opta por el compromiso para una acción concertada, oportuna e integrada de todas las instancias del Estado, representado por sus tres Poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial; por los Organismos Constitucionales; por sus tres niveles de Gobierno: Nacional, Regional y Local, y por todos los sectores, para detener y prevenir el desarrollo e institucionalización del TID en el país. Lo que implica desarrollar estrategias y cumplir objetivos, actividades, programas, y metas que aseguran una acción e fi caz en el combate de las drogas, del mismo