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El Peruano Jueves 9 de abril de 2015 550292 Otorgan autorización a persona natural para prestar servicio de radiodifusión comercial por televisión en VHF en la localidad de Cotahuasi, departamento de Arequipa RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 138-2015-MTC/03 Lima, 30 de marzo del 2015VISTO, el Expediente Nº 2014-054671 presentado por el señor GERSON GERARDO PUMA CONDORI, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión comercial por televisión en la banda VHF, en la localidad de Cotahuasi, departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es de fi nido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión; Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, con Resolución Viceministerial Nº 334-2005- MTC/03, y sus modi fi catorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias para el Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF para las diversas localidades del departamento de Arequipa, entre las cuales se encuentra la localidad de Cotahuasi; Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias de la localidad de Cotahuasi establece 0.1 KW. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo, según la Resolución Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modi fi có las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias, las estaciones que operen en el rango de hasta 100 w. de e.r.p., en la dirección de máxima ganancia de antena, se clasi fi can como Estaciones de Servicio Clase D, consideradas de baja potencia; Que, en virtud a lo indicado, el señor GERSON GERARDO PUMA CONDORI no se encuentra obligado a la presentación del Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, según se establece en el artículo 4º y el numeral 5.2 del artículo 5° del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 038- 2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Que, el artículo 40º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 017-2010- MTC, establece que, excepcionalmente, siempre que no hubiera restricciones de espectro radioeléctrico, se podrá otorgar, a pedido de parte, nuevas autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión con tecnología analógica, cuando esta decisión promueva el desarrollo del servicio en áreas rurales, de preferente interés social o en zonas de frontera; de acuerdo a las condiciones, plazos y en las localidades que establezca el Ministerio; Que, con Resolución Ministerial Nº 718-2013-MTC/03, del 28 de noviembre de 2013, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 03 de diciembre de 2013, se aprobaron los criterios para la determinación de áreas rurales y lugares de preferente interés social, estableciendo en su Única Disposición Complementaria Final que la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones tendrá a su cargo la publicidad y actualización semestral del listado de localidades cali fi cadas como áreas rurales o lugares de preferente interés social, listado que será publicado en la página web del Ministerio. De acuerdo al listado publicado en la página web del Ministerio, que se encuentra actualizado al 18 de diciembre de 2014, se comprende a la localidad de Cotahuasi, departamento de Arequipa, como área rural; Que, el artículo 48º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión señala que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión comercial, en zonas rurales, lugares de preferente interés social y localidades fronterizas se requiere presentar una solicitud la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicho artículo se detalla; Que, con Informe Nº 0321-2015-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que se considera viable otorgar la autorización solicitada por el señor GERSON GERARDO PUMA CONDORI para la prestación del servicio de radiodifusión comercial por televisión en la banda VHF en la localidad de Cotahuasi, departamento de Arequipa, en el marco del procedimiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión en localidades de Área Rural; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modi fi catorias, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF para la localidad de Cotahuasi, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 334-2005-MTC/03 y sus modi fi catorias, la Resolución Ministerial Nº 718-2013- MTC/03 que aprobó los Criterios para la determinación de Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modi fi catorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar autorización al señor GERSON GERARDO PUMA CONDORI, por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio de radiodifusión comercial por televisión en la banda VHF en la localidad de Cotahuasi, departamento de Arequipa, de acuerdo a las condiciones esenciales y características técnicas que se detallan a continuación: Condiciones Esenciales:Modalidad : RADIODIFUSIÓN POR TELEVISIÓN EN VHF Canal : 5 BANDA I FRECUENCIA DE VIDEO: 77.25 MHz. FRECUENCIA DE AUDIO: 81.75 MHz. Finalidad : COMERCIAL Características Técnicas:Indicativo : OCP-6J Emisión : VIDEO: 5M45C3F AUDIO: 50K0F3EPotencia Nominal del Transmisor : VIDEO: 100 W. AUDIO: 10 W.Clasi fi cación de Estación : D Ubicación de la Estación:Estudios : Av. Casimiro Peralta Nº 100, distrito de Cotahuasi, provincia de La Unión, departamento de Arequipa.