Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2015 (11/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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de seguridad ciudadana tiene como funcion ejecutar los planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana dispuesto por el Concejo Nacional de Seguridad Ciudadana. Que, conforme al inciso e., del articulo 30º del Decreto Supremo N" 011-2014-IN, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de las Municipalidades con competencia distrital asume las funciones de Secretaria Tecnica del Comite Distrital de Seguridad Ciudadana CODISEC, cuyo cargo es indelegable bajo responsabilidad, siendo una de sus funciones presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana, aprobado por el CODISEC, para su ratificacion mediante Ordenanza Municipal. Que, conforme al articulo 31º del mismo cuerpo normativo, ademas de establecer los Comites Provinciales de Seguridad Ciudadana (COPROSEC) en sus circunscripciones territoriales, los Alcaldes Provinciales son responsables de constituir e instalar, bajo su presidencia, los Comites Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) con competencia exclusiva para su distrito capital. Que, el Art.47º in fine de la MORDAZA MORDAZA acotada establece que ademas de su aprobacion por los Comites Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana, los planes deberan ser ratificados por los Consejos Regionales de los Gobiernos Regionales, por los Concejos Municipales, Provinciales y Distritales, segun corresponda a efectos de su obligatorio cumplimiento como politicas regionales, provinciales y distritales. POR LO TANTO: Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8º del articulo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA UNANIME de los(as) senores(as) Regidores(as), con dispensa de lectura y aprobacion del acta, se aprobo lo siguiente ORDENANZA MUNICIPAL QUE RATIFICA EL PLAN DE SEGURIDAD CIUDADANA Y CONVIVENCIA SOCIAL 2015 DISTRITO DE LA MORDAZA Articulo Primero.- RATIFIQUESE, el PLAN DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA SOCIAL 2015 DISTRITO DE LA MORDAZA para el ejercicio del presente ano aprobado mediante Acta de fecha 25 de Marzo del 2015 por el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC de La MORDAZA, en cumplimiento de lo establecido en la ley Nº 27933- Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana. Articulo Segundo.- PRECISESE que el Plan ratificado en virtud del Articulo precedente, como anexo adjunto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- ENCARGUESE, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Secretaria General su publicacion en el diario Oficial El Peruano y a la Sub Gerencia de Informatica y Estadistica su publicacion en el MORDAZA institucional. Articulo Cuarto.- DISPONGASE que la presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo Quinto.- PUBLIQUESE la presente Ordenanza Municipal conforme a Ley. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa

El Peruano Sabado 11 de MORDAZA de 2015

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE VISTO; En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 07 de MORDAZA del 2015, la invitacion de la Organizacion para el Desarrollo de MORDAZA Latina y el Caribe (ONWARD Internacional), a la MORDAZA Gira Internacional de Capacitacion sobre Desarrollo Local, Sostenible, Planeacion y Gestion Eficiente: "Los nuevos desafios y tendencias en la gestion de provincias y territorios en el siglo XXI-Experiencias sostenibles de la Comunidad Autonoma del MORDAZA de Asturias-Espana"; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo previsto en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­Ley Nº27972, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Organizacion ONWARD Internacional fue fundada en febrero del ano 2002 y es una entidad promotora del desarrollo local sostenible con presencia en Iberoamerica, Caribe, y paises africanos de lengua portuguesa. Cuya oficina tecnica regional se encuentra en la MORDAZA de Lima-Peru y tiene presencia fisica en MORDAZA, Bolivia, Brasil, Costa Rica, Colombia, MORDAZA, Mexico y los Estados Unidos de Norte America; Que, ONWARD Internacional promueve el desarrollo local, la sostenibilidad ambiental y la cooperacion tecnica descentralizada para el desarrollo, mediante la capacitacion e intercambio de experiencias y programas que muestran buenas practicas de proyectos en las diversas areas del desarrollo, a modo de busqueda de alianzas estrategicas para que sirvan de modelo y ejemplo para las soluciones a problemas comunes acorde con las realidades propias de nuestras localidades; Que, en la actualidad ONWARD Internacional ha realizado en sus trece anos de trabajo, 88 eventos de capacitacion e intercambio de experiencias en 23 paises de Iberoamerica, MORDAZA del Norte y Caribe. Capacitando a 7900 gestores del desarrollo provenientes de 25 paises y ha implementado cerca de 290 proyectos en las diferentes comunidades que apoya; Que, ONWARD Internacional en coordinacion con la Direccion General de Tecnologias de la Informacion y las Comunicaciones de la Consejeria de Economia y Empleo del Gobierno del Principado de Asturias, organizara la MORDAZA GIRA INTERNACIONAL DE CAPACITACION SOBRE DESARROLLO LOCAL SOSTENIBLE, PLANEACION Y GESTION EFICIENTE: " Los nuevos desafios y tendencias en la gestion de provincias y territorios en el siglo XXI-Experiencias sostenibles de la Comunidad Autonoma del Principado de Asturias-Espana"; Que, la gira se llevara a cabo los dias 14, 15, 16 y 17 de MORDAZA de 2015, teniendo como sede de actividades la MORDAZA de MORDAZA en el Principado de Asturias-Reino de Espana; resultando de interes para promover el desarrollo local la participacion del senor Alcalde; Que, el numeral 11) del Articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades prescribe que es atribucion del concejo municipal "Autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que, en comision de servicios o representacion de la municipalidad, realicen el MORDAZA, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; Que, de conformidad a lo dispuesto por el Articulo 24º de la citada Ley Organica de Municipalidades, en caso de vacancia o ausencia del MORDAZA lo reemplaza el MORDAZA MORDAZA que es el primer regidor habil que sigue en su propia lista electoral; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº27972, con el visto MORDAZA de la Gerencia Municipal y Asesoria Juridica, con el MORDAZA unanime y, con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; SE ACORDO: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GUZMAN- MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Canete, a la MORDAZA de MORDAZA en el Principado de Asturias-Reino de Espana, desde el dia 10 al 22 de MORDAZA del 2015, aceptando la invitacion de la ONWARD Internacional, para asistir a la MORDAZA GIRA INTERNACIONAL DE CAPACITACION SOBRE DESARROLLO LOCAL SOSTENIBLE, PLANEACION Y GESTION EFICIENTE: "Los nuevos desafios y tendencias

1222639-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE
Autorizan viaje de MORDAZA a Espana, en comision de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 035-2015-MPC Canete, 8 de MORDAZA del 2015

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