Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2015 (11/04/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

550436
POR CUANTO: De conformidad con lo previsto en los articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; en la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demas normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru de 1993, modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion ­ Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, en el articulo 10º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, establece en el numeral 1, literal c), que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales formular y aprobar su organizacion interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestion Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; Que, la Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, declara al Estado Peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la Gestion Publica y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio ciudadano; Que, la Ley Nº 28498, Ley de Nombramiento de los Profesionales de la Salud No Medicos Cirujanos contratados por el Ministerio de Salud a nivel nacional, autoriza el nombramiento de los profesionales de la salud no medicos cirujanos a nivel nacional que, a la fecha de entrada en vigencia de la citada Ley, se encuentran prestando servicios en la condicion de contratados bajo cualquier modalidad; Que, la Ley Nº 28560, Ley de Nombramiento de personal tecnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, se autorizo efectuar el nombramiento de dicho personal que a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley se encuentren prestando servicios en la condicion de contratados bajo cualquier modalidad por el Ministerio de Salud a nivel nacional; y con Ley Nº 29682- se autoriza el nombramiento de los Medicos Cirujanos contratados por el Ministerio de Salud, sus Organizaciones Publicos y Direcciones Regionales de Salud de los Gobiernos Regionales, reglamentado por Decreto Supremo Nº 019-2011-SA; Que, la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, define en el articulo 8º) 8.1.- Prohibase el ingreso de personal en el sector publico por servicios personales y el nombramiento, salvo en los supuestos siguientes: Literal g) el nombramiento hasta el 20% del PEA definida a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1153, de los profesionales de la salud y de los tecnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos publicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, para tal efecto, mediante decreto supremo, del Ministerio de Salud, refrendado por el ministro de Economia de Economia y Finanzas y SERVIR se estableceran los criterios y el procedimiento para llevar a cabo el referido MORDAZA de nombramiento. (...); Que, el Decreto Supremo Nº 024-2014-SA, establece Lineamientos para el MORDAZA de nombramiento de los profesionales de la salud y de los tecnicos y auxiliares asistenciales de salud del Ministerio de Salud, sus organismos publicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, bajo el MORDAZA de la Ley 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Que, con Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 2342014-SERVIR, de fecha 05 de noviembre de 2014, se resolvio adicionar al numeral 4 de la Directiva Nº 001-2014SERVIR/GPGSC "Reglas de aplicacion progresiva para la aprobacion del Cuadro de Puestos de las Entidades", en la disposicion 4.7 senalando lo siguiente: "Aquellas entidades exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designacion y contratacion previstas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico u otra MORDAZA nacional con rango de ley, podran hacer ajustes a su CAP, con la aprobacion de un CAP Provisional, respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico. En este contexto de excepcion, de igual

El Peruano Sabado 11 de MORDAZA de 2015

manera estas entidades podran hacer ajustes a su CAP Provisional en el ano fiscal"; Que, la Ordenanza Regional Nº 264-2013/GRP-CR publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de MORDAZA de 2013, aprueba la modificacion de los MORDAZA para Asignacion de Personal de las Unidades Ejecutoras de Salud del Gobierno Regional Piura; Que, mediante informe Nº 014-2015/GRP-410300, de fecha 09 de febrero de 2015, la Sub Gerencia Regional de Desarrollo Institucional, eleva el informe tecnico para continuar con el tramite de aprobacion, conforme lo senala la Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 234-2014-SERVIR/PE, MORDAZA concordada con el articulo 65º del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Piura. En este informe concluye y recomienda que teniendo en cuenta la normatividad de SERVIR como las del Sector Salud y habiendo realizado un analisis pertinente realizado a los MORDAZA para Asignacion de Personal Provisional de las siete (07) Unidades Ejecutoras del Sector Salud, las cuales cumplieron con presentar las absoluciones de la propuesta actualizada de los mencionados MORDAZA, conforme a las pautas metodologicas para esos casos, subsumiendose a los anexos aprobados y autorizados. Estando la informacion en estadisticas y totalizada en cifras finales de los cargos necesarios, cargos ocupados y cargos previstos respectivamente; Que, la Oficina Regional de Asesoria Juridica, con Informe Nº 378-2015/GRP-460000, con fecha 20 de febrero de 2015, senala que el Gobierno Regional MORDAZA en sus documentos de gestion a la fecha no ha concluido con el MORDAZA de adecuacion a la Ley Servicio Civil - Ley Nº 30057 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; puesto que, las normas emitidas por SERVIR para dicho MORDAZA de adecuacion son de aplicacion progresiva, con la finalidad de facilitar a las entidades publicas a que cuenten con instrumentos de gestion actualizacion para poder operar adecuadamente. Por ello concluye que corresponde continuar con el tramite de aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal Provisional de las siete (07) Unidades Ejecutoras del Sector Salud Piura; correspondiendo al Pleno del Consejo Regional su aprobacion, conforme a sus atribuciones; siendo elevada dicha propuesta con Memorando Nº 0120-2015/ GRP-400000, de fecha 23 de febrero de 2015, de la Gerencia General Regional; Que, con Informe Nº 012-2015/GRP-200010-ACCR, de fecha 27 de marzo de 2015, el Equipo de Apoyo de Comisiones del Consejo Regional, ha concluido entre otros temas: Que, el Nombramiento se encuentra de lo senalado en la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, la misma que responde a la medida excepcional en materia personal prevista en el literal g) de numeral 8.1 del articulo 8º; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesion Ordinaria Nº 03-2015, de fecha 31 de marzo de 2015, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de los Gobiernos Regionales; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DE LOS MORDAZA PARA ASIGNACION DE PERSONAL PROVISIONAL DE LAS UNIDADES EJECUTORAS DE SALUD DEL GOBIERNO REGIONAL MORDAZA Articulo Primero.- Aprobar la propuesta de modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal Provisional (CAP-P) de las Unidades Ejecutoras de Salud del Pliego 457 Gobierno Regional MORDAZA conforme al texto contenido en el Cuadro Resumen de Total Cargos para el MORDAZA de nombramientos correspondiente al Ano 2014, consistente en seis mil ciento noventa y cinco (6195) cargos necesarios, que comprende cuatro mil novecientos uno (4901) cargos ocupados y un mil doscientos noventa y cuatro (1294) cargos previstos. Articulo Segundo.- Aprobar la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal Provisional (CAP) de la Direccion Regional de Salud MORDAZA, aprobado con Ordenanza Regional Nº 264-2013/GRP-CR, publicada el 19 de MORDAZA de 2013, que consta de dos mil ciento treinta y uno (2131) cargos necesarios, de los cuales mil novecientos treinta y ocho (1938) cargos son ocupados y ciento noventa y tres (193) cargos son previstos, de acuerdo a los MORDAZA anexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- Aprobar la modificacion del Cuadro para Asignacion de Personal Provisional (CAP) de la Direccion Sub Regional de Salud "Luciano MORDAZA Colonna" - Sullana, y sus Redes de Salud de Sullana y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.