Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2015 (11/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano Sabado 11 de MORDAZA de 2015

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POR CUANTO: Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 1º de diciembre del 2014; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, senala que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia que se encuentra reconocida en la Constitucion Politica del Peru y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico vigente; Que, el numeral 2.4 del articulo 84 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala entre sus funciones las de organizar, administrar y ejecutar programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo, ninos, adolescentes, mujeres y otros grupos de la poblacion en situacion de discriminacion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-07-PCM se establecen las politicas nacionales en materia de Igualdad de Hombres y Mujeres, entre las cuales se senala el Impulsar en la sociedad en sus acciones y comunicaciones, la adopcion de valores, practicas, actitudes y comportamientos equitativos entre hombres y mujeres, para garantizar el derecho a la no discriminacion de las mujeres y la erradicacion de la violencia familiar y sexual. Que, mediante la Ley de Igualdad de Oportunidades ­ Ley Nº 28983, en su articulo 6º establece como lineamiento para los gobiernos locales desarrollar politicas, planes y programas para la prevencion, atencion y eliminacion de la violencia en todas sus formas y en todos sus espacios, en especial la ejercida contra las mujeres; Que, mediante la Ley Nº 26260 ­ Ley de proteccion frente a la violencia familiar, en el Inc. e) del articulo 3, establece como politica permanente del Estado la lucha contra la violencia familiar debiendo promover la participacion activa de organizaciones, entidades publicas del nivel central, regional y local e instituciones privadas dedicadas a la proteccion de ninos y adolescentes, adultos mayores, mujeres, para el desarrollo de labores preventivas, asi como el apoyo y tratamiento de la violencia; Que, la violencia contra la mujer, los ninos, las ninas, los adolescentes, los adultos y los adultos mayores, de acuerdo a informes nacionales e internacionales, es uno de los problemas mas severos que se padecen en el MORDAZA y en particular, en la MORDAZA del MORDAZA, considerada ademas como el distrito mas peligroso e inseguro de MORDAZA, la misma que es afrontada a lo largo de todo el ciclo de MORDAZA de las personas afectadas y en cada espacio donde desarrollan su MORDAZA, constituyendose en un flagelo que impide el desarrollo social de la comunidad; Que, considerando las estadisticas nacionales registran que el 41.2% de las mujeres sufre violencia fisica por parte de la MORDAZA y 70 de cada 100 mujeres ha sufrido violencia familiar. Asimismo en el Distrito del MORDAZA, se ha verificado que la problematica de violencia contra la mujer, los ninos, las ninas y los adolescentes en las familias y en los espacios publicos persiste con MORDAZA y complicidad social; Que, es necesario fortalecer el rol comunitario a traves del apoyo de todos los organismos que tienen presencia en una determinada MORDAZA o comunidad, realizando actividades para sensibilizar a la poblacion, promoviendo la toma de conciencia sobre la problematica; la magnitud y los efectos nefastos que genera la violencia sobre todo en los ninos y adolescentes En uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9 y el articulo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, con el MORDAZA unanime de los Regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal, aprobo la siguiente:

Subgerencia de Rentas y Subgerencia de Ejecucion Coactiva, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Subgerencia de Desarrollo Corporativo y Tecnologia la publicacion del integro del texto aprobado por la presente Ordenanza en el MORDAZA electronico de la Municipalidad Distrital de Lince: www.munilince.gob.pe. Articulo Tercero.- FACULTAR al MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza y, asimismo, para que disponga su culminacion de ser el caso. Articulo Cuarto.- DEROGAR la Ordenanza Nº 317-MDL del 28.09.2012 sobre "Campana de Ejecucion, Recuperacion y Saneamiento de Multas Administrativas y/o sanciones Administrativas en Via Coactiva" y la Ordenanza Nº 336MDL del 31.03.2014 sobre "Beneficios para la Cancelacion de Multas Administrativas y/o sanciones Administrativas en Via de Cobranza Coactiva respectivamente. POR TANTO: Registrese comuniquese y cumplase; MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA

ANEXO A LA ORDENANZA Nº 350-2015-MDL DESISTIMIENTO DE RECURSO SENOR MORDAZA LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE _______________________________________________, con DNI Nº _________________, con domicilio en ______________ ___________________________________________________ a Ud. atentamente digo: Que, mediante el presente formulo desistimiento de los siguientes recursos administrativos presentados, relacionados con las Resoluciones de Multas Administrativas o Resoluciones de Sancion Administrativa Nº ____________ ___________________________________________________ o el Expediente Coactivo Nº ____________________________ DOCUMENTO Nº ____________________________________ DOCUMENTO Nº ____________________________________ DOCUMENTO Nº ____________________________________ DOCUMENTO Nº ____________________________________ al haberme acogido a la Ordenanza que aprueba el PROGRAMA EXCEPCIONALDE DESCUENTOS DE PAGO DE RESOLUCIONES DE MULTA ADMINISTRATIVA Y/O RESOLUCIONES DE SANCION ADMINISTRATIVA EN VIA ORDINARIA Y EN VIA DE COBRANZA COACTIVA, para lo cual cumplo con legalizar mi firma ante el fedatario de la Municipalidad. Por lo expuesto: Pido tenerme por desistido. Lince, de de 2015

1222740-1

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Ordenanza que reconoce a la mesa multisectorial contra la violencia familiar y sexual del distrito del MORDAZA
ORDENANZA Nº 406-MDR
EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA

ORDENANZA QUE RECONOCE A LA MESA MULTISECTORIAL CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL DEL DISTRITO DEL MORDAZA
Articulo Primero.- RECONOCER como una problematica que merece urgente atencion a la violencia familiar y sexual contra mujeres, ninos, ninas y adolescentes. Articulo Segundo.- RECONOCER a LA MESA MULTISECTORIAL CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL DEL DISTRITO DEL MORDAZA , como el espacio de analisis, reflexion, impulsor y de coordinacion para la

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