Norma Legal Oficial del día 11 de abril del año 2015 (11/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Sabado 11 de MORDAZA de 2015

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Comision de Economia y Administracion; y de conformidad con lo establecido en los articulos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; el Concejo Municipal por MAYORIA; y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA EXCEPCIONAL DE DESCUENTOS DE PAGO DE RESOLUCIONES DE MULTA ADMINISTRATIVA Y/O RESOLUCIONES DE SANCION ADMINISTRATIVA EN VIA ORDINARIA Y EN VIA DE COBRANZA COACTIVA Articulo 1º.- OBJETO Establecer mecanismos que promuevan el pago de las Resoluciones de Multas Administrativas y/o Resoluciones de Sancion Administrativa, existentes en la base de datos de la Subgerencia de Rentas y la Subgerencia de Ejecucion Coactiva, incentivando a los infractores al pago voluntario brindandoles un programa excepcional de descuentos de pago que permita a los infractores regularizar sus obligaciones administrativas, a fin de evitar la Ejecucion de Medidas Cautelares establecidas en la norma. Articulo 2º.- ALCANCE Esta Ordenanza alcanza a todas las personas naturales y/o juridicas que mantengan deudas pendientes de pago por concepto de Resoluciones de Multas Administrativas y/ o Resoluciones de Sancion Administrativa, emitidas desde el 2003 hasta el ano 2015, que encuentren en via Ordinaria y en via de Cobranza Coactiva a la fecha de publicacion de la presente ordenanza y aquellas que se generen y se trasladen a las areas referidas, Subgerencia de Rentas y la Subgerencia de Ejecucion Coactiva, durante la vigencia de la misma. Articulo 3º.- REQUISITO PREVIO En caso el infractor u obligado tuviera en tramite cualquier MORDAZA de reclamo o impugnacion contra la deuda y quiera acogerse al presente programa, presentara su DESISTIMIENTO; de tratarse de Resoluciones de Sancion y/o Multas Administrativas que se encuentre en via Ordinaria, debera presentar el Desistimiento en la mesa de partes de la Subgerencia de Atencion al Ciudadano y Gestion Documentaria, con firma autenticada por fedatario de la municipalidad, en el caso que la deuda se encuentre en via de cobranza coactiva, el desistimiento debera presentarse en la mesa de partes de la Subgerencia de Ejecucion Coactiva, ambos casos con el formato de Desistimiento anexo a la presente Ordenanza; luego de lo cual podra efectuar el pago con los beneficios correspondientes. Tratandose de procesos judiciales en tramite, el obligado debera presentar en la mesa de partes en la Subgerencia de Atencion al Ciudadano y Gestion Documentaria, MORDAZA simple del escrito de DESISTIMIENTO, ingresado a la mesa de partes del Poder Judicial, con las formalidades establecidas en el Codigo Procesal Civil, luego de lo cual podra efectuar el pago con los beneficios correspondientes. El incumplimiento de este requisito, impedira acogerse al beneficio. Asimismo, no se encuentran dentro de los alcances del presente beneficio: · Los infractores cuyas Resoluciones de Multas Administrativas y/o Resoluciones de Sancion Administrativa cuenten con sentencia firme favorable a la Administracion en via Judicial, debidamente notificados a la administracion. · Los infractores que cuenten con una Medida Cautelar de Embargo "Efectiva" como Retencion de Cuentas bancarias, (con reporte favorable de saldo por las entidades bancarias, que cubran o no el monto total de la Multa Administrativa y/o Resolucion de sancion). · Los infractores que cuenten con Embargo efectivo de Inscripcion de Muebles e Inmueble en Registros Publicos. En los presentes casos el pago sera el 100% del valor de la Multa Administrativa y/o Resolucion de Sancion, mas los Gastos Administrativos y Costas Procesales que irrogue la presente. Articulo 4º.- DEL BENEFICIOS DEL PROGRAMA EXCEPCIONAL DE DESCUENTOS. 4.1 DE LA SUBGERENCIA DE RENTAS Los infractores o responsables solidarios cuya Multa Administrativa y/o Resolucion de Sancion se encuentren

como sus remuneraciones y el porcentaje de personas con discapacidad del total de personal que labora en la entidad, con precision de su situacion laboral, cargos y nivel remunerativo.; 3. Las adquisiciones de bienes y servicios que realicen. La publicacion incluira el detalle de los montos comprometidos, los proveedores, la cantidad y calidad de bienes y servicios adquiridos; 4. Actividades oficiales que desarrollaran o desarrollaron los altos funcionarios de la respectiva entidad, entendiendose como tales a los titulares de la misma y a los cargos del nivel subsiguiente y 5. La informacion adicional que la entidad considere pertinente; ademas de la informacion sobre las finanzas publicas a que se refiere el Titulo IV de la Ley. El articulo citado anade que la entidad publica debera identificar al funcionario responsable de la elaboracion de los portales de Internet; Que, conforme establece el articulo 4º del reglamento de la citada Ley, aprobado con Decreto Supremo Nº 072-2003PCM, la designacion de, entre otros, el funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA, se efectuara mediante Resolucion de la MORDAZA autoridad de la Entidad, y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocara MORDAZA de la Resolucion de designacion en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 323 del 30 de marzo del 2015 se designo, a partir del 1ro. de MORDAZA del 2015, al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tupayachi, en las funciones del cargo de confianza de Gerente de la Gerencia de Tecnologia de la Informacion de la Municipalidad Distrital de Ate. Que, en tal sentido, es menester designar mediante resolucion de alcaldia al funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA electronico institucional de la Corporacion Municipal; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DESIGNAR; a partir de la fecha, al Gerente de Tecnologia de la Informacion, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA TUPAYACHI, como el funcionario responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA electronico institucional, en virtud de lo establecido en la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. Articulo 2º.- DISPONER; que los funcionarios y servidores de la Corporacion Municipal, proporcionen la informacion y documentacion que solicite el responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA electronico institucional en virtud de la normativa en mencion, dentro de los plazos establecidos en los dispositivos sobre la materia, bajo responsabilidad en caso de incumplimiento. Articulo 3º.- DEJAR; sin efecto todo acto que se oponga a la presente Resolucion. Articulo 4º.- ENCARGAR; el cumplimiento de la presente Resolucion, al funcionario designado y a todas las Unidades Organicas que conforman esta Corporacion Municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA

1222277-1

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban Programa Excepcional de Descuentos de Pago de Resoluciones de Multa Administrativa y/o Resoluciones de Sancion Administrativa en Via Ordinaria y en Via de Cobranza Coactiva
ORDENANZA Nº 350-2015-MDL
Lince, 9 de MORDAZA de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE; POR CUANTO: El Concejo Distrital de Lince, en Sesion Ordinaria de la fecha, visto el Dictamen Nº 008-2015-MDL-CEA de la

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