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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (11/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 49

El Peruano Sábado 11 de abril de 2015 550435 Ica señalado en el artículo precedente, conforme al Anexo Nº 2 del presente Decreto Regional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FERNANDO CILLONIZ BENAVIDES Gobernador Regional 1222191-1 Modifican los costos respectivos del Procedimiento Nº 293 denominado “Registro de Contrato de Trabajo de Trabajadores Destacados en Empresas y Entidades que realizan Actividades de Intermediación laboral” del TUPA del Gobierno Regional DECRETO REGIONAL N° 0007-2015-GORE-ICA/GR Ica, 1 de abril de 2015 EL GOBERNADOR REGIONAL DE ICA VISTO: El Informe Técnico Nº 018-2015-GORE.ICA-GRPPAT/ SDI de la Subgerencia de Desarrollo Institucional y el Informe Técnico Nº 06-2015 GORE-ICA/ORADM de la Ofi cina Regional de Administración, mediante el cual se sustenta la necesidad de corregir el Procedimiento Administrativo Nº 293 del Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA- del Gobierno Regional de Ica, en el marco del proceso de modernización de la gestión pública; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 0013-2014- GORE-ICA de fecha 19 de diciembre de 2013 se aprobó el TUPA del Gobierno Regional de Ica; Que, conforme a lo establecido en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, a su vez, el artículo 4º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que, “Los gobiernos regionales tienen por fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la inversión pública y privada y el empleo y garantizar el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo.”; Que, conforme a lo establecido en el inciso f) del artículo 9° de la mencionada Ley N° 27867, los gobiernos regionales son competentes para dictar las normas inherentes a la gestión regional; Que, la misma ley orgánica precisa en su artículo 36º que las normas y disposiciones de los gobiernos regionales se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa; Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, en su artículo 1º declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio de la ciudadanía; Que, según el numeral 36.3 del artículo 36° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía, según se trate de entidades dependientes del Gobierno Central, Gobiernos Regionales o Locales, respectivamente; Que, en ese orden de ideas, con el objetivo de orientar, articular e impulsar en todas las entidades públicas, el proceso de modernización hacia una gestión pública para resultados que impacte positivamente en el bienestar del ciudadano y el desarrollo del país, se aprobó la “Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública” mediante el Decreto Supremo N° 004-2013-PCM; Que, la citada Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, propone que el Estado siga un “Modelo de Gestión Pública Orientada a Resultados en Servicio del Ciudadano”, el cual implica desarrollar acciones que permitan implementar la simplifi cación administrativa en todos los niveles de gobierno, eliminando obstáculos o costos innecesarios para la sociedad que genera el inadecuado funcionamiento de la Administración Pública; Que, con la fi nalidad de implementar la Política de Modernización en cuestión, mediante la Resolución Ministerial N° 125-2013-PCM, se aprobó el “Plan de Implementación de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública 2013-2016”, el cual tiene como uno de sus objetivos específi cos la implementación de la gestión por procesos y promoción de la simplifi cación administrativa en todas las entidades públicas a fi n de generar resultados positivos en la mejora de los procedimientos y servicios orientados a los ciudadanos y empresas; Que, en función a dicho marco de acción, el Gobierno Regional de Ica está llevando a cabo un proceso progresivo de optimización de su estructura, organización y procesos, ejecutando diversas actividades que le permitan modernizarse, buscando desarrollar intervenciones que incrementen el valor público para los ciudadanos y ciudadanas de la Región; Que, la Ofi cina Regional de Administración con Informe Técnico Nº 06-2015 GORE-ICA/ORADM presenta un nuevo costeo del procedimiento Nº 293 del Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA denominado “Registro de Contrato de Trabajo de Trabajadores Destacados en Empresas y Entidades que realizan Actividades de Intermediación laboral”, tanto para los plazos ordinarios así como los extraordinarios, acorde a la metodología establecidos en el Decreto Supremo Nº 064-2010 y el Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM; Que, la Subgerencia de Desarrollo Institucional presenta el Informe Técnico Nº 018 -2015-GORE.ICA-GRPPAT/SDI; donde concluye que resulta procedente modifi car el TUPA incorporando los nuevos costos para el procedimiento Nº 293, en el marco de sus competencias. En consecuencia, con la visación de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica; y estando a lo acordado por el Directorio de Gerencias Regionales del Gobierno Regional de Ica, y a lo establecido en el artículo 28º y 40º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; DECRETA: Artículo 1º.- Modifi car los costos respectivos del Procedimiento Nº 293 denominado “Registro de Contrato de Trabajo de Trabajadores Destacados en Empresas y Entidades que realizan Actividades de Intermediación laboral”, del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 0013-2013-GORE-ICA, conforme al Anexo 01 que forma parte del presente Decreto. Artículo 2º.- Modifi car el procedimiento administrativo del TUPA del Gobierno Regional de Ica, en el Sistema de Trámite Documentario del Gobierno Regional de Ica, las Ventanillas de Trámite de todos los órganos, unidades orgánicas, órganos desconcentrados y dependencias del Gobierno Regional de Ica, y el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE, y Portal Institucional. Artículo 3°.- Encargar a la Ofi cina Regional de Administración la publicación del presente Decreto Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE, y en el Portal Institucional (www.regionica.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. FERNANDO CILLÓNIZ BENAVIDES Gobernador Regional 1222191-2 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA Ordenanza que aprueba la modificación de los Cuadros para Asignación de Personal Provisional de las Unidades Ejecutoras de Salud del Gobierno Regional Piura ORDENANZA REGIONAL Nº 309-2015/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura