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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (15/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Miércoles 15 de abril de 2015 550610 el Estado, representado por COFOPRI recibirá la donación de terrenos de propiedad privada, con la fi nalidad de llevar a cabo las acciones de saneamiento físico – legal y titulación de la ciudad Nueva Morococha, mediante Escritura Pública; debiéndose emitir la Resolución Ministerial que disponga que COFOPRI acepte la donación predial AD CORPUS; Que, en virtud a lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Derogatoria del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008- VIVIENDA resulta aplicable la Directiva Nº 006-2002/SBN - “Procedimiento para la donación de predios del dominio privado del Estado de libre disponibilidad y para la aceptación de la donación de propiedad predial a favor del Estado”, aprobada por Resolución Nº 026-2002-SBN, modifi cada por Resolución Nº 040-2013-SBN, la misma que regula entre otros aspectos, el procedimiento para la aceptación de la donación predial a favor del Estado, contemplando que la donación de un predio a favor del Estado importa la transferencia voluntaria de la propiedad de dicho bien, a título gratuito, al Estado, por parte de una persona natural, sociedad conyugal, copropietarios, personas jurídicas de derecho privado, o la conjunción de cualesquiera de ellas; Que, el Informe Técnico Legal N° 002-2015-COFOPRI- DFINT de fecha 24 de marzo de 2015 de la Dirección de Formalización Integral de COFOPRI concluye que el ofrecimiento de donación de la Minera Chinalco Perú S.A. es procedente a fi n de ejecutar el proceso de formalización en la Ciudad Nueva Morococha, tal como lo dispone la Ley N° 30081 y el Reglamento del artículo 3 de la citada Ley, por lo que resulta pertinente disponer la aceptación de la donación predial que efectúa la empresa Minera Chinalco Perú S.A a favor del Estado, representado por el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI, del predio denominado “PUCARA 1 (REMANENTE)” cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran detalladas en la Partida Electrónica Nº 11016009 del Registro de Predios de la Ofi cina Registral de Tarma – Zona Registral N° VIII – Sede Huancayo; así como disponer las demás acciones conducentes a la formalización de dicha transferencia; Que, al amparo de lo dispuesto en la Ley Nº 29151 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA; la Ley Nº 30081 y el Reglamento de su artículo 3 aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2014- VIVIENDA; y la Directiva N° 006-2002/SBN, aprobada por la Resolución Nº 026-2002-SBN modifi cada por Resolución Nº 040-2013-SBN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI acepte en representación del Estado Peruano, la donación que efectúa a título gratuito y Ad Corpus la Minera Chinalco Perú S.A., respecto al predio denominado “PUCARA 1 (REMANENTE)”, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran detalladas en la Partida Electrónica Nº 11016009 del Registro de Predios de la Ofi cina Registral de Tarma – Zona Registral N° VIII – Sede Huancayo, con el objeto de llevar a cabo las acciones de saneamiento físico – legal y titulación de la ciudad Nueva Morococha, capital del distrito de Morococha, provincia de Yauli, departamento de Junín. Artículo 2º.- Disponer que COFOPRI suscriba la minuta y escritura pública correspondiente, así como los demás documentos que resulten necesarios, con los que se formalice la donación a favor del Estado, representado por COFOPRI, del predio descrito en el artículo precedente. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a COFOPRI, y a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN. Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www. vivienda.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1224352-1