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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (18/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Sábado 18 de abril de 2015 550837 deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación, a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas 1226480-3 Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D. S. N° 115-2001-EF a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 008-2015-EF/15.01 Lima, 17 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 115-2001-EF, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado decreto supremo; Que, a través del Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifi có el artículo 7 del Decreto Supremo N° 115- 2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados mediante resolución viceministerial del Viceministro de Economía; Que, con Decreto Supremo N° 378-2014-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia en el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2015; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia obtenidos en base a las cotizaciones observadas en el periodo del 1 al 15 de abril de 2015; y De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modifi cado con el artículo 1 del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. ----------------------------------------------------------------------- Maíz Azúcar Arroz Leche entera en polvo ---------------------------------------------------------------------- 197 393 441 2 769 ---------------------------------------------------------------------- Regístrese, comuníquese y publíquese. ENZO DEFILIPPI ANGELDONIS Jefe del Gabinete de Asesores encargado del Despacho del Viceministro de Economía 1226335-1 INTERIOR FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0244-2015-IN Mediante Ofi cio Nº 001365-2015/IN/SG el Ministerio del Interior solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 0244-2015-IN, publicada en la edición del 16 de abril de 2015. En el Artículo 2°: DICE: “Artículo 2°.- Designar al General PNP (r) Adolfo Magno Alfaro Zúñiga al cargo de confi anza de Director de Sistema Administrativo IV, Nivel F-5, Director General de la Ofi cina General de Defensa Nacional del Ministerio del Interior.” DEBE DECIR: “Artículo 2°.- Designar al General PNP (r) Adolfo Magno Alfaro Zúñiga al cargo de confi anza de Director General de la Ofi cina de Seguridad y Defensa Nacional del Ministerio del Interior.” 1225872-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Autorizan la realización del X Curso de Derecho Internacional Humanitario “Miguel Grau” en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0083-2015-JUS 17 de abril de 2015 VISTOS, la Hoja de Envío Nº 129-2015-JUS/VMDHAJ, del Despacho Viceministerial de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia; el Ofi cio Nº 0010-2015-JUS/ DGDH-CONADIH, de la Dirección General de Derechos Humanos y el Informe Nº 188-2015-JUS/OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, es función del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos promover y difundir los derechos humanos, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante Resolución Suprema Nº 234-2001-JUS se estableció la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario (CONADIH); Que, el inciso h) del artículo 16° del Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, establece como función del Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia aprobar los lineamientos para la difusión y promoción de los derechos humanos, incluido el derecho internacional humanitario, a nivel nacional; Que, el inciso b) del artículo 115° del mismo Reglamento señala que es función de la Dirección General de Derechos Humanos formular, proponer, dirigir, coordinar, evaluar y supervisar las políticas, planes y programas de protección y promoción de los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario; Que, conforme al artículo 135° de la citada norma, la Comisión Nacional de Estudio y Aplicación del Derecho Internacional Humanitario (CONADIH) es el órgano multisectorial que tiene como fi nalidad emitir opiniones y brindar asesoramiento al Poder Ejecutivo en el desarrollo de políticas públicas, programas, proyectos y planes de