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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (21/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Martes 21 de abril de 2015 551049 ANEXO DE LA R.J. N° 126-2015-J/ONPE JEFES DE ODPE - ACCESITARIOS N° DNI APELLIDO PATERNO APELLIDO MATERNO NOMBRES 1 08740948 REQUENA ACEVEDO ANA MARIA 2 06205769 CABALLERO AGUILAR FELIX FRANCISCO 3 15752533 DAVILA ROJAS SALVADOR TEOFILO 4 08585543 RODRIGUEZ ORELLANA SANTIAGO JUVENCIO 5 08076416 LOAYZA ARAMBURU JESUS VICENTE 6 10061404 RIOS LOPEZ EMERSON HERNAN 1226970-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a El Pacífico Peruano Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros el cierre de oficinas especiales ubicadas en los departamentos de Puno y Moquegua RESOLUCIÓN SBS Nº 2060-2015 Lima, 7 de abril de 2015 El Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros VISTA: La solicitud presentada por la empresa EL PACÍFICO PERUANO SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, en adelante Pacífi co, de fecha 26 de marzo de 2015. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 617-2002 de fecha 03 de julio de 2002, se autorizó a Pacífi co el traslado de su ofi cina especial ubicada en Jr. Choquehuanca Nº 138, provincia y departamento de Puno al Jr. Moquegua Nº 219, provincia y departamento de Puno; Que, mediante Resolución SBS Nº 300-2006 de fecha 09 de marzo de 2006, se autorizó a Pacifi co el traslado de su ofi cina especial ubicada en el Jr. Abtao Nº 665, Ofi cina 204, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua al Jr. Zepita Nº 411, distrito y Provincia de Ilo, departamento de Moquegua; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Seguros “B”; y De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modifi catorias; en la Resolución SBS Nº 6285-2013; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 5829-2014 de fecha 05 de setiembre de 2014; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a EL PACÍFICO PERUANO SUIZA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, el cierre de las siguientes ofi cinas especiales: - Jr. Moquegua Nº 219, provincia y departamento de Puno. - Jr. Zepita Nº 411, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO BERNALES MEAVE Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros 1226951-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SBS Nº 2139-2015 Fe de Erratas de la Resolución SBS Nº 2139-2015, publicada en la edición del domingo 19 de abril de 2015. DICE: (...) VISTA: La solicitud presentada por la empresa PROTEGÍA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS, para que se le autorice (...) DEBE DECIR: (...) VISTA: La solicitud presentada por la empresa PROTECTA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS, para que se le autorice (...) 1227152-1 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PIURA Autorizan viaje de Alcalde y Regidor a Ecuador, en comisión de servicios ACUERDO MUNICIPAL Nº 15-2015-C/CPP San Miguel de Piura, 18 febrero de 2015 Vista, el Ofi cio Nº ML-A-2015-00290 de fecha 11 de febrero de 2015, presentado por la Alcaldía de Loja – Ecuador; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Ofi cio del Visto, el Alcalde del Cantón Loja Dr. José Bolívar Castillo Vivanco invita al Alcalde de la Municipalidad de Piura, al evento a desarrollarse los días 19 y 20 de febrero de 2015, en donde se analizará y redactará el documento de propuesta y sugerencia de compromisos con los grandes proyectos de desarrollo e integración del área fronteriza al Plan Binacional de los capítulos Perú Ecuador; considerando también que la IX Reunión Binacional de Gabinetes se realizará este año 2015 en la ciudad de Jaén, por lo que se tiene que presentar propuestas que conlleven a la culminación del Eje Vial Nº 04; Que, el artículo 9 inciso 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que Corresponde al concejo municipal:… “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”;