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El Peruano Martes 21 de abril de 2015 551039 VISTO: la Carta de fecha 20 de abril de 2015, suscrita por el señor Lorenzo Eugenio Gutiérrez Ramírez; el Memorando N° 075-2015-SUCAMEC-GG, de fecha 20 de abril de 2015, de la Gerencia General; el Memorando N° 545-2015-SUCAMEC-OGRH, de fecha 20 de abril de 2015 de la Ofi cina General de Recursos Humanos, y por las siguientes consideraciones: 1. Mediante Decreto Legislativo Nº 1127, publicado en el diario ofi cial El Peruano el 07 de diciembre de 2012, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones. 2. Con fecha 04 de abril de 2013 se publicó en el diario ofi cial El Peruano el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, mediante el cual se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, vigente a partir del 04 de mayo de 2013. 3. Según Resolución Suprema N° 139-2013- IN, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 24 de diciembre de 2013, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la SUCAMEC; estableciéndose en dicho documento que el cargo de Intendente Regional, es un cargo público de confi anza. 4. Mediante Resolución de Superintendencia Nº 131- 2014-SUCAMEC, de fecha 01 de julio de 2014, se designó al señor Lorenzo Eugenio Gutiérrez Ramírez en el cargo de Intendente de la Intendencia Regional III – Sur, con sede en la Región Arequipa, de la SUCAMEC. 5. Con Carta de fecha 20 de abril de 2015, el señor Lorenzo Eugenio Gutiérrez Ramírez comunica a esta Superintendencia Nacional su renuncia al cargo de Intendente de la Intendencia Regional III – Sur, con sede en la Región Arequipa, solicitando se le exonere del plazo del preaviso, conforme a ley, manifestando que su último día de trabajo será el 20 de abril de 2015. 6. Conforme al literal g) del artículo 16 del Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC, es función del Gerente General proponer al Superintendente Nacional las acciones de personal que considere pertinentes. 7. Según Memorando Nº 075-2015-SUCAMEC-GG, de fecha 20 de abril de 2015 el Gerente General de la SUCAMEC propone a esta Superintendencia Nacional a un profesional para que se encargue del cargo de Intendente de la Intendencia Regional III – Sur, con sede en la Región Arequipa. 8. La Ofi cina General de Recursos Humanos en el Memorando N° 545-2015-SUCAMEC-OGRH, de fecha 20 de abril de 2015, manifi esta que la persona propuesta por la Gerencia General para que se encargue de las funciones de la Intendencia Regional III – Sur, con sede en la región Arequipa, cumple con los requisitos señalados en el clasifi cador de cargos de la SUCAMEC. 9. El artículo 15, literal p) del Decreto Legislativo Nº 1127, establece como una de las funciones del Superintendente Nacional, ejercer las funciones y atribuciones que le corresponda con arreglo a la normatividad aplicable. 10. De conformidad con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo Nº 1127, la Resolución Suprema Nº 064-2013-IN y el Decreto Supremo Nº 004-2013-IN, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 017-2013-IN. SE RESUELVE: 1. Aceptar la renuncia formulada por el señor Lorenzo Eugenio Gutiérrez Ramírez, al cargo de Intendente de la Intendencia Regional III – Sur, con sede en la Región Arequipa, a partir del 21 de abril de 2015; dejándose sin efecto la Resolución de Superintendencia N° 131-2014- SUCAMEC, de fecha 01 de julio de 2014. 2. Encargar, a partir del 21 de abril de 2015, a la señorita Carla Cecilia Pérez Fernández, Especialista Legal de la Intendencia Regional III – Sur, con sede en la Región Arequipa de la SUCAMEC, la aludida Intendencia Regional, con las funciones que se detallan a continuación: - Representar a la SUCAMEC ante los órganos del Estado e instituciones públicas y privadas nacionales, en el ámbito de su competencia territorial. - Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo, del Superintendente Nacional y de la Gerencia General. - Velar por el adecuado manejo de los recursos. - Promover la prestación de servicios de calidad a través de una gestión administrativa efi ciente, priorizando el buen trato a los usuarios y la buena imagen del país. - Proponer a la Gerencia de Políticas medidas para la mejora continua de la institución y el diseño de las políticas públicas en las materias de competencia de la SUCAMEC. - Recibir y derivar a la Sede Central los recursos impugnativos correspondientes en el ámbito de su competencia territorial. - Recibir, verifi car y derivar a la Sede Central los expedientes de los administrados vinculados a procedimientos administrativos y servicios prestados por la SUCAMEC en exclusividad, en el ámbito de su competencia territorial. - Colaborar y brindar apoyo a la Gerencia de Control y Fiscalización cuando le sea requerido en las acciones de control y fi scalización, programadas e inopinadas, en el marco de las competencias de la SUCAMEC y dentro de su ámbito territorial. - Coordinar con los órganos de línea en el marco de la implementación de las políticas en materia de control de armas, municiones, explosivos, productos pirotécnicos de uso civil y servicios de seguridad privada a cargo de la SUCAMEC. - Las demás funciones y atribuciones que se le deleguen, encarguen o asignen por el Superintendente Nacional o por Ley. 3. Póngase en conocimiento de la Ofi cina General de Recursos Humanos, la presente resolución para los fi nes correspondientes, según sus atribuciones. Regístrese, comuníquese y publíquese DERIK ROBERTO LATORRE BOZA Superintendente Nacional 1226856-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Aprueban Directiva N° 05-2015- SUNARP/SN, que regula alcances del módulo denominado “Sistema Notario” RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS Nº 115-2015-SUNARP/SN Surco, 20 de abril de 2015 VISTOS; el Informe Técnico N° 005-2015-SUNARP/ DTR, del 09 de abril de 2015, emitido por la Dirección Técnica Registral de la SUNARP; el Informes N° 1216- 2014-SUNARP/OGAJ y Nº 386-2015-SUNARP/OGAJ, del 10 de diciembre de 2014 y el 10 de abril de 2015, respectivamente, emitidos por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica de la SUNARP; el Informe N° 110-2015- SUNARP/OGTI, del 10 de abril de 2015, emitido por la Ofi cina General de Tecnologías de la Información de la SUNARP, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp, Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia, tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planifi car, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplifi cación, integración y modernización de los Registros; Que, la Sétima Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo Nº 1049, Decreto