Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2015 (25/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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personeria juridica de derecho publico y con autonomia administrativa y economica, constituyendo pliego presupuestal del Estado; Que, el literal b) del inciso 1 del articulo 8 de la citada Ley, establece que una funcion de este Sector compartida con los gobiernos locales es dictar lineamientos tecnicos para el diseno, ejecucion y evaluacion de los programas de desarrollo de la cultura en concordancia con la politica nacional, con el reconocimiento y respeto a la diversidad cultural y para el desarrollo integral de los pueblos andinos, amazonicos y afroperuano; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, el cual regula en el numeral 31 del articulo 3, que es una de las funciones del Ministerio de Cultura fomentar la afirmacion de la identidad nacional y promover el desarrollo cultural a traves del dialogo intercultural y el reconocimiento de la diversidad cultural entre los peruanos; Que, asimismo, el articulo 85 del citado Reglamento, senala que la Direccion General de Ciudadania Intercultural tiene entre sus funciones disenar, proponer, implementar, coordinar y supervisar los programas y proyectos que contribuyan al logro de las politicas en materia de interculturalidad, pueblos indigenas y poblacion afroperuana, promocion de la diversidad cultural y lucha contra la discriminacion etnica y racial en coordinacion con entidades publicas y privadas, y en el MORDAZA de sus competencias; Que, en virtud a lo senalado en el parrafo precedente, la Direccion General de Ciudadania Intercultural del Viceministerio de Interculturalidad, a traves del Informe N° 036-2015-DGCI-VMI/MC, propone la aprobacion del documento denominado: "Dialogo Intercultural: Pautas para un mejor dialogo en contextos de diversidad cultural", a fin de contribuir a contar con entidades publicas que brinden servicios publicos tomando en cuenta las particularidades culturales, sociales, economicas y geograficas de las diversas culturales y poblaciones para las que trabajan, permitiendo entablar dialogos basados en el respeto y la equidad en contextos de diversidad cultural; Que, en atencion a lo MORDAZA expuesto, corresponde aprobar el documento denominado: "Dialogo Intercultural: Pautas para un mejor dialogo en contextos de diversidad cultural"; Con el visado de la Directora General de la Direccion General de Ciudadania Intercultural y la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo Nº 005-2013MC, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el documento denominado: "Dialogo Intercultural: Pautas para un mejor dialogo en contextos de diversidad cultural", que tiene como objeto contribuir a contar con entidades publicas que brinden servicios publicos tomando en cuenta las particularidades culturales, sociales, economicas y geograficas de las diversas culturas y poblaciones para las que trabajan, permitiendo entablar dialogos basados en el respeto y la equidad en contextos de diversidad cultural. Articulo 2º.- La presente Resolucion Ministerial sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, la Resolucion y el documento denominado: "Dialogo Intercultural: Pautas para un mejor dialogo en contextos de diversidad cultural" seran publicados en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura. gob.pe), el mismo dia de la publicacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALVAREZ-CALDERON Ministra de Cultura 1229200-2

El Peruano Sabado 25 de MORDAZA de 2015

Modifican resoluciones en lo referido a la denominacion del sitio arqueologico "Soledad de Tambo" y a la declaracion de Patrimonio Cultural de la Nacion de paisajes culturales arqueologicos que constituyen secciones del Paisaje Arqueologico MORDAZA MORDAZA Huanucopampa - Huamachuco
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 052-2015-VMPCIC-MC MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2015 VISTOS, los Informes Tecnicos Legales Nros 6202015-DSFL-DGPA/MC y 3277-2014-DSFL-DGPA-MC, y el Informe Tecnico N° 3070-2014-DSFL-DGPA/MC emitidos por la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 21 de la Constitucion Politica del Peru establece que es funcion del Estado la proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, los articulos IV y VII del Titulo Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, senalan que es de interes social y de necesidad publica la identificacion, registro, inventario, declaracion, proteccion, restauracion, investigacion, conservacion, puesta en valor y difusion del Patrimonio Cultural de la Nacion y su restitucion en los casos pertinentes; siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, de conformidad con lo establecido en el literal a) del articulo 14 de la Ley N° 29565, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura, concordado con el numeral 9.1 del articulo 9 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, en adelante ROF, corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la declaracion, administracion, promocion, difusion y proteccion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el articulo 7 del Reglamento de Intervenciones Arqueologicas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2014-MC, establece que los Monumentos Arqueologicos Prehispanicos son los bienes inmuebles que constituyen evidencia de actividad humana de epoca prehispanica, con fines de registro, de delimitacion, investigacion, conservacion, proteccion y gestion, los que se clasifican en Sitio Arqueologico, MORDAZA Arqueologica Monumental y Paisaje Arqueologico; Que, mediante Resolucion Directoral Nacional N° 720/ INC de fecha 14 de MORDAZA de 2009, se declaro Patrimonio Cultural de la Nacion a los Sitios Arqueologicos Huaga y Tambo de MORDAZA, ambos ubicados en el distrito de Huachis, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 131-2011VMPCIC-MC de fecha 2 de febrero de 2011, se declaro Patrimonio Cultural de la Nacion a veintiun (21) Paisajes Culturales Arqueologicos que constituyen secciones del Paisaje Arqueologico MORDAZA MORDAZA Huanucopampa ­ Huamachuco, ubicados en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y La Libertad; Que, mediante Memorando N° 292-2013-ST-PQN/ MC de fecha 29 de MORDAZA de 2013, la Secretaria Tecnica de la Comision Nacional del Qhapaq Nan remitio a la Direccion de Arqueologia, actualmente Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble, el Informe N° 0092013-ST-PQN-RCHP/MC de fecha 24 de MORDAZA de 2013, asi como la propuesta de aprobacion de los expedientes tecnicos de delimitacion del Paisaje Arqueologico MORDAZA MORDAZA Huanucopampa ­ Huamachuco, secciones Allpachaca ­ Tambillo y TsukoKoto ­ Pincosh, ubicados en los distritos de San MORDAZA y Huachis, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, para su revision y aprobacion; Que, mediante Informe Tecnico N° 0087-2013-DSFLDGPA/MC de fecha 4 de MORDAZA de 2013, la Direccion de

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