Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2015 (25/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Sabado 25 de MORDAZA de 2015

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Que, la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal mediante Informe Tecnico N° 3070-2014-DSFLDGPA/MC de fecha 19 de noviembre de 2014, senalo que la citada propuesta cumplia con el sustento tecnico necesario, por lo que recomendo su aprobacion respectiva; Que, con Memorando N° 918-2014-OGAJ-SG/MC de fecha 3 de diciembre de 2014, la Oficina General de Asesoria Juridica solicito a la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal la emision de un Informe Tecnico ampliatorio, lo cual fue absuelto mediante Informe Tecnico Legal N° 3277-2014-DSFL-DGPA/MC de fecha 15 de diciembre de 2014; Que, ademas, mediante Memorando N° 017-2015OGAJ-SG/MC de fecha 14 de enero de 2015, la Oficina General de Asesoria Juridica requirio a la Secretaria Tecnica de la Comision Nacional del Qhapaq Nan la emision de un Informe Tecnico ampliatorio, a efectos de que emita opinion legal, lo cual fue absuelto mediante Informe N° 021-2015-ST-PQN-RCHP/MC de fecha 25 de febrero de 2015; Que, mediante Informe Tecnico Legal N° 620-2015DSFL-DGPA/MC, la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal emitio Informe Tecnico, el cual fue remitido a la Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble con fecha 6 de marzo de 2015; Que, respecto a la propuesta de aprobacion de los expedientes tecnicos de delimitacion del Paisaje Arqueologico MORDAZA MORDAZA Huanucopampa ­ Huamachuco, secciones Allpachaca ­ Tambillo y TsukoKoto ­ Pincosh, ubicados en los distritos de San MORDAZA y Huachis, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, el responsable del MORDAZA de nominacion del Qhapaq Nan a la lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO mediante Informe N° 103-2014-ST-PQN-RCHP/MC indico lo siguiente: - "El MORDAZA MORDAZA del tramo Huanucopampa ­ Huamachuco fue declarado Patrimonio Cultural de la Nacion mediante Resolucion Viceministerial N° 131-2011VMPCIC-MC. En dicho documento el tramo fue dividido en 21 segmentos continuos con coordenadas de inicio y final" (sic). - "La seccion de MORDAZA TsukoKoto ­ Pincosh se encuentra ubicada dentro de estos 21 segmentos declarados, especificamente en el segmento MORDAZA MORDAZA Huamanin ­ Tambo de MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Tambo de MORDAZA ­ Pomachaca" (sic). - "La utilizacion de diferentes equipos de georeferenciacion es el motivo de que la superposicion de la poligonal de delimitacion de la seccion de MORDAZA MORDAZA TsukoKoto ­ Pincosh, no coincida con la base grafica que administra la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal (...)" (sic). - "La Resolucion Viceministerial N° 131-2011-VMPCICMC de fecha 02 de febrero de 2011 declaro Patrimonio Cultural de la Nacion al MORDAZA MORDAZA entre MORDAZA MORDAZA y Huamachuco, siendo dividido en 21 segmentos con coordenadas de inicio y final. La decision de dividir en segmentos el tramo tomo en cuenta en ese momento criterios tecnicos, en base a la demarcacion territorial y/o geografica del lugar, dado que el tramo cubre 334.20 km y atraviesa los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y La Libertad" (sic). - "(...) En la Resolucion Viceministerial N° 131-2011VMPCIC-MC se puede comprobar que cada coordenada final de cada segmento, es la coordenada de inicio del siguiente, por lo tanto es un solo monumento que fue dividido en 21 segmentos" (sic). - "Al respecto del sitio arqueologico Tambo de MORDAZA (...) el sitio tambien fue declarado Patrimonio Cultural de la Nacion mediante Resolucion Directoral N° 720/INC de fecha 14 de MORDAZA de 2009, sin embargo el nombre del sitio como aparece en dicha resolucion no es correcto, de acuerdo a la toponimia del lugar el nombre correcto es MORDAZA de Tambo (...)" (sic). Que, en virtud a ello, la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal mediante el Informe Tecnico N° 3070-2014-DSFL-DGPA/MC senalo lo siguiente: - "Respecto al levantamiento de las observaciones remitidas por la Secretaria Tecnica de la Comision Nacional del Qhapaq Nan se indica lo siguiente:

Catastro y Saneamiento Fisico Legal informo sobre la revision de los expedientes tecnicos de delimitacion MORDAZA mencionados y recomendo su aprobacion; Que, con Memorando N° 0167-2013-DGPA-VMPCIC/ MC de fecha 24 de MORDAZA de 2013, la Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble remitio la propuesta de aprobacion de los expedientes tecnicos de delimitacion del Paisaje Arqueologico MORDAZA MORDAZA Huanucopampa ­ Huamachuco, secciones Allpachaca ­ Tambillo y TsukoKoto ­ Pincosh a la Oficina General de Asesoria Juridica para opinion legal; Que, la Oficina General de Asesoria Juridica mediante Memorando N° 908-2013-OGAJ-SG/MC de fecha 2 de setiembre de 2013, advirtio que dicha propuesta no cumplia con lo dispuesto en el ordenamiento juridico, motivo por el cual fue observada; Que, mediante Certificado de Busqueda Catastral (Expediente N° 2013-6952) emitido por la Oficina Registral de MORDAZA, MORDAZA Registral N° VII ­ Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos se determino que la propuesta de delimitacion de las secciones Caminos Prehispanicos Allpachaca ­ Tambillo no presenta superposicion grafica con predios inscritos; Que, sin embargo, mediante Certificado de Busqueda Catastral (Expediente N° 2013-6954) emitido por Oficina Registral de MORDAZA, MORDAZA Registral N° VII ­ Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos se advirtio que la propuesta de delimitacion de las secciones Caminos Prehispanicos TsukoKoto ­ Pincosh se superpone parcialmente con 0.6090 hectareas, con el predio inscrito en la Partida N° 11102296 a nombre de la Comunidad Campesina Castillo; Que, con escrito de fecha 15 de diciembre de 2013, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vice Presidente de la Comunidad Campesina de MORDAZA, ubicada en el distrito de Huachis, provincia de MORDAZA y departamento de MORDAZA, indico que tanto las autoridades y comuneros de su comunidad tienen pleno conocimiento y estan conformes con el procedimiento de aprobacion de los expedientes tecnicos de delimitacion del Paisaje Arqueologico MORDAZA MORDAZA Huanucopampa ­ Huamachuco, secciones Allpachaca ­ Tambillo y TsukoKoto ­ Pincosh, para lo cual adjunto MORDAZA del Acta de la Asamblea General llevada a cabo el dia 29 de noviembre de 2013, a traves de la cual se acredita la realizacion de la MORDAZA publica de la propuesta de delimitacion MORDAZA referida por parte del equipo del area de Participacion Comunitaria del Proyecto Qhapaq Nan; Que, ademas, mediante escrito de fecha 15 de diciembre de 2013, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Comunidad Campesina de Huachis, ubicada en el distrito de Huachis, provincia de MORDAZA y departamento de MORDAZA, senalo que tanto las autoridades y comuneros de su comunidad tienen pleno conocimiento y estan conformes con el procedimiento de aprobacion de los expedientes tecnicos de delimitacion MORDAZA mencionados, para lo cual acompano MORDAZA del Acta de la Asamblea General llevada a cabo el dia 15 de diciembre de 2013, a traves de la cual se acredita la realizacion de la MORDAZA publica de la propuesta de delimitacion por parte del equipo del area de Participacion Comunitaria del Proyecto Qhapaq Nan; Que, mediante Memorando N° 095-2014-DSFLDGPA/MC de fecha 23 de enero de 2014, la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal remitio a la Secretaria Tecnica de la Comision Nacional del Qhapaq Nan el Informe Tecnico N° 0234-2014-DSFL-DGPA/MC, a traves del cual efectuo observaciones y solicito la precision sobre algunos puntos de la propuesta MORDAZA mencionada, hecho que fue subsanado con Informe N° 079-2014-STPQN-RCHP/MC de fecha 1 de setiembre de 2014; Que, mediante Memorando N° 982-2014-DSFLDGPA/MC de fecha 2 de octubre de 2014, la Direccion de Catastro y Saneamiento Fisico Legal reitero a la Secretaria Tecnica de la Comision Nacional del Qhapaq Nan las observaciones realizadas sobre la propuesta de aprobacion de los expedientes tecnicos de delimitacion del Paisaje Arqueologico MORDAZA MORDAZA Huanucopampa ­ Huamachuco, secciones Allpachaca ­ Tambillo y TsukoKoto ­ Pincosh, lo cual fue subsanado con Informe N° 103-2014-ST-PQN-RCHP/MC de fecha 14 de noviembre de 2014;

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