Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2015 (30/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Jueves 30 de MORDAZA de 2015

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como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, la empresa LAN PERU S.A., ha presentado ante la autoridad aeronautica civil, su solicitud para inspeccion tecnica a aeronaves, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento No. 12, correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, la empresa LAN PERU S.A., ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos del viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos; Que, dicha solicitud ha sido calificada y aprobada por la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, segun se desprende del Informe No. 106-2015-MTC/12.07, al que se anexa las respectivas Ordenes de Inspeccion, asi como, por la citada Direccion General, segun el Informe No. 136-2015MTC/12.07, verificandose el cumplimiento de lo senalado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27261, Ley No. 27619, Ley No. 30281, el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje de los senores MORDAZA MORDAZA Parodi Solari, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuara del 05 al 08 de MORDAZA de 2015 a la MORDAZA de MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, sustentado en el Informe No. 136-2015-MTC/12.07 de la Direccion General de Aeronautica Civil y el Informe No. 106-2015-MTC/12.07 de la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones. Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido integramente cubiertos por la empresa LAN PERU S.A., a traves de los Recibos de Acotacion que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, abonados a la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignacion por concepto de viaticos. Articulo 3.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, los Inspectores autorizados en el articulo 1° de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones

Articulo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, seran con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluido TUUA) Viaticos US$ 4,251.11 US$ 1,200.00

Articulo 3.- Dentro de los siete (07) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona mencionada en el articulo 1 de la presente Resolucion Suprema, debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona mencionada en el articulo 1, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje, asi como la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 5.- El cumplimiento de la presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1231629-16

Autorizan viaje de inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 184-2015 MTC/01.02 MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2015 VISTOS: La solicitud de la empresa LAN PERU S.A. con registro P/D No. 045493 del 12 de marzo de 2015, y los Informes No. 136-2015-MTC/12.07 emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil y No. 106-2015-MTC/12.07 emitido por la Direccion de Certificaciones y Autorizaciones de la Direccion General de Aeronautica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo No. 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley No. 30281, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil,

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