Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2015 (15/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Sábado 15 de agosto de 2015 /

El Peruano

5,826.44 (Cinco mil ochocientos veintiséis con 44/100 nuevos soles); asimismo, se ha previsto por concepto de viáticos la suma de S/. 8,500.00 (Ocho mil quinientos con 00/100 nuevos soles); Que, mediante los Memorandos de vistos, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto adjunta los Certificados de Crédito Presupuestario Nº 0000001323 y Nº 0000001333, que otorgan el marco presupuestal requerido para sufragar los gastos de pasajes aéreos y viáticos del citado representante de la ONPE; Que, el literal c) del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley General de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las previstas en los literales del citado numeral, para el caso de organismos constitucionalmente autónomos, serán autorizados por resolución del Titular de la Entidad; Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, precisa que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad; Que, en ese sentido, en este evento participarán más de 350 delegados de todo el mundo, la asistencia a ésta Conferencia Mundial nos permitirá conocer y analizar aspectos fundamentales relativos a la integridad e implicancias que debe tener todo proceso eleccionario, con lo cual se busca propiciar el intercambio de experiencias y conocimientos entre los miembros de la Asociación, pero sobre todo mejoras sustanciales dentro de la administración electoral; Que, los temas a tratar en la Conferencia Mundial serán: La Arquitectura Electoral, Financiamiento de los partidos políticos, los medios de comunicación social su responsabilidad y presencia en los procesos electorales y debate sobre la revolución tecnológica y su impacto en los procesos electorales, entre otros, lo cual permitirá la puesta en conocimiento del contenido de otras culturas en materia electoral y ordenamiento jurídico-electorales, además de abordar sobre la administración de los procesos electorales y la integridad de las elecciones, lo que incluirá la sociabilización de experiencias y conocimiento en la materia desde el punto de vista de las mejores prácticas y el aprendizaje de situaciones presentadas en cada uno de los países miembros que participen, constituyéndose en interés institucional por ser la entidad máxima en la organización y ejecución de los procesos electorales; Que, de acuerdo a lo señalado en el considerando precedente, resulta de interés institucional participar y conocer experiencias similares, como es el caso del evento precitado para evaluar su posible aplicación en nuestro país; Que, el artículo 58º del Reglamento Interno de Trabajo de la ONPE establece que la comisión de servicios consiste en el desplazamiento temporal del personal fuera de la sede habitual de labores, para realizar funciones según su nivel y directamente relacionadas con los objetivos de la Entidad, disponiendo además que las comisiones de servicio al exterior, serán aprobadas por Resolución Jefatural, quedando el trabajador obligado a presentar un informe escrito sobre el cumplimiento de su labor al funcionario que autorizó dicha comisión con copia a la Gerencia Corporativa de Potencial Humano; Que, en consecuencia, corresponde emitir la Resolución Jefatural que autorice el viaje al exterior, en Comisión de Servicios del funcionario de la Entidad antes mencionado; De conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el literal s) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado con Resolución Jefatural Nº 063-2014J/ONPE y modificado por las Resoluciones Jefaturales Nº 216-2014-J/ONPE y Nº 0122-2015-J/ONPE; y estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificatoria; Con el visado de la Secretaría General, de las Gerencias de Asesoría Jurídica, de Planeamiento y Presupuesto, de Administración y Corporativa de Potencial Humano;

SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en Comisión de servicios del señor GILBERT FERNANDO VALLEJOS AGREDA Gerente de Planeamiento y Presupuesto y Gerente General (e) a la República Dominicana, del 17 al 22 de agosto de 2015, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos por la Oficina Nacional de Procesos Electorales a razón de S/. 5,826.44 (Cinco mil ochocientos veintiséis con 44/100 nuevos soles) por concepto de pasajes y la suma de S/. 8,500.00 (Ocho mil quinientos con 00/100 nuevos soles) por concepto de viáticos del 17 al 22 de agosto de 2015. Artículo Tercero.- Precisar que la presente resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario designado en comisión de servicios deberá presentar al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo Quinto.- Encargar el despacho de la Gerencia General al señor FRANCISCO RICARDO MIGUEL RÍOS VILLACORTA Gerente de Gestión de la Calidad, a partir del 17 de agosto de 2015. Artículo Sexto.- Encargar el despacho de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto al señor PEDRO MARTÍN CHUMPITAZ DÍAZ Sub Gerente de Planeamiento, a partir del 17 de agosto de 2015 y mientras dure la ausencia de su titular. Artículo Sétimo.- Poner en conocimiento de la Gerencia Corporativa de Potencial Humano el contenido de la presente resolución, para los fines pertinentes. Artículo Octavo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal Institucional www.onpe.gob.pe dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. GILBERT FERNANDO VALLEJOS AGREDA Jefe (e) Oficina Nacional de Procesos Electorales 1274344-1

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RESOLUCIÓN SBS Nº 4483-2015 Lima, 4 de agosto de 2015 EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE REGISTROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa PACIFIC INTERNATIONAL REINSURANCE BROKERS S.A con Registro N° CR-007, representada por la señora Liliana Norma Esperanza Anduaga Merino, para que se le autorice la modificación parcial de su Estatuto Social; CONSIDERANDO: Que, en Junta General de accionistas del 26 de mayo de 2015 y en su apertura de fecha 18 de junio de 2015, se

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