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559891 NORMAS LEGALES Domingo 23 de agosto de 2015 El Peruano / Resolución de Superintendencia N° 045-2013-SUNASA/ CD de fecha 10 de abril de 2013; Que, el artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, antes citado, defi ne a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) como aquellas entidades o empresas públicas, privadas o mixtas, creadas o por crearse, que reciban, capten y/o gestionen fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad. Asimismo, señala que el registro en SUSALUD es requisito indispensable para la oferta de las coberturas antes señaladas; adicionalmente, el referido artículo 7° establece que son IAFAS, el Seguro Integral de Salud (SIS), Seguro Social de Salud (EsSalud), Fondo Intangible Solidario de Salud (FISSAL), Fondo de Aseguramiento en Salud de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, Entidades Prestadoras de Salud (EPS), Empresas de Seguros contempladas en los numerales 1, 2 y 3 del inciso d) del artículo 16° de la Ley N° 26702, que oferten cobertura de riesgos de salud de modo exclusivo o en adición a otro tipo de coberturas, Asociaciones de Fondos Regionales y Provinciales Contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT), Entidades de Salud que ofrecen servicios de salud prepagadas, Autoseguros y Fondos de salud, que gestionen fondos para la cobertura de salud de modo exclusivo o en adición a otro tipo de coberturas y otras modalidades de aseguramiento público, privado o mixto distintas de las señaladas anteriormente; Que, en este marco normativo y estando al Informe N° 00321-2015/INA, resulta necesario actualizar la citada Resolución N° 161-2011-SUNASA/CD de fecha 20 de diciembre de 2011 y sus modifi catorias e incorporar al Reglamento, disposiciones referidas a la regulación de los requisitos y procedimientos para la Autorización de Funcionamiento y la operatividad de las IAFAS; así como los requisitos y el procedimiento para la Baja de Registro de las IAFAS a solicitud de parte y de ofi cio; Que, en atención a ello, la Intendencia de Normas y Autorizaciones ha desarrollado un proyecto normativo que modifi ca el Reglamento, con el objeto de actualizar la regulación aplicable a las IAFAS a que se refi ere el artículo 7 del acotado Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344; Que, tratándose de una norma general corresponde su publicación, de acuerdo al artículo 14° del Reglamento que Establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que establece que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario Ofi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días anteriores a la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 23° del Decreto Legislativo N° 1158, en concordancia con los literales f) y t) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de SUSALUD, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2014-SA, corresponde al Superintendente aprobar las normas de carácter general de SUSALUD y expedir Resoluciones en cumplimiento de los acuerdos del Consejo Directivo, así como las que correspondan al ámbito de sus funciones y las que se establezcan por norma legal; Con los vistos del Superintendente Adjunto de Regulación y Fiscalización, del Intendente de la Intendencia de Normas y Autorizaciones, y de la Encargado de las funciones de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, Estando a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1158, en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA. SE RESUELVE: Artículo 1°.- DISPONER la publicación del proyecto de norma que aprueba las modifi caciones al “Reglamento de Autorización de Organización, Funcionamiento y Registro de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS”, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 161-2011-SUNASA/ CD y modifi catorias, en la dirección electrónica: http:// www.susalud.gob.pe, a efectos de recibir los comentarios y sugerencias de los agentes usuarios y del público en general, durante el plazo de treinta (30) días calendario a partir de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Los comentarios, sugerencias y aportes deberán ser enviados al siguiente correo electrónico: proyectodenormas@susalud.gob.pe, a cargo del Abogado Richard Mark Sin Porlles. Artículo 2°.- ENCARGAR a la Ofi cina de Comunicación Corporativa la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; y a la Intendencia de Normas y Autorizaciones la publicación de la indicada Resolución, así como del proyecto de norma que aprueba las modifi caciones al “Reglamento de Autorización de Organización, Funcionamiento y Registro de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS” en la página web de SUSALUD (www.susalud.gob.pe). Artículo 3°.- ENCARGAR a la Intendencia de Normas y Autorizaciones la recepción, procesamiento y sistematización de los comentarios y sugerencias que se presenten, a fi n de evaluar y efectuar los ajustes correspondientes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Superintendente 1277479-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Autorizan viaje a Guatemala de magistrados y funcionario de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, en comisión de servicios RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 058-2015-P-CE-PJ Lima, 20 de agosto de 2015 VISTO: El Ofi cio Nº 2172-2015-CIJ-PJ, cursado por el Director del Centro de Investigaciones Judiciales del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero.- Que mediante Ofi cio N° 2428-2015-P-CSJLIMASUR/PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur solicita que se evalúe y remita al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la solicitud para llevar a cabo una pasantía de jueces y personal jurisdiccional del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur al Poder Judicial de Guatemala, conforme lo establecido en el Plan de Capacitación 2015 remitido por el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal. Segundo.- Que la mencionada pasantía programada del 24 al 28 de agosto del año en curso, cuenta con la opinión favorable del Centro de Investigaciones Judiciales; informándose que los participantes cubrirán una parte del concepto de viáticos, correspondiendo al Poder Judicial sufragar los gastos de pasajes aéreos y viáticos parciales. Tercero.- Que la referida actividad constituye un interés institucional, por lo que su autorización resulta pertinente; con la participación de jueces y funcionario de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur propuestos, con la fi nalidad de fortalecer las habilidades y destrezas de los operadores de justicia que vienen aplicando el nuevo modelo procesal penal.