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567872 NORMAS LEGALES Viernes 4 de diciembre de 2015 / El Peruano Que, el artículo tercero de la Resolución Administrativa acotada, establece que la Presidencia de esta Corte Superior, como parte de las acciones de administración interna, dispondrá que el Segundo Juzgado de Familia del Callao, redistribuya al Juzgado de Familia Transitorio del Callao, una cantidad máxima de 700 expedientes en trámite, teniendo como criterio de distribución la antigüedad de los mismos; y también aquellos expedientes en los que no se haya fijado fecha para la vista de la causa. Que, al respecto, según el Informe de Vistos elaborado por el Área de Estadísticas, el Segundo Juzgado Especializado en Familia del Callao, tiene al mes de noviembre del presente año, la cantidad de 1011 expedientes en trámite, registrando un promedio de 92 ingresos mensuales. Asimismo, el Juzgado de Familia Transitorio registra al mes de noviembre del año en curso una carga procesal de 314 expedientes en trámite. Que, en ese orden de ideas, y a fin de equiparar la carga procesal entre ambos Juzgados Especializados en Familia, no resultaría apropiado disponer la remisión de 700 expedientes del Juzgado de Familia Permanente al Juzgado Transitorio de Familia, toda vez que aquél se quedaría sin carga procesal suficiente en trámite para alcanzar los estándares de producción, siendo por ello conveniente que la redistribución deba hacerse en dos etapas hasta llegar al máximo (700 expedientes), considerando en una primera etapa, redistribuir una cantidad razonable de 350 expedientes en trámite. En tal sentido, y en mérito a lo establecido por el máximo Órgano de Gobierno del Poder Judicial en la Resolución Administrativa antes acotada, corresponde a este Despacho disponer las acciones administrativas correspondientes. En consecuencia, en uso de las atribuciones conferidas a los Presidentes de Corte en los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que, el Segundo Juzgado Especializado en Familia del Callao, remita al Juzgado de Familia Transitorio del Callao, la cantidad de (350) TRESCIENTOS CINCUENTA expedientes, teniendo como criterio el orden de antigüedad y que se encuentren en trámite hasta el 31 de octubre de 2015; y, de ser el caso otros expedientes antiguos en los que no se haya fi jado fecha para la vista de causa, bajo responsabilidad. Artículo Segundo.- DISPONER que el proceso de redistribución de los expedientes señalados en el artículo precedente, se iniciará al día siguiente de publicada la presente resolución; para tal efecto el Área de Informática de esta Corte Superior de Justicia, habilitará la opción correspondiente en el Sistema Integrado Judicial de Expedientes-SIJ, al personal del Segundo Juzgado Especializado en Familia del Callao, para el proceso de redistribución señalado. Artículo Tercero.- DISPONER que la Administración del Módulo de los Juzgados de Familia, brinde el apoyo necesario para la redistribución y traslado de los expedientes al Juzgado de Familia Transitorio del Callao. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Gerencia de Administración provea de los servicios y personal necesario para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Quinto.- DISPONER que la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao- ODECMA, supervise el estricto cumplimiento de la presente resolución. Artículo Sexto.- PÓNGASE la Presente Resolución en conocimiento de la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, de la Ofi cina de Imagen Institucional, de la Gerencia de Administración Distrital, y de los Juzgados de Familia correspondientes, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. CÉSAR HINOSTROZA PARIACHI Presidente 1319311-1 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Ponen en circulación monedas de plata de la X Serie Iberoamericana denominada “Raíces Culturales” CIRCULAR Nº 044-2015-BCRP CONSIDERANDO QUE: El Directorio del Banco Central de Reserva del Perú, de conformidad con lo establecido en el artículo 44 de su Ley Orgánica, aprobó la adhesión a la emisión de monedas de plata de curso legal de la X Serie Iberoamericana denominada “Raíces Culturales”, en la que participan Argentina, Cuba, Ecuador, España, Guatemala, Nicaragua, Paraguay, Perú y Portugal. SE RESUELVE: Artículo 1. Poner en circulación, a partir del 4 de diciembre de 2015, monedas de plata de la X Serie Iberoamericana denominada “Raíces Culturales”. Las características de las monedas son: Valor nominal : S/. 1,00 Aleación : Plata 0,925 Peso fi no : 12,49 g Diámetro : 33,00 mm Calidad : Proof Canto : Estriado Año de acuñación : 2015 Acuñación máxima : 10 000 monedas En el anverso de la moneda se observa una composición de los balcones del Palacio de Torre Tagle, Machu Picchu y una alegoría de un hombre de la Cultura Moche sobre un caballito de totora en faena de pesca. En la parte superior, completa el diseño un Tumi de Oro y el título de la serie RAÍCES CULTURALES. En el reverso, fi gura en el centro el Escudo de Armas del Perú rodeado de la leyenda BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ, la denominación en letras UN NUEVO SOL y el año de acuñación, todo ello rodeado de los escudos de los países participantes en la X Serie. Artículo 2. Estas monedas son de curso legal. Artículo 3. El precio de venta de la moneda se difunde en el portal del Banco (https://tiendavirtual.bcrp.gob.pe/ tiendabcrp/). Lima, 1 de diciembre de 2015 RENZO ROSSINI MIÑÁN Gerente General 1319316-1 CONTRALORIA GENERAL Dan por concluida designación y designan Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Ventanilla RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 352-2015-CG Lima, 3 de diciembre de 2015 VISTO; la Hoja Informativa N° 00031-2015-CG/GPO, emitida por la Gerencia de Planeamiento Operativo y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional