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568147 NORMAS LEGALES Lunes 7 de diciembre de 2015 El Peruano / en los programas sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS”; Que, conforme a lo establecido en el numeral 8.2 de la referida Directiva, el censo del diagnóstico de conocimientos de los operadores del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social que laboran en los programas sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social se realiza en dos etapas: a) Censo de Colaboradores; y, b) Diagnóstico; Que, asimismo, según el numeral 8.2 de la mencionada Directiva, el censo de colaboradores del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social que laboran en los programas sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social se realizará hasta el 04 de diciembre de 2015; Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, órgano encargado de la gestión de los subsistemas de desarrollo de capacidades y gestión del rendimiento, en coordinación con el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y el Ministerio de Cultura, propone la ampliación del plazo para el censo de colaboradores hasta el 10 de diciembre de 2015, para permitir la mayor participación de operadores; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1023 y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aprobado con Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ampliar la fecha para el censo de colaboradores del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social que laboran en los programas sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, hasta el 10 de diciembre de 2015. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1320184-1 CONSEJO SUPERIOR DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACION, ACREDITACION Y CERTIFICACION DE LA CALIDAD EDUCATIVA Oficializan acuerdo mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Psicología de la Universidad Católica San Pablo RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 149-2015-SINEACE/CDAH-P Lima, 4 de diciembre de 2015 VISTO: El Ofi cio N° 363-2015-SINEACE/ST-DEA- ESU, del 28 de agosto 2015, emitido por la Dirección de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del SINEACE, establece como fi nalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa, garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de califi cación profesional y desarrollo laboral; Que, asimismo el artículo 11º de la Ley antes mencionada, precisa que la acreditación es el reconocimiento público y temporal de la institución educativa, área, programa o carrera profesional que voluntariamente ha participado en un proceso de evaluación de su gestión pedagógica, institucional y administrativa; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certifi cación de la Calidad Educativa – SINEACE y deroga el Capítulo II del Título I, a excepción del numeral 8.3 del artículo 8, y los Títulos II, III, IV y V de la Ley N° 28740; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por la norma invocada precedentemente, el Ministerio de Educación mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, constituyó el Consejo Directivo Ad Hoc, integrado por la presidenta del COSUSINEACE, quien lo preside, un representante del Ministerio de Educación y la presidenta del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, cuyo objetivo es ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo, hasta la aprobación de la reorganización del SINEACE; Que, mediante Informe N° AC-044-2015-SINEACE/ ST-DEA-ESU, de fecha 28 de agosto 2015, el Director de Evaluación y Acreditación de Educación Superior Universitaria, considerando la información de la entidad evaluadora SGS Certifi cadora de Educación SAC y el Informe N° AC-008-2015-SINEACE/ST-DEA-ESU/ Observador, de fecha 18 de junio 2015, emite opinión favorable respecto al otorgamiento de la acreditación a la carrera de Psicología de la Universidad Católica San Pablo, con una vigencia de tres (03) años; Que, en atención a los informes antes indicados y en ejercicio de las facultades otorgadas, el Consejo Directivo Ad Hoc, en sesión de fecha 18 de noviembre 2015, arribó al Acuerdo N° 169-2015-CDAH, mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Psicología de la Universidad Católica San Pablo, con una vigencia de tres (03) años; De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – SINEACE, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley N° 30220, Ley Universitaria y la Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ofi cializar el Acuerdo Nº 169-2015- CDAH, de sesión de fecha 18 de noviembre de 2015 del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se otorgó la acreditación a la carrera de Psicología de la Universidad Católica San Pablo, con una vigencia de tres (03) años, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal Web del SINEACE. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEREGRINA MORGAN LORA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc SINEACE 1319707-1