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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2015 (07/12/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 24

568134 NORMAS LEGALES Lunes 7 de diciembre de 2015 / El Peruano de la Nación por el monto del valor de la tasación a favor del sujeto pasivo; d) La orden de inscribir el bien inmueble a favor del Benefi ciario ante el Registro de Predios de la Ofi cina Registral correspondiente de la Sunarp; y, e) La orden de notifi car al sujeto pasivo del bien inmueble a expropiarse, requiriéndole la desocupación y entrega del bien inmueble expropiado dentro de un plazo de treinta días hábiles siguientes de notifi cada la norma, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble materia de expropiación; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley, señala su aplicación inmediata a los procedimientos en trámite sobre Adquisición, Expropiación, Liberación de interferencias y transferencia de inmuebles de propiedad del Estado para la ejecución de obras de Infraestructura, y que los procedimientos se adecuarán en la etapa en que se encuentren; Que, la Dirección de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, mediante Ofi cio N° 333-2015/VIVIENDA–VMCS-DGPRCS-DC, remite al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional (en adelante, PROVIAS NACIONAL), entre otros, el Informe Técnico de Tasación en el que se determina el valor de la tasación correspondiente al área del inmueble, afectada por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Lima – Canta – La Viuda – Unish, Tramo: Lima – Canta (en adelante, la Obra) que forma parte de la Carretera Lima – Canta – Huayllay – Vicco – Emp. PE-3N (Shelby); consignándose como fecha del informe de tasación el 6 de marzo de 2015; Que, la Unidad Gerencial de Derecho de Vía de PROVIAS NACIONAL, mediante Memorándum N° 3784- 2015-MTC/20.15, hace suyo el Informe N° 091-2015/ VAM, a través del cual: i) detalla la identifi cación precisa del área afectada del inmueble con Código LCVY-002, los linderos, medidas perimétricas y el área total, de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal, ii) identifi ca al sujeto pasivo de la expropiación, iii) informa del rechazo de la oferta de trato directo, iv) determina los gastos tributarios, incluyendo el impuesto a la renta, y, v) señala que el presente procedimiento es uno de adecuación. Asimismo, adjunta el Certifi cado de Búsqueda Catastral expedido por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, así como la Certifi cación de Disponibilidad Presupuestal correspondiente; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL, mediante Informe N° 871-2015- MTC/20.3, indica que de conformidad con la Ley, y estando a lo opinado por la Unidad Gerencial de Derecho de Vía, es viable emitir el proyecto de Resolución Ministerial que apruebe la ejecución de la expropiación del área afectada por la ejecución de la Obra y el valor de la tasación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025 y el Decreto Supremo Nº 021- 2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble, afectada por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Lima – Canta – La Viuda – Unish, Tramo: Lima – Canta y el valor de la tasación de la misma, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la tasación a favor del sujeto pasivo de la expropiación, dentro de los cinco (5) días hábiles de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Benefi ciario Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notifi cada la consignación al sujeto pasivo, remita al Registro de Predios de la Ofi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192, a efectos de inscribir el área expropiada correspondiente al bien inmueble cuya Partida Registral se detalla en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Benefi ciario Disponer que la Ofi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del benefi ciario, el área expropiada del bien inmueble cuya partida registral se detalla en el Anexo que forma parte de la presente resolución, bajo responsabilidad y sanción de destitución; según lo previsto en el literal d) del numeral 28.1 del artículo 28 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192. Artículo 5.- Notifi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, notifi que la presente Resolución al sujeto pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada correspondiente al bien inmueble cuya Partida Registral se detalla en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles siguientes de notifi cada la presente Resolución, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área afectada materia de expropiación; según lo previsto en el literal e) del numeral 28.1 del artículo 28 de la citada Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA LIMA – CANTA – LA VIUDA – UNISH, TRAMO: LIMA – CANTA Y VALOR DE LA TASACIÓN No. SUJETO AC- TIVO / BENE- FICIARIO SUJETO PASIVO CÓDIGO: LCVY-002 ÁREA AFECTADA: 306.83 m2 AFECTACIÓN: Parcial del inmueble VALOR DE LA TASACIÓN (S/.) LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL AREA AFECTADA Por el Norte: Colinda con acequia, en linea quebra- VERTI- CES LADO DISTAN- CIA (m.) Datum WGS - 84 da de 02 tramos: A-B de 3.33 m. y B-C de 4.75 m. Este (X) Norte (Y) Por el Sur: Punto de intersección de linderos Este A A-B 3.33 296235.8327 8706337.8197 y Oeste. B B-C 4.75 296238.9964 8706338.8458