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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2015 (21/12/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 14

569224 NORMAS LEGALES Lunes 21 de diciembre de 2015 / El Peruano Que, asimismo, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas, proveniente de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma total de UN MIL NOVENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 1 098 840 086,00), a favor de los pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa, para el fi nanciamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial; De conformidad con lo establecido en la Quinta y la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y modifi catoria; DECRETA: Artículo 1.- Transferencia de saldos disponibles 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 hasta por la suma de UN MIL CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCO Y 00/100 SOLES (S/ 1 136 077 905,00), con cargo a los saldos disponibles según proyección al cierre del año fi scal 2015, en los presupuestos institucionales de los pliegos señalados en la parte considerativa de la presente norma, a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada al cumplimiento de la Quinta y la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 766 701 695,00 GASTOS DE CAPITAL 369 376 210,00 ----------------------- TOTAL : 1 136 077 905,00 ============= A LA: PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 1 136 077 905,00 ------------------------ TOTAL: 1 136 077 905,00 ============= 1.2 La relación de los pliegos habilitadores y los montos de transferencia por pliego y por genérica de gasto, se detalla en el Anexo “Transferencia de Partidas: Pliegos habilitadores”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Transferencia de Partidas 2.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de UN MIL NOVENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL OCHENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 1 098 840 086,00), destinada al fi nanciamiento del pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial, conforme al siguiente detalle: DE: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 1 098 840 086,00 ----------------------- TOTAL: 1 098 840 086,00 ============= A LA: SECCION PRIMERA :Gobierno Central PLIEGO 007 : Ministerio del Interior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.5 Otros Gastos 622 568 382,00 ----------------------- TOTAL PLIEGO 007: 622 568 382,00 ============= PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.5 Otros Gastos 476 271 704,00 ----------------------- TOTAL PLIEGO 026: 476 271 704,00 ============= TOTAL : 1 098 840 086,00 ============= Artículo 3.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 3.1 Los Titulares de los Pliegos habilitadores y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se refi eren los artículos 1 y 2 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 3.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 3.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 2 del presente Decreto Supremo,