Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2015 (21/12/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Lunes 21 de diciembre de 2015
GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales ACTIVIDAD

NORMAS LEGALES
141 439,00 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales ACTIVIDAD

569229
80 982,00

5000661 : Desarrollo de la Educación Laboral y Técnica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 498 365,00 TOTAL EGRESOS A LA: 14 908 023,00 En Soles 194 988,00

5000681 : Desarrollo del Ciclo Avanzado de la Educación Básica Alternativa 1 : Recursos Ordinarios 141 439,00

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales ACTIVIDAD

5000661 : Desarrollo de la Educación Laboral y Técnica 1 : Recursos Ordinarios 194 988,00

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas ACTIVIDAD 5003107 : Contratación oportuna y pago de personal de las Instituciones Educativas de II ciclo de Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales ACTIVIDAD 2 034 895,00

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales TOTAL EGRESOS

498 365,00 14 908 023,00

5003108 : Contratación oportuna y pago de personal de las Instituciones Educativas de Educación Primaria 1 : Recursos Ordinarios 8 919 442,00

1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego, se consignan en el Anexo "Transferencia para complementar el financiamiento de la implementación del literal a) de la Décima Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 29944", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www. minedu.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación.

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales ACTIVIDAD

5003109 : Contratación oportuna y pago de personal de las Instituciones Educativas de Educación Secundaria 1 : Recursos Ordinarios 2 916 245,00

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0106 : Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la Educación Básica y Técnico Productiva PRODUCTO 3000574 : Personas con discapacidad severa acceden a Instituciones Educativas públicas especializadas con condiciones para su atención 5004306 : Contratación oportuna y pago de personal para atención de Centros de Educación Básica Especial 1 : Recursos Ordinarios 121 667,00

ACTIVIDAD

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000683 : Desarrollo del Ciclo Intermedio de la Educación Básica Alternativa

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.