Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2015 (21/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Lunes 21 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

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no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Anexo El Anexo del presente Decreto Supremo, se publica en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 6.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de diciembre del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1325634-4

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 a favor de los gobiernos regionales, para financiar el otorgamiento del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar
DECRETO SUPREMO Nº 377-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 002-2014, se autorizó al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales a otorgar, de manera excepcional, un Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (BDE) como reconocimiento de la mejora del aprendizaje de los estudiantes de las instituciones educativas públicas durante el ejercicio anterior, a favor del personal directivo, jerárquico y docente, nombrado y/o contratado de las instituciones educativas públicas de educación básica regular con mejor desempeño; Que, mediante Decreto Supremo Nº 287-2014-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 203-2015-EF, se aprobó el monto del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (BDE) y se establecieron los criterios, requisitos y condiciones para su otorgamiento, así como otras disposiciones necesarias para su implementación, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 002-2014; Que, el numeral 21.1 del artículo 21 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, autoriza al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales a continuar otorgando, hasta el 31 de diciembre de 2016, el Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (BDE) autorizado por el numeral 10.1 del artículo 10 del Decreto de Urgencia Nº 002-2014; asimismo, el numeral 21.2 del citado artículo autoriza que para la aplicación de lo antes señalado, durante el año fiscal 2015, el Ministerio de Educación puede realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de los Gobiernos Regionales hasta por el monto de SETENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 75 000 000, 00), las cuales se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a propuesta de éste último; Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modificatorias,

establece, entre otros, que las entidades que tengan a su cargo programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, señalando que dichas transferencias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1176, Decreto Legislativo para promover, fomentar y agilizar la inversión pública, dispone, excepcionalmente, que en el caso de las transferencias a que se refiere el numeral 80.2 del artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el plazo establecido por dicho numeral no se aplica para el año fiscal 2015; Que, mediante Decreto Supremo Nº 316-2015EF, se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de CUARENTA Y CINCO MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES (S/ 45 309 550, 00) del pliego 010: Ministerio de Educación a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el pago del BDE al personal directivo, jerárquico y docente, nombrado y/o contratado de las instituciones educativas públicas de educación básica regular con mejor desempeño; Que, la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante los Informes Nºs 0048 y 0064-2015-MINEDU/SPE-OPEP-UFD, identifica un segundo grupo de instituciones educativas seleccionadas, el personal beneficiario para el otorgamiento del BDE y determina el monto a ser transferido a los pliegos Gobiernos Regionales en el año fiscal 2015, para el financiamiento del citado Bono señalando que, estos beneficiarios, no fueron considerados en el Decreto Supremo Nº 316-2015EF; asimismo, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, a través del Informe Nº 461-2015-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el costo del aludido Bono; en virtud de lo cual, a través del Oficio Nº 1985-2015-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, de acuerdo a la información registrada en el "Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público" y la base de datos remitida por el Ministerio de Educación, el monto a transferir a los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de OCHO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 8 973 273,00) para financiar el pago del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (BDE) al personal directivo, jerárquico y docente, nombrado y/o contratado de las instituciones educativas públicas de educación básica regular con mejor desempeño que no fue considerado en el Decreto Supremo Nº 316-2015-EF; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de OCHO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 8 973 273,00) del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para financiar el pago del Bono de Incentivo al Desempeño Escolar (BDE) al personal directivo, jerárquico y docente, nombrado y/o contratado de las instituciones educativas públicas de educación básica regular con mejor desempeño que no fue considerado en el Decreto Supremo Nº 316-2015-EF;

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