Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2015 (01/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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S.E. Nueva MORDAZA 500/220/138 kV S.E. Yungas 220 kV Seccionamiento de la LT Chaglla-Paragsha 220 kV en la SE Nueva MORDAZA Seccionamiento de la LT Tingo Maria-Vizcarra en la SE Nueva MORDAZA Proy. 3 Cambio de nivel de tension de la L.T. Chilca-La PlanicieCarabayllo y subestaciones asociadas, que comprende los siguientes sub proyectos: Reconfiguracion de la LT Chilca-La Planicie-Carabayllo de 2 circuitos 220 kV a un circuito de 500 kV y enlaces en 500 kV a las SSEE MORDAZA y Carabayllo MORDAZA transformador 500/220 kV-600MVA en la SE MORDAZA y ampliacion de barras 500 y 220 kV Ampliacion de barras 500 kV en SE Carabayllo Proy. 4 Nueva Subestacion La Planicie 500/220 kV, que comprende: Patio de 500 kV configuracion Interruptor y Medio. Autotransformador 500/220 kV de 600 MVA y enlace con patio de 220 kV la Planicie. Enlace con la LT Chilca-Carabayllo 500 kV Proy. 5 Proy. 6 Compensador Reactivo Variable (SVC o similar) +400/-100 MVAR en SE La Planicie 220 kV Repotenciacion a 1000 MVA de la L.T. Carabayllo-ChimboteTrujillo 500 kV, que comprende: Repotenciacion a 1000 MVA del tramo Carabayllo-Chimbote 500 kV con inclusion de compensacion capacitiva en serie Repotenciacion a 1000 MVA del tramo Chimbote-Trujillo 500 kV con inclusion de compensacion capacitiva en serie Proy. 7 Proy. 8 Proy. 9 Compensador Reactivo Variable (SVC o similar) +400/-150 MVAR en SE MORDAZA 500 kV Banco de Reactores de 100 MVAR-500 kV en SE La MORDAZA 500 kV L.T. MORDAZA -Azangaro 220 kV (1 circuito)

El Peruano Jueves 1 de enero de 2015

Articulo 6º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1183894-1

PRODUCE
Establecen temporada de pesca del recurso cangrejo de manglar de la Region Tumbes
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 445-2014-PRODUCE MORDAZA, 29 de diciembre de 2014 VISTOS: VISTOS: Los Oficios Nº 043-2013-IMP/LCT, Nº DEC-100-046-2014-PRODUCE/IMARPE y Nº DEC100-096-2014-PRODUCE/IMP del Instituto MORDAZA del Peru, el Informe Nº 291-2014-PRODUCE/DGP-Diropa de la Direccion General de Politicas y Desarrollo Pesquero y el Informe Nº 40-2014-PRODUCE/OGAJ-cmoulet de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 2 del Decreto Ley 25977, Ley General de Pesca, establece que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, la citada Ley en su articulo 9 dispone que el Ministerio de la Produccion sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, determina, segun el MORDAZA de pesquerias, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisibles, las temporadas y zonas de pesca, la regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, las tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; asimismo, establece que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de caracter general dicta el Ministerio; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 19 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, preve que corresponde al Ministerio de la Produccion establecer mediante Resolucion Ministerial, previo informe del Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE), los periodos de MORDAZA o suspension de la actividad extractiva de determinada pesqueria en el dominio maritimo, en forma total o parcial, con la finalidad de garantizar el desove, evitar la captura de ejemplares, en tallas menores a las permitidas, preservar y proteger el desarrollo de la biomasa, entre otros criterios; Que, el Instituto MORDAZA del Peru (IMARPE) mediante los Oficios de la referencia, remite los siguientes Informes Tecnicos: a) Situacion Actual del Cangrejo de Manglar (Ucide occidentalis) en la Region Tumbes y Perfeccionamiento de la O.R. Nº 007-2003-GRTUMBES, b) Estimacion de la Talla Minima de Extraccion de Cangrejo de Manglar (Ucides occidentalis) en la Region Tumbes; y, c) Determinacion de los Periodos de MORDAZA del Cangrejo de Manglar (Ucide occidentalis) en la Region Tumbes; Que, de los Informes Tecnicos citados en el considerando precedente se advierte las siguientes indicaciones: a) Durante el periodo 2003 al 2013 se evaluo el comportamiento reproductivo del recurso Cangrejo de Manglar (Ucides occidentalis), observandose

Proy. 10 Repotenciacion a 250 MVA L.T. Chiclayo-Carhuaquero 220 kV Proy. 11 Repotenciacion a 250 MVA L.T. Oroya-Carhuamayo 220 kV Proy. 12 Repotenciacion a 250 MVA L.T. Mantaro-Huancavelica Proy. 13 Seccionamiento de la L.T. Piura-Chiclayo 220 kV y enlace con la SE La MORDAZA 220 kV Proy. 14 L.T. Aguaytia-Pucallpa 138 kV (segundo circuito) Proy. 15 Banco de condensadores de 20 MVAR-60 kV en SE Zorritos

Los Proyectos MORDAZA indicados, cumplen con lo establecido en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Eficiente de la Generacion Electrica; el Reglamento de Transmision aprobado por el Decreto Supremo N° 027-2007-EM; y la Resolucion Ministerial N° 129-2009-MEM/DM que aprueba los Criterios y Metodologia para la elaboracion del Plan de Transmision. Asi mismo, es preciso indicar que los proyectos vinculantes citados en la Resolucion Ministerial N° 583-2012-MEM/ DM se mantienen vigentes. Articulo 3°.- Publiquese en el MORDAZA de Internet del Ministerio, los informes y calculos de sustento del Plan de Transmision aprobado mediante la presente Resolucion. Articulo 4°.- Publiquese en el Diario Oficial El Peruano la "Evaluacion de Propuesta de Actualizacion de Plan Transmision 2015-2024" contenido en el informe N° 0292014-MEM/DGE. Articulo 5°.- Los Agentes interesados en construir y operar las instalaciones comprendidas entre los Proyectos Vinculantes del Plan de Transmision 2015 2024, contaran con un plazo no prorrogable de treinta (30) dias calendario para manifestar su interes en construir y operar dichas instalaciones, para lo cual deberan sujetarse a lo establecido en el articulo 4° del Reglamento de Transmision.

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