Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2015 (01/01/2015)


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Humanos, mediante el Comite de Procesos de Seleccion ­ CAS. La suscripcion del contrato es realizada por cada unidad ejecutora. Igualmente, autoriza las renovaciones de los contratos sujetos al Regimen de Contratacion Administrativa de Servicios ­ CAS. Articulo 2.- Delegacion de facultades al Jefe de la Oficina General de Administracion Delegar al Jefe de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, respecto de la Unidad Ejecutora 001, para el presente Ejercicio Fiscal 2015, las siguientes facultades y atribuciones: a) Supervisar y controlar la correcta implementacion de las medidas de disciplina fiscal, racionalidad y austeridad del gasto publico a ser ejecutadas por la entidad, normadas para el Ejercicio Fiscal 2015contenidas en la Ley Nº 30281, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 y demas normas complementarias vinculadas a la materia; b) Aprobar las modificaciones al Plan Anual de Contrataciones correspondiente al Ejercicio Fiscal 2015, dentro de los parametros regulados en el ordenamiento juridico; c) Aprobar los expedientes de contratacion publica, a excepcion de los procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, cuyos expedientes seran aprobados por el funcionario a cargo de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares; d) Aprobar las bases de los procesos de seleccion y los resumenes ejecutivos, incluyendo las provenientes de exoneraciones; e) Disponer la cancelacion parcial o total de los procesos de seleccion, por causal debidamente motivada y bajo los lineamientos dispuestos en el Decreto Legislativo Nº 1017 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificatorias, previo informe favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; f) Disponer la ejecucion de prestaciones adicionales o la reduccion de las mismas, asi como las ampliaciones de plazos, respecto de los contratos administrativos suscritos por la entidad, de conformidad con los parametros dispuestos en la normativa sobre la materia; g) La suscripcion de los contratos con los postores beneficiados con el otorgamiento de la buena pro, como las modificaciones posteriores que se incluyeran a estos, asi como disponer la resolucion de los mismos por las causales reguladas en la normatividad sobre la materia, con excepcion de la suscripcion de los contratos que son de competencia del Jefe de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, aludidos en el articulo 38 inciso c) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; h) La suscripcion de convenios y/o contratos con entidades publicas destinados al uso y/o disfrute total o parcial de muebles o inmuebles de propiedad del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo o bajo administracion estatal, la que debera regirse bajo los parametros dispuestos en la normatividad de la materia; i) Conducir el MORDAZA de concesion del Comedor Institucional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, asi como la suscripcion del contrato correspondiente. Para estos efectos la Oficina General de Administracion debera realizar las coordinaciones que correspondan con la Oficina General de Recursos Humanos; j) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los comites especiales de los procesos de seleccion dentro de los parametros establecidos en el ordenamiento juridico; k) Suscribir los convenios interinstitucionales con entidades publicas y/o privadas que involucren las funciones de la Oficina General de Administracion, las que deberan cenirse a las disposiciones normativas vinculadas al Ejercicio Presupuestal 2015, con excepcion de lo dispuesto en el literal n) del numeral 1.1 del articulo 1 de la presente resolucion; l) Aprobar el reconocimiento de creditos devengados; m) Aprobar el expediente de contratacion y las bases administrativas cuando el Ministerio de Trabajo y

El Peruano Jueves 1 de enero de 2015

Promocion del Empleo actue en compras corporativas facultativas como entidad encargada; n) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sancion y actos vinculados a los procesos de adquisicion y contratacion, que tengan que realizarse ante el OSCE y el Tribunal de Contrataciones del Estado, asi como gestionar las publicaciones que tengan que realizarse por mandato legal y los pedidos de informacion y consulta que resulten necesarios realizar ante otras entidades, vinculados a la tematica de las contrataciones estatales; o) Representar al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, en su calidad de administrado, ante cualquier MORDAZA de autoridades y dependencias publicas, asi como para iniciar y proseguir acciones legales o procedimientos administrativos, como parte o tercero con legitimo interes; formular peticiones, solicitudes, desistirse, participar, interponer quejas, intervenir en las audiencias, e interponer recursos impugnativos o pedidos de nulidad. Esta facultad no es extensible para los supuestos que son de competencia exclusiva de la Procuraduria Publica del ramo, regulados en el Decreto Legislativo Nº 1068, Legislativo del Sistema de Defensa Juridica del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0172008-JUS; Para el caso de representacion ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria ­ SUNAT, se hace extensiva dicha atribucion, en su nivel y competencia, al Jefe de la Oficina de Finanzas, al Jefe de la Unidad de Contabilidad y al Jefe de la Unidad de Tesoreria; p) La facultad para regular para tramitar y expedir los actos destinados o vinculados a la administracion, disposicion, adquisicion, transferencia, donacion, registro y supervision de los bienes, con excepcion de la donaciones o aceptacion de donaciones de bienes inmuebles, de acuerdo a la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; y, q) Aprobar los castigos directos e indirectos de las cuentas de cobranza dudosa, prescritos en el Instructivo Nº 3 "Provision y Castos de las Cuentas Incobrables" aprobado mediante Resolucion de Contaduria Nº 067-97EF/93.01, modificado por Resolucion Directoral Nº 0112009-EF/93-01. Articulo 3.- Delegacion de facultades al Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos Delegar al Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, para el presente Ejercicio Fiscal 2015, respecto de la Unidad Ejecutora 001, las siguientes facultades y atribuciones: a) Tramitar, autorizar y resolver acciones del personal respecto a las asignaciones, ceses, rotaciones, encargo de funciones y puestos, reconocimiento de remuneraciones, destaques, renovaciones de contratos, y todos aquellos actos o actuaciones que MORDAZA necesarias para una adecuada conduccion y direccion del personal, adscritos al regimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, hasta el Nivel F-2, del Decreto Legislativo Nº 728 y el Regimen de Contratacion Administrativa -CAS; b) Suscribir los convenios interinstitucionales con entidades Publicas y/o Privadas que involucren las funciones de la Oficina General de Recursos Humanos, las que deberan cenirse a las disposiciones normativas vinculadas al Presupuesto Publico para el Ano Fiscal 2015; c) Elevar los recursos de apelacion interpuestos con las resoluciones de sancion impuestas por los organos de sancion de la entidad ante el Tribunal del Servicio Civil, previa verificacion de los requisitos de admisibilidad exigidos en el Decreto Supremo Nº 008-2010-PCM, y su modificatoria, Decreto Supremo Nº 135-2013-PCM; y, d) Ejecutar las resoluciones del Tribunal del Servicio Civil. Articulo 4.- De la observancia de los requisitos legales La presente delegacion de facultades, comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no

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