Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2015 (01/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Jueves 1 de enero de 2015

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desarrollo, promocion y demostracion de la calidad", y se estructura sobre la base de cuatro ejes de politica: (i) fortalecimiento institucional, (ii) cultura para la calidad, (iii) servicios vinculados con la infraestructura de la calidad y (iv) produccion y comercializacion de bienes y/o servicios con calidad; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 024-2014-TR de fecha 10 de febrero de 2014, se constituye el Comite de Gestion de la Calidad en el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, encargado de implementar el Sistema de Gestion de la Calidad en el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, asi como de monitorear su adecuado funcionamiento a fin de lograr la mejora en la calidad de los servicios que esta entidad presta a los ciudadanos; ejerciendo entre otras funciones, la de aprobar la Politica de la Calidad y los objetivos de calidad y velar por su cumplimiento; Que, la Oficina de Organizacion y Modernizacion de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe Tecnico Nº 021-2014-MTPE/4/9.3, emite opinion tecnica favorable, informando que la Politica Nacional para la Calidad aprobada por Decreto Supremo Nº 046-2014-PCM promueve una cultura para la calidad en las empresas, los ciudadanos y el estado, que incentive la demanda de bienes y/o servicios de calidad a nivel nacional, entre otros aspectos, motivo por el cual la propuesta de Politica de Calidad del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo se encuentra acorde a la Politica Nacional para la Calidad, asi como a los requisitos senalados en el numeral 4.2 de la MORDAZA Tecnica Internacional ISO 9001:2008, adaptada en el ano 2009 por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI mediante la MORDAZA Tecnica Peruana 9001:2009 (NTP 9001:2009) el cual forma parte de la documentacion que debe contener el Sistema de Gestion de la Calidad en el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, asimismo, informa que la propuesta de Politica de la Calidad del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, se encuentra enmarcada en las areas programaticas de accion, por ello acoge la vision, mision y objetivos estrategicos indicados en los documentos de planeamiento estrategico del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo (PESEM, POI, PEI y los Lineamientos de Politica Sociolaboral 2012-2016 del Sector Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 227-2012-TR) siendo necesaria su aprobacion; Que, en ese contexto, el Comite del Gestion de la Calidad mediante Acta Nº 08-2014 de fecha de 17 de diciembre del 2014, aprueba las propuestas de Politica de la Calidad y del Manual de Gestion de la Calidad del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, las que incluyen aspectos referidos a la Carta Iberoamericana de Calidad en la Gestion Publica, a la Politica Nacional para la Calidad aprobada por Decreto Supremo Nº 046-2014PCM, asi como a la MORDAZA Tecnica Peruana 9001:2009 que aprueba los requisitos para la implementacion del Sistema de Gestion de la Calidad; Que, en ese sentido resulta necesario aprobar la Politica de la Calidad del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, la cual cuenta con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de conformidad con el inciso h) del articulo 26 del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; Que, en merito a las consideraciones expuestas y los antecedentes que acompanan a la presente, la Oficina General de Asesoria Juridica opina mediante Informe Nº 1648-2014-MTPE/4/8 sobre la procedencia de la emision del acto de administracion solicitado; Con las visaciones de los Despachos Viceministeriales de Trabajo y de Promocion del Empleo y Capacitacion Laboral, de Secretaria General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y el Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2014-TR;

exime de la obligacion de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Articulo 5.- De las Unidades Ejecutoras Los funcionarios a cargo de las Unidades Ejecutoras que pertenecen al Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, o responsables de estas, en calidad de maximas autoridades administrativas de estas unidades ejecutoras ejercen al interior de ellas, para todos los efectos vinculados a las contrataciones estatales, las competencias y atribuciones establecidas en la normativa sobre la materia cuando esta lo refiera. Conforme al articulo 6 de la Resolucion Ministerial Nº 250-2014-TR, las Unidades Ejecutoras 002: Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jovenes a la Obra" y 005: Programa para la Generacion de Empleo Social Inclusivo "Trabaja Peru" son entidades MORDAZA B, debiendo realizar todos los procedimiento, actos y acciones de personal y sus correspondientes instrumentos de gestion de forma autonoma; con excepcion de lo dispuesto en el inciso c) del numeral 1.3 del articulo 1 de la presente resolucion. Articulo 6.- De la vigencia Las delegaciones autorizadas mediante la presente resolucion tendran vigencia durante el Ejercicio Fiscal 2015. Registrese, comuniquese y publiquese. FREDY OTAROLA PENARANDA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 1183957-2

Aprueban la Politica de la Calidad del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 279-2014-TR MORDAZA, 31 de diciembre de 2014 VISTOS: El Acta Nº 08-2014 del Comite de Gestion de la Calidad del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, el Memorandum Nº 1284-2014-MTPE/4.9 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Tecnico Nº 021-2014-MTPE/4./9.3 de la Oficina de Organizacion y Modernizacion y el Informe Nº 1648-2014MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, declara al Estado peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano; Que, mediante Decreto Supremo Nº 109-2012-PCM se aprueba la Estrategia para la Modernizacion de la Gestion Publica para el periodo 2012-2016, que contiene acciones e instrumentos de mediano y corto plazo para mejorar y reformar el Sistema de Modernizacion del Estado previsto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-2014-PCM se aprueba la Politica Nacional para la Calidad, como una Politica del Estado que comprende a todos los niveles de gobierno y actores publicos y privados, y se presenta como una herramienta de politica publica fundamental para guiar de manera MORDAZA y con vision de largo plazo la implementacion, desarrollo y gestion de la infraestructura de la calidad en el Peru; Que, dicha politica tiene como objetivo general el de "contribuir a la mejora de la competitividad de la produccion y comercializacion de bienes y/o servicios, coadyuvando a que las personas tengan una mejor calidad de MORDAZA y al desarrollo sostenible, a traves de la orientacion y articulacion de acciones vinculadas al

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