Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2015 (06/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano Martes 6 de enero de 2015

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ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Aprueban Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis Areas Geograficas, correspondientes al mes de diciembre de 2014
RESOLUCION JEFATURAL Nº 001-2015-INEI MORDAZA, 5 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en la Novena Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Ley 25862, de 18.11.92, se declara en desactivacion y disolucion al Consejo de Reajuste de Precios de la Construccion; Que, asimismo la Undecima Disposicion Complementaria y Transitoria del referido Decreto Ley, dispone transferir al Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) las funciones de elaboracion de los Indices de los elementos que determinen el costo de las Obras; Que, con el objeto de facilitar su cumplimiento, se considera necesaria la publicacion de aquellos Indices que a la fecha cuentan con la informacion requerida; Que, la Direccion Tecnica de Indicadores Economicos ha elaborado el Informe Nº 01-12-2014/ DTIE, referido a los Indices Unificados de Precios de la Construccion, para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de diciembre de 2014, el mismo que cuenta con la conformidad de la Comision Tecnica para la aprobacion de los Indices Unificados de Precios de la Construccion; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar los Indices Unificados de Precios de la Construccion para las seis (6) Areas Geograficas, correspondientes al mes de diciembre de 2014, que a la fecha cuentan con la informacion requerida, tal como se detalla a continuacion: INDICE CODIGO 30 34 39 47 49 53 DICIEMBRE 2014

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Delegan facultades en la Secretaria General y en la Oficina de Administracion del OEFA durante el Ano Fiscal 2015
RESOLUCION DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 001-2015-OEFA/PCD MORDAZA, 5 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental - OEFA, como Organismo Publico Tecnico Especializado, con personeria juridica de derecho publico interno, constituyendose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalizacion ambiental; Que, a traves de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015 se establecen las disposiciones que deben observar los organismos del Sector Publico para ejecutar el MORDAZA presupuestario durante el ejercicio fiscal 2015; Que, el Numeral 7.1 del Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF (en adelante, el TUO de la Ley Nº 28411) establece que el Titular de una Entidad es la mas alta autoridad ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la MORDAZA correspondiente; Que, asimismo, el Numeral 40.2 del Articulo 40º del TUO de la Ley Nº 28411 senala que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad; Que, adicionalmente, el citado Numeral indica que el Titular de la Entidad puede delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el Decreto Legislativo Nº 1017 que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF establecen los procedimientos que deben observar las entidades para tramitar los procesos de contrataciones de bienes, servicios y obras; Que, el Articulo 5º de la Ley de Contrataciones del Estado dispone que el Titular de la Entidad podra delegar sus competencias en materia de contratacion publica, con excepcion de lo relacionado a la aprobacion de exoneraciones, la declaracion de nulidad de oficio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, por otro lado, el Articulo 32º de la Ley de Contrataciones del Estado y el Articulo 19º de su Reglamento establecen que cuando una Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa son declarados desiertos, debe convocarse a un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia Derivada; Que, mediante Opinion Nº 084-2011/DTN la Direccion Tecnica Normativa del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado concluye que la aprobacion del expediente de contratacion y de las Bases de un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia que derive de una Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa declarados desiertos, estara a cargo del funcionario que aprobo el expediente de contratacion y las Bases del MORDAZA declarado desierto, ya sea el Titular de la Entidad o el funcionario delegado, segun corresponda; Que, el Articulo 15º del Reglamento de Organizacion y Funciones del OEFA, aprobado por Decreto Supremo

407,64 495,33 404,87 523,70 264,41 792,10

Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LOS MORDAZA Jefe 1184210-1

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