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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2015 (06/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 52

El Peruano Martes 6 de enero de 2015 544038 Mendoza”; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 532-PE-ESSALUD-2011, de fecha 20 de julio de 2011, y modifi catorias, Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 095-PE-ESSALUD-2013 y Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 512-PE-ESSALUD-2013, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Central de Planifi cación y Desarrollo; en cuyo literal f) del artículo 7º se establece como una de sus funciones formular y proponer las políticas, normas, procedimientos y estudios relacionados con la estructura organizacional, los Reglamentos de Organización y Funciones (ROF), el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) institucional, los Manuales de Organización y Funciones (MOF), los Manuales de Procesos y Procedimientos (MPP) y el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de ESSALUD; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 533-PE-ESSALUD-2011, de fecha 20 de julio de 2011, modifi cada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 512-PE-ESSALUD-2013, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina General de Administración, en el cual se contemplaba la organización y funciones de las Gerencias Centrales de Gestión de las Personas, de Finanzas y de Logística, como órganos de línea, así como, la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia Central de Aseguramiento; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 993-PE-ESSALUD-2012, de fecha 19 de diciembre de 2012, se desactivó la unidad orgánica de dirección de la Ofi cina General de Administración y la Ofi cina de Control, Monitoreo y Supervisión de dicha Ofi cina General, así como, se restituyó a las Gerencias Centrales de Gestión de las Personas, de Finanzas y de Logística la condición de órganos centrales de apoyo, dependientes jerárquicamente de la Gerencia General, con su misma organización y funciones; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 545-PE-ESSALUD-2011, de fecha 22 de julio de 2011, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Red Asistencial Almenara, así como, la Micro Estructura del Hospital Nacional “Guillermo Almenara Irigoyen”; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 546-PE-ESSALUD-2011, de fecha 22 de julio de 2011, se aprobó la Estructura Orgánica de la Red Asistencial Rebagliati, la Micro Estructura del Hospital Nacional “Edgardo Rebagliati Martins” y el Reglamento de Organización y Funciones de la citada Red Asistencial; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 361-PE-ESSALUD-2013, de fecha 03 de abril de 2013, se modifi có el ámbito jurisdiccional asignado a la Red Asistencial Ancash, Tipo B, con Hospital Base III en el Hospital III Chimbote, y se creó la Red Asistencial Huaraz, Tipo C, con Hospital Base II en el Hospital II Huaraz; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 737-PE-ESSALUD-2013, de fecha 23 de setiembre de 2013, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Red Asistencial Huaraz, Tipo C, con Hospital Base II en el Hospital II Huaraz; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 828-PE-ESSALUD-2013, de fecha 21 de noviembre de 2013, modifi cada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 372-PE-ESSALUD-2014, se aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Cardiovascular; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 397-PE-ESSALUD-2014, de fecha 13 de agosto de 2014, se constituyó el “Centro Nacional de Telemedicina REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modifi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN