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El Peruano Sábado 17 de enero de 2015 544894 Autorizan viaje de la Ministra de Comercio Exterior y Turismo a Ecuador y encargan su Despacho al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2015-PCM Lima, 16 de enero de 2015CONSIDERANDO:Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales y de integración, a fi n de alcanzar una mayor proyección competitiva en cuanto a la convergencia, liberalización e integración comercial; Que, los Gobiernos del Perú y del Ecuador son importantes socios comerciales y miembros de la Comunidad Andina, razón por la cual la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, señora BLANCA MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ, viajará a la ciudad de Quito, República del Ecuador, el día 19 de enero de 2015, para sostener una reunión bilateral con el Ministro de Comercio Exterior del Ecuador y su equipo de trabajo; Que, en dicha reunión, las referidas autoridades de comercio exterior realizarán una evaluación de diversos temas que afectan el desarrollo comercial bilateral, buscando facilitar e impulsar el intercambio comercial, objetivos que están en correspondencia con los fi nes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, a fi n de establecer una política de comercio exterior orientada a lograr un desarrollo creciente y sostenido del país, obteniendo las mejores condiciones de acceso y competencia para una adecuada inserción del país en los mercados internacionales, y alcanzar el óptimo aprovechamiento de los acuerdos o convenios comerciales con otros países, entre otros; Que, por lo expuesto, resulta de interés institucional autorizar el viaje al exterior de la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, debiendo el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo asumir con cargo a su presupuesto institucional los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos; Que, en tanto dure la ausencia de la Titular, es necesario encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127° de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, la Ley N° 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modi fi catorias y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señora BLANCA MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ, Ministra de Comercio Exterior y Turismo, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 18 al 19 de enero de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 1 410,87 Viáticos (US$ 370,00 x 2 días) : US$ 740,00 Artículo 3°.- Encargar al señor MILTON VON HESSE LA SERNA, Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Cartera de Comercio Exterior y Turismo, a partir del 18 de enero y en tanto dure la ausencia de la titular. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1189773-3 Autorizan viaje de funcionarios del OSIPTEL a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 009-2015-PCM Lima, 16 de enero de 2015VISTA: La Comunicación N° 395-PD.GPP/2014 de fecha 31 de diciembre de 2014, del Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL); CONSIDERANDO: Que, la Agencia Nacional de Telecomunicaciones (ANATEL), es un organismo especial de la República Federativa del Brasil, creado por la Ley General de Telecomunicaciones - Ley N° 9472, del 16 de julio de 1997, administrativamente independiente, fi nancieramente autónomo y sin subordinación jerárquica a ninguna agencia gubernamental, encargado de la regulación y supervisión de los servicios de telecomunicaciones en Brasil; Que, mediante Comunicación N° 395-PD.GPP/2014 de fecha 31 de diciembre de 2014, el señor Gonzalo Martín Ruiz Díaz, Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), manifestó a la Agencia Nacional de Telecomunicaciones (ANATEL) el interés institucional de conocer la experiencia de la República Federativa del Brasil en la medición y difusión de indicadores para el servicio de Internet fi jo y móvil; considerando la reciente revisión del Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones del OSIPTEL, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 123-2014-CD/OSIPTEL, así como el actual proceso de implementación de sus nuevas disposiciones; Que, la Agencia Nacional de Telecomunicaciones (ANATEL) ha manifestado su disposición para recibir la visita técnica del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) a su sede institucional, ubicada en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 21 al 23 de enero de 2015; con la fi nalidad de dar a conocer su nuevo Centro de Monitoreo, presentar sus sistemas de información, así como los aspectos metodológicos y de implementación del proceso de medición de la calidad en las redes de banda ancha; Que, la citada visita técnica representa una oportunidad para el desarrollo de capacidades de los funcionarios del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), a fi n de lograr un mayor conocimiento del sistema de monitoreo de los servicios de telecomunicaciones implementado por el organismo regulador de la República Federativa del Brasil, lo que permitirá contar con un referente de gestión en el proceso de implementación de las nuevas disposiciones establecidas en el Reglamento General de Calidad de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú; Que, la mencionada visita técnica constituye, además, una oportunidad para compartir e intercambiar