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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ENERO DEL AÑO 2015 (17/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 17

El Peruano Sábado 17 de enero de 2015 544903 DEFENSA Autorizan viajes de oficiales del Ejército del Perú y de cadete de la Escuela Militar de Chorrillos “Coronel Francisco Bolognesi” a Colombia, Brasil y Argentina, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 009-2015-DE/EP Lima, 16 de enero de 2015VISTO:El O fi cio Nº 2836/DIEDOC/C-5.b del 04 de diciembre de 2014, de la Dirección de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio Nº 122/AMC del 17 de julio de 2014, el Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República de Colombia, hace conocer que, el Comando General de las Fuerzas Militares de Colombia ha cursado una invitación para que un (01) O fi cial Superior del Ejército del Perú, realice el Curso de Estado Mayor de la Escuela Superior de Guerra de la Fuerzas Militares de Colombia, del 17 de enero al 21 de noviembre de 2015, a desarrollarse en la ciudad de Bogotá, D.C., República de Colombia; Que, con el documento del visto, el Director de Educación y Doctrina del Ejército comunica, al Director de Relaciones Internacionales del Ejército, que el General de Ejército Comandante General del Ejército aprobó la designación del Teniente Coronel EP Jamber Vilchez Mogrovejo, para que realice el Curso de Estado Mayor, del 17 de enero al 21 de noviembre de 2015, en la Escuela Superior de Guerra de las Fuerzas Militares de Colombia, de la ciudad de Bogotá, D.C., República de Colombia; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, del Ofi cial Superior antes mencionado, para que participe en el mencionado curso; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en bene fi cio del Ejército del Perú y permitirá contar con personal idóneo para la capacitación de los O fi ciales Superiores que laboran en los Estados Mayores de las diferentes reparticiones y dependencias del Ejército del Perú; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2015 de la Unidad Ejecutora 003, Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, el numeral 2.1 del artículo 2° del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los órganos competentes, organismos públicos descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del Sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del Sector, una disposición que precise que, en los casos que corresponda, el otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias;Que, el artículo 26°, de la Ley N° 28359 - Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, señala que el O fi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23° de la respectiva norma, más el tiempo compensatorio señalado en el citado artículo 26º; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modi fi catorias el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Teniente Coronel EP Jamber VILCHEZ MOGROVEJO, identi fi cado con DNI Nº 43283308, para que realice el Curso de Estado Mayor, del 17 de enero al 21 de noviembre de 2015, en la Escuela Superior de Guerra de las Fuerzas Militares de Colombia, de la ciudad de Bogotá, D.C., República de Colombia. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que corresponda, con cargo al Presupuesto Institucional, para el Año Fiscal 2015, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Lima - Bogotá, D.C. (República de Colombia) - Lima (Clase económica) US$ 1,400.00 x 01 persona US$ 1,400.00 Gastos de desplazamiento - Ida y vuelta (Equipaje, bagaje e instalación) US$ 6,416.28 x 2 x 01 persona US$ 12,832.56 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 6,416.28/31 x 15 días x 01 persona (17 Ene - 31 Ene 15) US$ 3,104.65US$ 6,416.28 x 09 meses x 01 persona (01 Feb - 31 Oct 15) US$ 57,746.52US$ 6,416.28/30 x 21 días x 01 persona (01 Nov - 21 Nov 15) US$ 4,491.40 -------------------- Total a pagar: US$ 79,575.13 Artículo 3º.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias; y, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014; con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fi scal correspondiente.