Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2015 (17/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 5º.- El monto de la Compensacion Extraordinaria Mensual sera reducida, por el Ejercito del Peru, en la misma cantidad que la bonificacion otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al MORDAZA parrafo del numeral 2.1 del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Articulo 6º.- El personal militar designado debera cumplir con presentar un informe detallado al titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 7°.- El personal militar designado revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru durante el periodo de tiempo que dure la Mision de Estudios. Articulo 8°.- El personal militar designado esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad y retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 9º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 10º.- La presente Resolucion sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1189772-2 RESOLUCION SUPREMA Nº 011-2015-DE/EP MORDAZA, 16 de enero de 2015 VISTO: El Oficio Nº 2484/DIEDOC/C-5.b, del 04 de diciembre de 2014, de la Direccion de Educacion y Doctrina del Ejercito. CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 126/14-ADIDEFEX/PERU del 02 de setiembre de 2014, el Agregado Militar y de Defensa de Brasil en el Peru, hace conocer al Director de Relaciones Internacionales del Ejercito, el Plan de Cursos y Pasantias para Militares Extranjeros en el Ejercito Brasileno para el ano 2015 (PCEMEEB/2015); asimismo, la ficha de informacion sobre Curso o Pasantia General para Candidato No Perteneciente al Ejercito Brasileno detalla que el Curso de Formacion de Oficiales tendra una duracion de cinco (05) anos, iniciandose en la Escuela Preparatoria de Cadetes del Ejercito (EsPCEx), durante un (01) ano y continuando en la Academia Militar das Agulhas Negras (AMAN) durante cuatro (04) anos, estableciendo la misma ficha, como fecha de MORDAZA a la EsPCEx, el 26 de enero de 2015; Que, con el documento del visto el Director de Educacion y Doctrina del Ejercito comunica, al Director de Relaciones Internacionales del Ejercito, que el General de Ejercito Comandante General del Ejercito aprobo la designacion del Cadete EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la Escuela Militar de Chorrillos "Coronel MORDAZA Bolognesi", para que realice el Curso de Formacion de Oficiales del 26 de enero de 2015 al 30 de noviembre de 2019, en la Escuela Preparatoria de Cadetes del Ejercito

El Peruano Sabado 17 de enero de 2015

(EsPCEx), en la MORDAZA de Campinas, Estado de Sao MORDAZA y en la Academia Militar das Agulhas Negras (AMAN), en la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios, del cadete MORDAZA mencionado, lo cual permitira al Ejercito del Peru disponer de personal altamente capacitado en los aspectos inherentes a su desarrollo humano, profesional y ocupacional, con estandares similares a paises desarrollados; Que, teniendo en cuenta que la duracion de la Mision de Estudios MORDAZA mas de un ejercicio presupuestal, que incluye los anos 2015, 2016, 2017, 2018 y 2019, los pagos correspondientes al periodo comprendido del 26 de enero al 31 de diciembre de 2015, se efectuaran con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2015, y los pagos correspondientes a los anos posteriores se realizaran con cargo al Presupuesto del Sector Publico de los anos fiscales respectivos; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo del presupuesto institucional del ano fiscal 2015, de la Unidad Ejecutora 003 Ejercito del Peru, de conformidad con el articulo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en consideracion los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participacion del personal militar designado durante la totalidad de la Mision de Estudios, es necesario autorizar su salida del MORDAZA con un (01) dia de anticipacion, sin que estos dias adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Publico; Que, el articulo 2° de la Resolucion Ministerial N° 778-2008-DE/SG de 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los organos competentes, organismos publicos descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual por servicios en el extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Que, de conformidad con el articulo 26° de la Ley N° 28359 ­ Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el personal militar nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero esta impedido de solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el articulo 23° de la respectiva MORDAZA, mas el tiempo compensatorio senalado en el citado articulo 26°; y conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/ SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modificatorias, el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo N° 009-2013-DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensacion Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Mision Diplomatica, Comision Especial en el Exterior, Mision de Estudios, Comision de Servicios y Tratamiento Medico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y,

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